SAP Badajoz 11/2020, 22 de Enero de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 22 Enero 2020 |
Número de resolución | 11/2020 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N.3
MERIDA
SENTENCIA: 00011/2020
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
AVDA. DE LAS COMUNIDADES S/N
Teléfono: UPAD 924310256
Correo electrónico: audiencia.s3.merida@justicia.es
Equipo/usuario: 005
Modelo: N85850
N.I.G.: 06083 41 2 2017 0003229
PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000041 /2019
Delito: SOBRE SUSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD
Denunciante/querellante: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
Contra: Rita, Rosana
Procurador/a: D/Dª PETRA MARIA ARANDA TELLEZ, PETRA MARIA ARANDA TELLEZ
Abogado/a: D/Dª ESTANISLAO MARTIN MARTIN, OLIVIA NOVILLO FERTREL FERNANDEZ
SENTENCIA Núm. 11/2020
ILMOS. SRES......................../
PRESIDENTE:
DON JOAQUÍN GONZÁLEZ CASSO (PONENTE)
MAGISTRADOS:
DON JESÚS SOUTO HERREROS
DON JOSÉ ANTONIO BOBADILLA GONZÁLEZ
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Procedimiento Abreviado/Juicio Oral núm. 41/2019
Procedimiento de origen: Procedimiento abreviado núm. 51/2018
Juzgado de Instrucción núm. 1 de Mérida
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En la ciudad de Mérida a veintidós de enero de dos mil veinte.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados al margen referenciados, ha conocido en juicio oral y público la presente causa, dimanante del Procedimiento Abreviado/Juicio Oral núm. 41/2019 de esta Sala, que a su vez trae causa del Procedimiento Abreviado núm. 51/2018 seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Mérida por un presunto delito contra la salud pública o de tráfico de drogas en el que aparecen como acusadas, Rosana, nacida en Mérida el día NUM000 de 1967, con DNI núm. NUM001
, con domicilio en Mérida, CALLE000, núm. NUM002, bloque NUM002, NUM003, sin antecedentes penales, en situación de libertad por esta causa, representada por la procuradora doña Petra María Aranda Téllez y defendida por la letrada doña Olivia Novillo-Fertrell Fernández y Rita, nacida en Barcelona, el día NUM004 de 1963, con DNI núm. NUM005, con domicilio en Mérida, CALLE000, núm. NUM002, bloque NUM002, NUM006, con antecedentes penales, en situación de libertad por esta causa, representada por la procuradora doña Petra María Aranda Téllez y defendida por el letrado don Estanislao Martín Martín.
Ha sido parte el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Don Joaquín González Casso, Presidente de la Sala.
La presentes actuaciones se han seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Mérida donde se incoó procedimiento abreviado núm. 51/2018, donde se formularon escritos de acusación y defensa, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Recibidas las actuaciones, se ha tramitado el procedimiento abreviado núm. 41/2019, señalándose la vista para el día 14 de enero pasado en cuya fecha tuvo lugar con la asistencia de las inculpadas y el Ministerio Fiscal.
El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que causan grave daño para la salud, del artículo 368 inciso 1º del Código Penal, del que son autoras Rita y Rosana, sin la concurrencia de circunstancias modificativas y procediendo imponer a cada una de ellas las penas de prisión de cinco años, multa de 676,84 euros, con responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago, art 53 del CP, de 10 días de privación de libertad e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.
Las defensas en igual trámite solicitaron la libre absolución de las acusadas.
HECHOS PROBADOS
La acusada Rosana, es mayor de edad y carece de antecedentes penales.
Fue sometida a investigación policial realizada por un periodo de tiempo de tiempo de 9 meses, orientada a la identificar y demostrar la venta de cocaína y heroína en la zona conocida como "EL PERI", concretamente en la CALLE000 de la localidad de Mérida, al tener fundadas sospechas de su dedicación a la venta de lo que en el argot se llama "revuelto" o mezcla de cocaína y heroína a conocidos por la policía consumidores de estas sustancias tóxicas.
En el mes de marzo de 2017 se inician las vigilancias en el domicilio de esta acusada, teniendo en cuenta las dificultades para ello, puesto que da a una corrala con varios portales.
PRIMERA FASE DE INVESTIGACIÓN
En la primera fase de la investigación el Inspector con número de carne profesional NUM033, configurado como observador de la zona en la que se produce la venta de drogas, comprueba la ingente presencia de sujetos con gran deterioro físico y con aspecto propio de individuo politoxicómano que acceden ya sea pie o a bordo de vehículo tipo turismo o ciclomotor, siendo constante en la forma de actuar el corto periodo de tiempo que permanecen en la zona y que emprenden la marcha de la misma con gran celeridad.
Fruto de dichas actuaciones, los agentes afectos al Grupo de Estupefacientes de la Brigada Local de la Policía Judicial de Mérida localizaron dicho domicilio, respondiendo a las siguientes señas: CALLE000 núm. NUM002
, bloque, núm. NUM002, piso NUM003 de la que es única residente la acusada Rosana .
En la vigilancia policial el inspector del grupo se colocaba en un lugar en el que tenía visión directa al domicilio sometido a observación presenciando como los compradores se dirigían al portal NUM002, piso NUM003 de la CALLE000, domicilio de la acusada y tras tocar a la puerta de acceso del domicilio accedían al interior una vez que se le permitía el paso, para lo cual era necesario abrir, no solo la puerta de acceso desde el interior, sino también una verja metálica color blanco que protegía la zona de acceso en su conjunto, permaneciendo los compradores en su interior durante un corto periodo de tiempo (3-5 minutos).
Una vez que salían, el inspector que llevaba a cabo la observación comunicaba a sus compañeros que se encontraban en otro lugar cercano las características físicas y de vestimenta del sujeto que había entrado y salido del domicilio y el vehículo utilizado, marca y matrícula, si lo había. Sin solución de continuidad, los agentes de la policía advertidos seguían al sujeto y lo interceptaban en las inmediaciones. Concretamente en esas interceptaciones participaron los miembros del Grupo de estupefacientes de la Brigada Local de la Policía Judicial Mérida, agentes núm. NUM007, NUM008, NUM009 y NUM010 .
Fruto de la intervención se realizaron siete intervenciones, con un total de once incautaciones de dosis individuales de mezcla cocaína y heroína a los siguientes compradores y durante los días 8 de marzo de, 22 de marzo (dos intervenciones), 23 de marzo, 24 de marzo y 28 de marzo (dos intervenciones) del año 2017, siendo ocupante de ese domicilio la ya indicada Rosana .
Concretamente, las intervenciones fueron las siguientes:
- 8 de marzo de 2017 a Landelino, con DNI NUM011, con intervención de un envoltorio de papel de aluminio con sustancia que parece cocaína y heroína. Muestra enviada al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Sevilla (INTCF) identificada como S18-00610-02.
- 22 de marzo de 2017 a Plácido, con DNI NUM012, con intervención de papel de aluminio de con sustancia que parece cocaína y heroína. Muestra enviada al INTCF identificada como s18-00610-03.
- 22 de marzo de 2017 a Romualdo, con DNI NUM013, con intervención de dos envoltorios y Salvador con DNI NUM014, con un envoltorio, todos papeles de aluminio con sustancia que parece cocaína y heroína. Muestras enviadas al INTCF identificadas como s18-00610-04 y S18-00610-05.
- 23 de marzo de 2017 a Teodoro, con DNI NUM015, con intervención de un envoltorio de papel de aluminio con sustancia que parece cocaína y heroína. El intervenido se encontraba acompañado de copiloto María Milagros, con DNI NUM016 . Muestra enviada al INTCF identificada como s18- 00610-06.
- 24 de marzo de 2017 a Rosendo, con DNI NUM017, con intervención de papel de aluminio de con sustancia que parece cocaína y heroína. Muestra enviada al INTCF identificada como s18-00610-07.
- 28 de marzo de 2017 a Carlos Manuel, con DNI NUM018, con intervención de papel de aluminio de con sustancia que parece cocaína y heroína. Muestra enviada al INTCF identificada como s18-00610-011.
- 28 de marzo de 2017 a Luis Alberto con DNI NUM019, con intervención de un envoltorio y Jesús María con DNI NUM020, con intervención de un envoltorio, todos papeles de aluminio con sustancia que parece cocaína y heroína. Ambos acompañados de Bibiana, con DNI NUM021 a la que se le interviene un trozo de papel de aluminio con restos. Muestras enviadas a INTCF identificadas como s18-00610-08, S18-00610-10 y S18-00610-09 (esta última el contenido está parcialmente carbonizado).
Del conjunto de intervenciones se realizó prueba drogo test sobre las sustancias incautadas, arrojando un resultado positivo de cocaína o heroína.
SEGUNDO PERIODO DE OBSERVACIÓN
Habiendo cesado ésta acusada en su actividad, en septiembre 2017 se volvió a constatar por parte de operativos un aumento del número de compradores lo que obligó a restablecer el operativo con intervención de nuevo como observador del inspector NUM033, que tras ver la secuencia de actividades referida daba comunicado a los agentes NUM009, NUM007, NUM010 y NUM008, configurados como indicativos de reacción, acerca de las características físicas de los compradores, su vía de salida y vehículos utilizados, un total de ocho interceptaciones a once compradores.
Durante este segundo periodo de investigación no se deja dudas del modus operandi de la investigada quedando acreditado por los funcionarios intervinientes que Rosana, ubicada tanto en horario de mañana como de tarde en la vía pública, concretamente en el patio interior del conjunto de domicilios...
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