SJPII nº 3 125/2019, 18 de Julio de 2019, de Cuenca

PonenteMIGUEL GIRON GIRON
Fecha de Resolución18 de Julio de 2019
ECLIES:JPII:2019:132
Número de Recurso485/2017

JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3

CUENCA

SENTENCIA: 00125/2019

C/GERARDO DIEGO, Nº 8

Teléfono: 969 24 70 00, Fax: 969 24 71 33

Correo electrónico:

Equipo/usuario: EOC

Modelo: 0030K0

N.I.G.: 16078 41 1 2017 0002606

DEH DERECHO AL HONOR,INTIMIDAD E IMAGEN 0000485 /2017

Procedimiento origen: /

Sobre DERECHO AL HONOR,INTIMIDAD E IMAGEN

DEMANDANTE D/ña. Elisa

Procurador/a Sr/a. RAQUEL CONVERSA NAVARRO

Abogado/a Sr/a. MARIA IDOYA AZPEITIA ALONSO

DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO D/ña. UNIDAD EDITORIAL, S.A., Florentino , UNIDAD EDITORIAL INFORMACION GENERAL, S.L.U.

Procurador/a Sr/a. , , MARIA LUISA MONTERO CORREAL

Abogado/a Sr/a. , , MARIA CRISTINA PEÑA CARLES

S E N T E N C I A Nº 125/2019

En Cuenca, a 18 de Julio DE 2019.

Han sido vistos por mí, Miguel Girón Girón, Magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Cuenca, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 485/17, seguidos a instancia de DOÑA RAQUEL CONVERSA NAVARRO, Procuradora de los Tribunales y de Dª. Elisa y asistencia letrada de Sra. Azpeitia Alonso, contra UNIDAD EDITORIAL S.A, Florentino Y UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN GENERAL S.L.U, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª María Luisa Montero Correal y asistido del letrado Sr. Ortega Peña, con intervención del Ministerio Fiscal, sobre tutela del derecho al honor, intimidad e imagen.

Recayendo en ellos la presente resolución en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Tuvo entrada en este Juzgado la presente demanda presentada por DOÑA RAQUEL CONVERSA NAVARRO, Procuradora de los Tribunales y de Dª. Elisa ejercitando las acciones a que se ha hecho mención contra los referidos demandados, en la que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, suplicando que se dicte sentencia por la que estimando la demanda se declare:

Declare que los hechos contenidos en el presente escrito de demanda, origina-dos en la publicación por parte de la edición escrita y digital del Diario El Mundo, de fecha 21 de febrero de 2016, constituyen una intromisión ilegítima en los derechos fundamentales(i) a la intimidad,(ii) al honor y (iii) propia imagen de Dª. Elisa. Mande restituir, en la medida de lo posible, los derechos de mi representada al estado anterior a la intromisión y a tal fin: (i) condene a UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN GENERAL, S.L.U. y UNIDAD EDITORIAL, S.A. a publicar en el diario El Mundo la rectificación que le fue solicitada por mi representada en su burofax de 26 de febrero de 2016 e igual-mente (ii) condene a UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN GENERAL, S.L.U. y UNIDAD EDITORIAL, S.A. a la publicación total o parcial de la sentencia condenatoria que se dicte en el presente procedimiento, con al menos la misma extensión y la misma difusión pública que tuvo la intromisión sufrida, ya costa exclusiva de los demandados.-Condene solidariamente a los demandados a indemnizar los daños morales ocasionados a mi mandante, los cuales se calculan, de conformidad con lo establecido en el Hecho Quinto de esta demanda en la cantidad de SETENTAY CINCOMIL EUROS (75.000€); o en su caso, en la cuantía que el Juzgado considere oportuna. Y, todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

SEGUNDO.- Admitida la demanda se emplazó a la parte demandada y Ministerio Fiscal para que la contestara. El Ministerio Fiscal contestó a la demanda. DOÑA MARIA LUISA MONTERO CORREAL Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de UNIDAD EDITORIAL SA, UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN GENERAL SLU y DON Florentino contestó a la demanda, oponiéndose a la demanda en base a las alegaciones que estimó oportunas, solicitando que se dicte sentencia por la que se desestime la demanda con imposición de costas al actor. Asimismo, Se señaló fecha para la celebración de la audiencia previa y posteriormente para el acto del juicio, celebrándose ambas vistas con el resultado que del acta aparece, quedando grabadas en soporte audiovisual y vistos los autos para dictar la oportuna sentencia.

TERCERO.- En la tramitación de los presentes autos se han cumplido las prescripciones establecidas por la ley.

A los que son de aplicación los consecuentes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Se ejercita por el demandante acción de protección jurisdiccional del derecho al honor con base en los siguientes hechos: Dª. Elisa es una joven de28 años, vecina de Cuenca, licenciada en DIRECCION001 y opositora aspirante a DIRECCION002. Debido a que aún no cuenta con un trabajo fijo reside con sus padres, de los que aun depende económicamente. Durante los años 2006 a 2008, mi representada mantuvo una relación sentimental con D. Vidal quien, posteriormente, sería conocido como "El ase-sino de Cuenca" por haber asesinado, en el verano del año 2015, a dos jóvenes de dicha ciudad. Este hecho, como se recordará, fue cubierto por los medios con gran difusión. En efecto, en el año 2008 mi representada fue víctima de un delito de amenazas y detención ilegal a manos de D. Vidal con el mismo modus operandi que utilizó en el asesinato posterior perpetrado en 2015 y que acabó con una condena penal de18 meses en prisión. Desde que sufrió la agresión por parte del Sr. Vidal, mi representada se pre-ocupó por mantener en secreto su identidad y el propio hecho delictivo, pues tanto su familia como la del agresor son familias conocidas en la ciudad y mi representada y su familia pretendían que el episodio pasase y fuese olvidado sin levantar mucho revuelo. Ese deseo de mantener en secreto el delito sufrido a manos de Vidal en el año 2008, pasó a convertirse en una necesidad cuando, en el verano de 2015, otras dos chicas de Cuenca, Coro y Custodia, desaparecieron súbitamente y se señaló a D. Vidal (a la sazón, novio de la segunda)como principal sospechoso de la desaparición.

Mantener el anonimato adquirió una importancia vital especialmente durante los días en los que, tras el hallazgo de los cadáveres de las chicas asesinadas, el Sr. Vidal estuvo en paradero desconocido y en busca y captura por la Interpol, pues nadie sabía dónde podía estar oculto ni tampoco si tenía intenciones de volver a asesinar, pues ya se hablaba de su extremada violencia y sus posibles problemas de salud mental. Finalmente, el Sr. Vidal fue encontrado y detenido el 14 de agosto de 2015en Rumanía. Pues bien, a pesar de los esfuerzos mantenidos por mi representada y por su entorno familiar por apartarse del revuelo mediático levantado por el doble crimen y por mantener en secreto su identidad como "anterior victima" del Sr. Vidal, en el último año mi representada-muy a su pesar-ha tenido que ver como su persona adquiría relevancia mediática, debido a que el diario El Mundo, en un reportaje publicado en su semanal " DIRECCION000" deldomingo21 de febrero de 2016 bajo el título "Habla la primera mujer a la que torturó el asesino de Cuenca", y de forma absolutamente inconsentida, hizo pública su identidad como anterior víctima de Vidal y desveló toda una serie de datos sobre su vida personal y familiar así como detalles sobre su antigua relación con D. Vidal y sobre la detención ilegal que sufrió a manos de éste. Estas declaraciones se presentaban en el citado reportaje como si hubiesen sido realizadas por mi representada al hilo de una supuesta entrevista concedida al reporte-ro Florentino, cuando dicha entrevista nunca tuvo lugar, con detalles sobre su vida pasada y actual absolutamente falsos y gravemente atentatorios de su imagen. Por si esto fuese poco, el reportaje (insistimos basado en una inexistente entre-vista a mi representada) se acompañaba de una fotografía de mi mandante obtenida de su perfil de Facebook, que fue difundida sin su autorización junto con el reportaje en papel y digital, precisamente, con la intención de que pudiese identificársele, cuestión a todas luces innecesaria. Como consecuencia de la publicación de ese reportaje inventado, mi representa ha sufrido una gravísima intromisión en sus derechos constitucionales a la intimidad, al honor y a su propia imagen, razón por la cual la presente demanda se dirige a obtener la tutela judicial y la reparación de dichos derechos. También en esos primeros días los medios de comunicación empezaron a indicar que el sospechoso tenía antecedentes por agresión y detención ilegal contra "una novia anterior" que había tenido en Cuenca. Sin embargo, no se desvelaba la identidad de esa "novia anterior", pues se desconocía. Durante aquellos días (primera quincena de agosto de 2015), se publicaron numerosas informaciones sobre esos hechos y el seguimiento del caso en todos los me-dios de comunicación fue enorme, debido principalmente a la desaparición del Sr. Vidal. En cuanto a la existencia de una víctima anterior de Vidal, (es decir, mi representada) la referencia a ella en las noticias que cubrían el caso era cada vez mayor, pero siempre se hacía como una referencia general dentro del historial del caso. En ninguno de los medios de comunicación se publicó nunca ningún dato concreto sobre la identidad de la anterior víctima, sencillamente porque esta seguía estando preservada por su familia e incluso por la policía. Algunos de los medios de comunicación, que se habían hecho con la sentencia dictada en el procedimiento por detención ilegal seguido a instancias de mi representada contra Vidal en 2008, empezaron a desvelar algunos datos contenidos en la misma, pero ninguno de estos medios se aventuró jamás a publicar detalles sobre la identidad de la anterior víctima, pues era evidente que, revelar su identidad y situarla en la primera línea mediática en aquel momento, podría suponer ponerla en una situación comprometida principalmente ante Vidal, su entorno o sus posibles cómplices. el 11 de febrero de 2016, el reportero de El Mundo D. Florentino, por su cuenta y riesgo y sin previo aviso, se presentó en el domicilio delos padres de mi representada en Cuenca donde esta reside-. Para conseguir que la madre de Dª Elisa...

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