STSJ Andalucía 1938/2019, 9 de Septiembre de 2019

PonenteRAFAELA HORCAS BALLESTEROS
ECLIES:TSJAND:2019:10438
Número de Recurso45/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1938/2019
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2019
EmisorSala de lo Social

10 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

AN

SENT. NÚM. 1938/19

ILTMO. SR. D. FRANCISCO MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORALILTMA. SRA. Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a nueve de septiembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 45/19, interpuesto por CAT S.A. contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 DE GRANADA, en fecha 26/9/18, en Autos núm. 1009/17, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Rosaura en reclamación sobre DESPIDO, contra CAT S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 26/9/18, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por DÑA Rosaura CONTRA CAT S.A. y en consecuencia debo declarar y declaro la rescisión del contrato de trabajo de la actora, con fecha de efectos esta sentencia, y con abono de la indemnización de 8.934,16 euros. ".

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

DÑA. Rosaura, mayor de edad, con DNI NUM000 viene prestando servicios para la demandada CAT S.A., con CIF A-79339826, dedicada a la actividad de telemarketing, en el centro de trabajo de Granada, desde el día 1/12/2006, categoría profesional teleoperadora especialista, contrato indef‌inido salario día por todos los conceptos 38,14 euros, siendo de aplicación a la relación laboral el convenio colectivo de Contact Center. Se da por reproducida vida laboral de la actora y contrato de trabajo.

SEGUNDO

En fecha 19-6-2017 tras un proceso de negociación iniciado el 18-en Granada y Málaga, sobre EL SISTEMA DE INCENTIVOS PARA ACTIVIDADES MOVISTAR NO TELEVISIÓN POR SATÉLITE( INCENTIVO ACTIVIDADES TELEFÓNICA), que en aras a la brevedad se da íntegramente por reproducido.

TERCERO

Acta extraordinaria RE-RLT GRANADA, de fecha 18-5-2017, que en aras a la brevedad se da por reproducida.

CUARTO

La actora actualmente presta servicio en emisiones y también en apoyo a clientes tránsito. Realiza funciones de atención a clientes 1P y 4P. Ha visto disminuidas sus retribuciones, en concreto prima de producción e IGO. dan por reproducida nóminas del actora que obran en autos. da por reproducido cuadro comparativo años 2016, 2017, 2018 que aporta actora en su ramo de prueba, documento 21, relativo a percepción prima de e IGO.

Se dan por reproducido cuatro comparativo años 2016, 2017, 2018 que aporta la actora en su ramo de prueba, documento 21, relativo a percepción prima de producción e IGO.

QUINTO

la actora solicitó en fecha 23 de junio extinción de relación laboral al amparo del art. 41.3 ET de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de fecha 19-6-2017, denegando la empresa su petición por entender que tendrá efecto lo recogido en dicho acuerdo cuando los agentes empiecen a realizar actividades del perímetro de Telefónica, situación que no se ha producido al seguir realizando el mismo actividades tradicionales del entorno de Movistar+ televisión por satélite, no habiendo generado cambio alguno en las condiciones laborales ni perjuicio alguno( documento 6 del ramo de prueba de la actora que se da por reproducido).

SEXTO

Correos informativos de CAT S.A. a los agentes, ( entre ellos a la hoy actora), sobre como realizar campañas para ofrecimiento de la fusión, qué puede contratar un cliente 4P, cuando ofrecer fusión y como realizar el sondeo, nuevo precio línea móvil adicional fusión en portabilidades, cambio condiciones fusión( clientes 4P), modif‌icación oferta comercial 4P...etc.

SEPTIMO

Se ha celebrado acto de conciliación ante el CMAC, con el resultado sin avenencia.

Tercero

Notif‌icada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por CAT S.A., recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia que estima la pretensión de la parte actora "declarando la rescisión del contrato de trabajo del actora con fecha de efectos de esta sentencia y con abono de la correspondiente indemnización de 20 dias de salario por año de servicio, se interpone el presente recurso de suplicación por la demandada, articulado a través de un motivo de nulidad del art. 193.b )de la LRJS con revisión de los hechos declarados probados y otro motivo al amparo del apartado c) del art. 193 LRJS. El recurso ha sido impugnado de contrario.

SEGUNDO

Al amparo del art. 193.b ) LRJS se alega por el recurrente la revisión del hecho probado tercero para que diga lo siguiente: "Acta extraordinaria RE-RLT Granada de fecha 18.5.2017 que en aras de brevedad se da por reproducida debiendo resaltar unicamente el siguiente tenor literal: Al dia de la fecha todavía no se han producido de manera masiva estos nuevos encargos, pero todo apunta a que tendrán lugar en los próximos meses. En este sentido CATSA, a modo de prueba, ha llevado a cabo acciones relacionadas con...actividades de Emoción, Chat 1004, Servicios de Chat a mas de una cola, venta cruzada atendida desde el 1004 y ampliación a la atención al Servicio Emoción..."

Por lo que se ref‌iere a la forma de instrumentalizar la revisión es necesario precisar que a través de la misma según reiterada doctrina jurisprudencial:

  1. Se limitan doblemente los medios que pongan en evidencia el error del juzgador; por una parte, porque de los diversos medios...

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