ATS, 29 de Enero de 2020

PonenteJUAN MARIA DIAZ FRAILE
ECLIES:TS:2020:518A
Número de Recurso6018/2019
ProcedimientoRecurso extraordinario infracción procesal
Fecha de Resolución29 de Enero de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 29/01/2020

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 6018 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 12 DE MADRID

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

Transcrito por: APH/I

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 6018/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Juan María Díaz Fraile

En Madrid, a 29 de enero de 2020.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Voz Populi Digital, S.A. y don Nazario presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 20 de septiembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 12.ª), en el rollo de apelación n.º 344/2019, dimanante del juicio de protección del derecho al honor n.º 188/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 188/2018 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Móstoles.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

Por el procurador don Luis de Villanueva Ferrer, en nombre y representación de Voz Populi Digital, S.A. y don Nazario, se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Voz Populi Digital, S.A. y don Nazario, al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC, no habiéndose personado ante esta sala la parte recurrida, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y admitir el recurso de casación interpuesto por Voz Populi Digital, S.A. y don Nazario contra la sentencia dictada con fecha de 20 de septiembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 12.ª), en el rollo de apelación n.º 344/2019, dimanante del juicio de protección del derecho al honor n.º 188/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 188/2018 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Móstoles.

  2. ) Dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

Contra esta resolución no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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