SJS nº 1 272/2019, 29 de Octubre de 2019, de Logroño

PonenteLUISA ISABEL OLLERO VALLES
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2019
ECLIES:JSO:2019:4891
Número de Recurso86/2019

JDO. DE LO SOCIAL N. 1 LOGROÑO

SENTENCIA: 00272/2019

-

C/ MARQUES DE MURRIETA 45-47, LOGROÑO

Tfno: 941-296637

Fax: 941296641

Correo Electrónico:

Equipo/usuario: SGM

NIG: 26089 44 4 2019 0000275

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000086 /2019

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Verónica

ABOGADO/A: MARIA SOMALO SAN JUAN

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: FONDO DE GARANTIA SALARIAL, FUNDACION HOSPITAL DE CALAHORRA

ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA, LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR: ,

GRADUADO/A SOCIAL: ,

En Logroño, a veintinueve de octubre de dos mil diecinueve.

Vistos por Dña. LUISA ISABEL OLLERO VALLÉS, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Logroño, los presentes autos sobre despido, registrados bajo el número 86/19, y seguidos a instancia de Dña. Verónica, asistida del Letrado Dña. María Somalo García, frente a la Fundación Hospital de Calahorra, asistida del Letrado de la Comunidad; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución, ha dictado la siguiente

SENTENCIA nº 272/19

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha de 14 de febrero de 2.019, fue turnada a este Juzgado demanda sobre despido formulada por Dña. Verónica frente a la Fundación Hospital de Calahorra, en la que, previa alegación de los hechos que consideró aplicables al caso, se concluye la demanda suplicando que, admitida la misma y los documentos acompañados, se tenga por promovida demanda por despido, y sea dictada Sentencia por la que, estimando la presente demanda, declare la NULIDAD del despido efectuado, condenando a la demandada a la readmisión de la actora en el puesto que ocupaba antes del despido, con abono delos salarios dejados de percibir o subsidiariamente su IMPROCEDENCIA, condenando a la demandada a que a opción de la demandante, proceda a la readmisión de la trabajadora o al abono de la indemnización legalmente procedente, con abono en el primero de los dos casos, de los salarios dejados de percibir, y todo ello, sin perjuicio de lo que se fije en conclusiones definitivas.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda por Decreto de 26 de febrero de 2.019, se citó a las partes para el acto de conciliación y juicio, que se celebró el 8 de octubre de 2.019, con la comparecencia en forma de la parte actora y la parte demandada. En la vista, la parte actora ratificó la demanda; y por la parte demandada se manifiesta su oposición a la demanda, solicitando su desestimación, planteando la excepción de falta de acción y cosa juzgada positiva. Efectuado el oportuno traslado a la parte actora para alegaciones; y recibido el pleito a prueba, por la parte demandada se propuso documental; y por la parte demandante se propuso la documental. Admitida la totalidad de las pruebas propuestas, con el resultado que obra en el acta correspondiente; y finalizado el periodo probatorio, se concedió la palabra a las partes para formular conclusiones e informes finales, que se mantuvieron en sus pretensiones iniciales, quedando los autos conclusos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales, salvo el cumplimiento de los plazos procesales, debido a la carga de trabajo que soporta este Juzgado.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

Dña. Verónica ha venido prestando servicios para la Fundación Hospital de Calahorra, con la categoría profesional de enfermera (Grupo 2), en virtud de los contratos que siguen:

- Del 16.07.2003 al 15.09.2003 (502: Refuerzo urgencias): En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 16.09.2003 al 16.09.2003 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Elisabeth, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 16.09.2003. En este período prestó servicios en el puesto de Due Consultas externas.

- Del 17.09.2003 al 23.09.2003 (502: Refuerzo urgencias): En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 24.09.2003 al 30.09.2003 (502): En este período prestó servicios en el puesto de Due Consultas externas.

- Del 16.09.2005 al 19.03.2006 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Evangelina, siendo la causa: MOVILIDAD TEMPORAL) y a tiempo completo suscrito el 16.09.2005, cuya duración se fijaba hasta FIN MOVILIDAD TEMPORAL. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 12.04.2006 al 26.04.2006 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Lourdes, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 12.04.2006, cuya duración se fijaba hasta. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 1.05.2006 al 15.11.2006 (410): Contrato de interinidad (para sustituir a los trabajadores: Bienvenido -vacaciones del 1.05 y del 15.08 al 31.08, Inmaculada-vacaciones del 16.05 al 31.05 y del 1.07 al 31.08, Lourdes - vacaciones del 1.06 al 15.06, Eleuterio-vacaciones del 16.06 al 30.06 y del 16.07 al 31.07, Milagros-vacaciones del 1.08 al 15.08, Modesta-

- vacaciones del 1.09 al 15.09, Noelia-vacaciones del 16.10 al 31.10, Ofelia-vacaciones del 1.11 al 15.11, y Felix-vacaciones del 16.9. al 15.10) y a tiempo completo suscrito el 1.05.2006, cuya duración se fijaba hasta el 15.11.2006. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 16.11.2006 al 10.01.2007 (402): Contrato de duración determinada (eventual por circunstancias de la producción: atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos consistentes en TAREAS DE ENFERMERÍA EN LA UNIDAD DE URGENCIAS) y a tiempo completo suscrito el 16.11.2006, cuya duración se fijaba hasta el 10.01.2007. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias. ENFERMERÍA EN LA UNIDAD DE URGENCIAS) y a tiempo completo suscrito el 16.11.2006, cuya duración se fijaba hasta el 10.01.2007. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

ENFERMERÍA EN LA UNIDAD DE URGENCIAS) y a tiempo completo suscrito el 16.11.2006, cuya duración se fijaba hasta el 10.01.2007. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 23.01.2007 al 23.01.2007 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Felix, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 23.01.2007, cuya duración se fijaba hasta. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 25.01.2007 al 25.01.2007 (410): En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 29.01.2007 al 30.01.2007 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Rocío, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 29.01.2007, cuya duración se fijaba hasta el 30.01.2007. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 14.02.2007 al 14.02.2007 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Sonia, siendo la causa: LIBRE DISPOSICIÓN) y a tiempo completo suscrito el 1.11.2007, cuya duración se fijaba hasta el 14.02.2007. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 15.02.2007 al 14.08.2007 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Inmaculada, siendo la causa: EXCEDENCIA VOLUNTARIA RESERVA DE PUESTO) y a tiempo completo suscrito el 15.02.2007, cuya duración se fijaba hasta. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 15.08.2007 al 31.03.2008 (410): Contrato de interinidad (para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, hasta su cobertura definitiva) y a tiempo completo suscrito el 15.08.2007, cuya duración se fijaba hasta FIN PROCESO MOVILIDAD-PROMOCIÓN. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 1.04.2008 al 6.04.2008 (402): Contrato de duración determinada (eventual por circunstancias de la producción: atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos consistentes en DIPLOMADO EN ENFERMERIA EN LA UNIDAD DE URGENCIAS DIALISIS, aun tratándose de la actividad normal de la empresa) y a tiempo completo suscrito el 1.04.2008, cuya duración se fijaba hasta el 6.04.2008. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 9.04.2008 al 9.04.2008 (501) Contrato de duración determinada (por obra o servicio determinado: ACOMPAÑAMIENTO A TRASLADO EN AMBULANCIA) y a tiempo parcial suscrito el 9.04.2008, cuya duración se fijaba hasta el 9.04.2008. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 10.04.2008 al 11.04.2008 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Milagros, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 10.04.2008, cuya duración se fijaba hasta el 1.04.2008. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 12.04.2008 al 12.04.2008 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Zaida, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 12.04.2008, cuya duración se fijaba hasta el 12.04.2008. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 16.04.2008 al 16.04.2008 (410): Contrato de interinidad (para sustituir al trabajador Rocío, siendo la causa: PERMISO RETRIBUIDO) y a tiempo completo suscrito el 16.04.2008, cuya duración se fijaba hasta el 16.04.2008. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 17.04.2008 al 17.04.2008 (502): Contrato de duración determinada (por obra o servicio determinado: ACOMPAÑAMIENTO A TRASLADO EN AMBULANCIA) y a tiempo parcial suscrito el 17.04.2008, cuya duración se fijaba hasta el 17.04.2008. En este período prestó servicios en el puesto de Due Urgencias.

- Del 18.04.2008 al 18.04.2008 (410): Contrato de interinidad (para...

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