SJS nº 2 371/2019, 24 de Octubre de 2019, de Burgos

PonenteMARIA JESUS MARTIN ALVAREZ
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2019
ECLIES:JSO:2019:5202
Número de Recurso419/2019

JDO. DE LO SOCIAL N. 2

BURGOS

SENTENCIA: 00371/2019

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AVDA. REYES CATOLICOS S/N BURGOS (PLANTA 1ª-SALA VISTAS 1)

Tfno: 947284055

Fax: 947284056

Correo Electrónico:

Equipo/usuario: MBL

NIG: 09059 44 4 2019 0001251

Modelo: N02700

DOI DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000419 /2019

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Urbano

ABOGADO/A: CRISTINA CORRALES GARCIA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), MADERAS EGUILUZ S.L. , TECNICAS CREATIVAS DE LA MADERA SL , EGUILUZ VITORES HERMANOS SL , PRIURE CONSULTING SL , MUEBLES EGUILUZ SL , COMERCIALIZADORA DE MOBILIARIO MACIZO DE ROBLE SL , HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C. HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C. , Jose Augusto , Jose Enrique , Carlos Jesús , Carlos Alberto

SENTENC IA 371/19

En BURGOS, a veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.

D/Dª. MARIA JESUS MARTIN ALVAREZ Magistrado/a Juez del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 tras haber visto el presente DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000419 /2019 a instancia de D/Dª. Urbano que comparece representado por la Letrada doña Cristina Corrales Garcia, contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), DON Jose Enrique, DON Jose Augusto, DON Carlos Jesús, DON Carlos Alberto quienes no comparecen, EGUILUZ VITORES HERMANOS SL quien no comparece, PRIURE CONSULTING SL que comparece representado por Don Diego Escudero Miguel, MUEBLES EGUILUZ SL quien no comparece, COMERCIALIZADORA DE MOBILIARIO MACIZO DE ROBLE SL que comparece representada por Don Diego Escudero Miguel, HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., que comparece representado por Don Javier Eguiluz Urizarna , MADERAS EGUILUZ S.L. quien no comparece , TECNICAS CREATIVAS DE LA MADERA SL que comparece representada por Don Javier Eguiluz , EN NOMBRE DEL REY, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª. Urbano presentó demanda en procedimiento de DESPIDO contra DON Jose Enrique, DON Jose Augusto, DON Carlos Jesús, DON Carlos Alberto, EGUILUZ VITORES HERMANOS S.L., PRIURE CONSULTING S.L., MUEBLES EGUILUZ S.L., COMERCIALIZADORA DE MOBILIARIO MACIZO DE ROBLE S.L., HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., MADERAS EGUILUZ S.L., TECNICAS CREATIVAS DE LA MADERA S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), , en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, haciendo alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizando con la súplica de que se dicte sentencia accediendo a lo solicitado.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se ha/n celebrado los actos de conciliación, y en su caso, juicio/el acto de juicio con el resultado que obra en las actuaciones .

TERCERO

La parte actora ha manifestado en el acto de juicio que para el supuesto de estimación de la demanda, solicita se declare la extinción de la relación laboral al amparo de lo dispuesto en el artículo 110-1 b) de la LJS, solicitando el FONDO DE GARANTIA SALARIAL que se tenga por efectuada opción por el abono de la indemnización conforme a lo dispuesto en el artículo 110-1 a) de la LJS por HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., ante la manifestación efectuada en el acto de juicio por su Representante Legal acerca de que quiere pagar pero carece de liquidez.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

DON Urbano ha venido prestando servicios para la empresa HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., con una antigüedad reconocida de 11 de mayo de 1.998, ostentando la categoría profesional de Grupo 6 y salario mensual bruto con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 1.630,87 €, desarrollando su actividad con jornada a tiempo completo en el centro de trabajo sito en la localidad de Belorado (Burgos), percibiendo su salario con periodicidad mensual mediante transferencia bancaria, en virtud de hojas salariales, habiendo comenzado la prestación de servicios para EGUILUZ VITORES HERMANOS S.L., pasando en fecha 1 de enero de 2.007 a prestarlos para HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C.

SEGUNDO

En fecha 24 de mayo de 2.019 y con efectos de esa misma fecha, el actor recibió comunicación emitida por HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., de extinción de su contrato por causas económicas y organizativas en el marco de un Expediente de Regulación de Empleo iniciado el día 12 de abril de 2.019 y finalizado sin acuerdo el día 26 de abril de 2.019, afectando a toda la plantilla de la empresa.

Dicha comunicación es del siguiente tenor literal:

Muy Sr. Nuestro:

Mediante la presente carta ponernos en su conocimiento la extinción de la relación laboral que mantenemos con usted, mediante lo establecido en el art. 52. c) ET, lo que conlleva proceder a su despido por causas económicas y organizativas, con efectos del día 24 de mayo de 2019.

Las causas que han llevado a la situación actual, han sido el elevado volumen de pérdidas acumuladas, que ha desembocado en una falta de tesorería que hace inviable mantener la actividad. Esta situación ha dejado a HERMANOS EGUÍLUZ VÍTORES, S.C. en la situación de cese de la actividad social completamente sobrevenida, ya que la continuidad, produciría el incremento de nóminas pendientes de pago y al incumplimiento de acuerdos con los trabajadores.

Como consecuencia de lo descrito hasta ahora, HERMANOS EGUÍLUZ VÍTORES, S.C. se vio obligada a abrir un expediente de regulación de empleo el pasado día 12 de abril de 2019. Tras la constitución de la mesa negociadora el día 2 de abril de 2019.

Tras las negociaciones entre la empresa y la representación laboral, se cerró el período de consultas el pasado 26 de abril de 2019, con el resultado de DESACUERDO.

Se comunicó en esa fecha a la representación de los trabajadores, que la decisión de la empresa de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, era la de extinguir la totalidad de los puestos de trabajo como despido colectivo, con una indemnización de 20 días por año de antigüedad con el límite de 12 mensualidades, indicando que dado la precariedad de la tesorería de la empresa, no se va a poder hacer frente de momento al pago de las indemnizaciones.

Lo que le comunicamos a los efectos oportunos y se firma por duplicado en el lugar y la fecha indicadas ut supra.

TERCERO

La Entidad HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., se constituyó en fecha 22 de diciembre de 2.006 por DON Jose Enrique, DON Carlos Jesús, DON Jose Augusto y DON Carlos Alberto, con un capital social de 223.700 € desembolsando el 25% cada socio, disponiendo la escritura de constitución que la gestión y demás obligaciones que exija la explotación del negocio las llevará a cabo DON Jose Augusto.

Su objeto social lo constituye la fabricación de mobiliario de madera para el hogar y comercio al por menor de muebles, así como cuantas actividades conexas o necesarias para el mejor desarrollo de la actividad principal.

Su domicilio social se fijó en carretera Logroño km 66 de la localidad de Belorado (Burgos).

En Junta General Extraordinaria celebrada en fecha 30 de marzo de 2.017 se nombró Administrador a Don Anton, nombrándose como Administrador Único a Don Benedicto.

No consta que HERMANOS EGUILUZ VITORES S.C., haya sido constituida mediante escritura pública e inscrita en el Registro Mercantil.

CUARTO

La Entidad EGUILUZ VITORES HERMANOS S.L., se constituyó en fecha 8 de mayo de 1.992, siendo su objeto social la fabricación y venta de mobiliario de madera para el hogar, la compraventa de artículos de decoración e iluminación para el hogar y accesorios relacionados en el mobiliario del hogar.

Su domicilio social está ubicado en carretera Logroño km 66 de la localidad de Belorado (Burgos).

Sus Administradores Solidarios fueron DON Jose Enrique, DON Carlos Jesús, DON Jose Augusto y DON Carlos Alberto pasando a ser su Administrador Único en fecha 22 de diciembre de 2.015, DON Carlos Alberto.

QUINTO

La Entidad MUEBLES EGUILUZ S.L., se constituyó en fecha 28 de octubre de 2.005, siendo su objeto social la fabricación, comercialización, importación y exportación de muebles, la participación en empresas del sector y la representación en España de empresas extranjeras del mismo sector.

Su domicilio social está ubicado en carretera Logroño km 66 de la localidad de Belorado (Burgos).

Sus Administradores Solidarios son DON Jose Enrique, DON Carlos Jesús, DON Jose Augusto y DON Carlos Alberto.

SEXTO

La Entidad MADERAS EGUILUZ S.L., se constituyó en fecha 15 de diciembre de 1.997, siendo su objeto social el aserrado y preparación industrial de la madera, la fabricación de productos semielaborados y de objetos de madera.

Su domicilio social está ubicado en carretera Logroño km 66 de la localidad de Belorado (Burgos).

Su Administrador Único desde el 7 de enero de 1.998 hasta el 11 de diciembre de 2.017 fue DON Jose Augusto, pasando a serlo a partir de esta fecha Don Anton hasta el 22 de noviembre de 2.018 en que pasó a serlo Don Benedicto, siendo Apoderado a partir del 22 de noviembre de 2.018 Don Constantino, produciéndose reapertura de hoja registral en fecha 18 de octubre de 2.017, publicado en el BOE de 24 de octubre de 2.017 y efectuándose ampliaciones de capital en fechas 21 de febrero de 2.018 con un resultante suscrito de 756.938,68 € y 6 de abril de 2.018 con un resultante suscrito de 1.601.793,41 €.

SEPTIMO

La Entidad TÉCNICAS CREATIVAS DE LA MADERA S.L., se constituyó en fecha 9 de mayo de 2.018, siendo su objeto social la fabricación de muebles de madera, aserradero y cepillado de la madera, intermediarios del comercio de la madera y materiales de construcción.

Su domicilio social está...

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