SJMer nº 1 102/2019, 4 de Abril de 2019, de Murcia

PonenteMARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIA
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2019
ECLIES:JMMU:2019:2862
Número de Recurso463/2017

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00102/2019

SENTENCIA

En Murcia a 4 de abril de 2019.

Dª Mª Dolores de las Heras García, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Murcia, habiendo visto los presentes autos de incidente concursal seguido ante este Juzgado en el concurso 463/2017 sobre impugnación de la lista de acreedores, presentada a instancias de DON Feliciano contra la ADMINISTRACION CONCURSAL y contra la concursada ATACAMA SOLAR, S. L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes actuaciones se iniciaron por demanda promovida por la representación procesal de DON Feliciano solicitando que se le reconozca en la lista de acreedores definitiva un crédito ordinario por importe de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS SESENTA EUROS CON NUEVE CENTIMOS (111.660,09 €).

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda se emplazó a las demandadas a fin de que contestaran en el improrrogable término de diez días, dentro del cual compareció la administración concursal oponiéndose a la demanda en base a los argumentos que obran en las actuaciones y que en aras a la brevedad se dan aquí por reproducidas, no verificándolo la concursada.

TERCERO

Que al no solicitarse por las partes la celebración de vista quedaron las actuaciones conclusas para sentencia sin más trámite.

CUARTO

En la tramitación del presente incidente se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pretensiones de las partes.

En el presente incidente y por parte de DON Fidel se promueve demanda solicitando que se le reconozca en la lista de acreedores definitiva un crédito ordinario por importe de CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOS EUROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (51.602,38 €).

Alega como hechos en los que fundamenta su pretensión que como abogado intervino en defensa de la concursada en determinados procedimientos judiciales. Concretamente en los siguientes:

  1. - Oposición a la solicitud de concurso necesario de acreedores y Recurso de Apelación.

  2. -Procedimiento Ordinario número 37/2017 de este Juzgado y Recurso de Apelación.

  3. - Procedimiento Ordinario número 39/2016 del Juzgado de lo Mercantil de Alicante y Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante.

  4. - Declinatoria por falta de competencia territorial en el Procedimiento Ordinario número 1239/2016 del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Murcia; Procedimiento Ordinario número 1701/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alicante y Recurso de Apelación.

  5. - Declinatoria por falta de competencia territorial en el Procedimiento Ordinario número 1255/2016 del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Murcia y Procedimiento Ordinario número 1699/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alicante.

  6. - Declinatoria por falta de competencia territorial en el Procedimiento Ordinario número 1261/2016 del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia y Procedimiento Ordinario número 2022/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Alicante.

  7. - Declinatoria por falta de competencia territorial en el Procedimiento Ordinario número 1255/2016 del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia.

  8. - Procedimiento Ordinario número 643/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alicante.

  9. - Procedimiento Ordinario número 974/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alicante.

  10. - Procedimiento Ordinario número 860/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Alicante.

  11. - Procedimiento Ordinario número 900/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alicante.

  12. - Procedimiento Ordinario número 651/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Alicante.

  13. - Procedimiento Ordinario número 948/2017 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alicante.

    14.- Solicitud de acumulación de autos ante el Juzgado número 5 de Alicante en el Procedimiento Ordinario número 643/2017.

  14. - Procedimiento Abreviado número 63/2017 del Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante.

    Que los servicios prestados en dichos procedimientos importan el total de los 111.660,09 € de le son adeudados por la mercantil ahora en concurso, que fueron oportunamente comunicados a la administración concursal, y, que, al no haber sido incluida en su informe, pretende que le sea reconocida en el presente incidente.

    La administración concursal, afirma que el crédito que se reclama carece de justificación suficiente, que además sus intervenciones en todos los procedimientos son esencialmente idénticos, y que los honorarios que se reclaman por su intervención en la oposición a la declaración del concurso asciende a 62.654,37€ siendo desproporcionada en relación con la cuantía de demanda de la solicitud que ascendía a 87.935,02 €.

SEGUNDO

Honorarios del letrado del concursado.

Con la documental que acompaña DON Feliciano a su demanda incidental queda acreditada su intervención en defensa de la concursada tanto en el concurso, como en los procesos promovidos en contra de aquella por sus socios, pues su nombre...

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