STSJ Cataluña 800/2019, 24 de Octubre de 2019

PonenteJAVIER BONET FRIGOLA
ECLIES:TSJCAT:2019:8618
Número de Recurso127/2018
ProcedimientoRecurso de apelación. Contencioso
Número de Resolución800/2019
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Recurso de apelación contra sentencias nº 127/2018

Partes: IN-LAVI, S.A.

C/ TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROV. BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 800

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Javier Bonet Frigola

Doña Montserrat Figuera Lluch

Doña Rocio Colorado Soriano

En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 127/2018, interpuesto por IN-LAVI, S.A., representado por la Procuradora de los Tribunales CRISTINA GARCIA GIRBES y asistido de Letrado, contra la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROV. BARCELONA, representada y defendida por el LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Javier Bonet Frigola, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 15 de Barcelona dictó en el recurso ordinario nº 176/2017, la Sentencia nº 208/2017, de fecha 10-11-2017, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de Inlavi SA frente a la/s resolución/es de la Administración demandada referenciada/ s en el fundamento de Derecho primero de esta mi resolución, sin expresa condena en costas a la parte recurrente.".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante IN-LAVI, S.A. y apelada la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROV. BARCELONA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 23-10-2019.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por INLAVI, S.A., se interpone recurso de apelación contra la Sentencia de fecha 10 de noviembre de 2017, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm 15 de Barcelona, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por aquella contra la Resolución de fecha 26 de enero de 2016, de la Dirección Provincial de Barcelona de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), que en contestación al escrito de la apelante de 31 de julio de 2015, le informó que terminado el procedimiento de juicio verbal de desahucio por falta de pago por diligencia de lanzamiento con anterioridad a la subasta de los bienes embargados por la TGSS, la misma se limitó a recibir las cantidades correspondientes a la compraventa de bienes embargados que se habían considerado abandonados en las diligencias de lanzamiento de fechas 16-1-2012 y 29-2-2012, informó sobre su falta de competencia para pronunciarse sobre tales diligencias y compraventas, y que se ingresó el importe de 57.000€ correspondientes a máquinas ya vendidas por los propietarios y 15.000€ por compraventa de las que se vendieron como chatarra.

SEGUNDO

La parte apelante en el recurso presentado, considera que no concurre la causa de inadmisibilidad que af‌irma la fundamentación de la Sentencia. Que la Resolución de 22-1-2016 de la TGSS es nula de pleno derecho por haberse vulnerado el procedimiento legalmente establecido. Que la enajenación de los bienes embargados de INLAVI, S.A. es nula por no venir autorizada ni formalizada por la Dirección Provincial de...

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