AAP Las Palmas 168/2019, 19 de Julio de 2019

PonenteVICTOR MANUEL MARTIN CALVO
ECLIES:APGC:2019:242A
Número de Recurso444/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución168/2019
Fecha de Resolución19 de Julio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

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SECCIÓN QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

C/ Málaga nº2 (Torre 3 - Planta 5ª)

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 42 99 15

Fax.: 928 42 97 75

Email: s05audprov.lpa@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0000444/2018

No principal: Pieza separada de medidas cautelares - 01

NIG: 3500442120170005375

Resolución:Auto 000168/2019

Proc. origen: Recurso de apelación Nº proc. origen: 0000444/2018-00

Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria

Apelado: VIVIENDAS EUROISLAS S.L.; Procurador: Noelia Lemes Rodriguez

Apelado: Vanesa ; Procurador: Noelia Lemes Rodriguez

Apelante: Domingo ; Abogado: Alvaro Navarro Peraza; Procurador: Alicia Luque Siverio

AUTO

Iltmos. Sres.-PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo

MAGISTRADOS: Don Carlos Augusto García Van Isschot

Don Víctor Manuel Martín Calvo

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a diecinueve de julio de dos mil diecinueve;

VISTA por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la presente pieza separada n.º 1 del Rollo de Apelación

n.º 444/2018 seguida en virtud de RECURSO DE REVISIÓN interpuesto por don Domingo, representado en esta alzada por la procuradora doña Alicia Luque Siveiro y asistido por el letrado don Enrique Campos Viejo contra el Decreto de 21 de mayo de 2019, siendo parte recurrida la entidad mercantil VIVIENDAS EUROISLAS, S.L. y doña Vanesa, representadas por la procuradora doña Noelia Lemes Rodríguez y asistidas por el letrado

don Agustín Ramiro Márquez Cabrera, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Víctor Manuel Martín Calvo, quien

expresa el parecer de la Sala.

HECHOS
PRIMERO

PRIMERO.- Por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia de esta Sección, se dictó en el seno del Rollo de Apelación nº 444/2018 y en incidente de impugnación de Tasación de costas, Decreto de fecha 21 de mayo de 2019 cuya parte dispositiva literalmente establece:

SE DECRETA: 1.- Desestimar la impugnación formulada por la procuradora DOÑA ALICIA LUQUE SIVEIRO en nombre y representación de D./Dña Domingo contra la tasación de costas practicada y debo declarar y declaro no haber lugar a rectificar la tasación en el presente proceso de fecha 26 de marzo de 2019, que se confirma en su integridad.

2.- Declarar debidas tordas las partidas que la misma comprende, quedando fijada dicha tasación en por la minuta de honorarios del letrado DON AGUSTÍN MÁRQUEZ CABRERA en la cantidad de 1.737.76 euros y los derechos de la Procuradora DOÑA NOELIA LEMES RODRÍGUEZ en la suma de 332,28 euros, por lo que la tasación de costas asciende a la cantidad de 2.070,04 euros (dos mil setenta euros con cuatro céntimos.)

SEGUNDO

Contra dicha resolución se ha interpuesto recurso de revisión por la representación procesal de don Domingo, del que se ha dado traslado a la parte contraria conforme a las previsiones del art. 454 bis 2. LEC quien presentó escrito de impugnación.

TERCERO

Por providencia de 18 de junio se señaló para deliberación, votación y resolución el día 19 de dicho julio del presente año.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto de revisión el decreto que desestima la impugnación que "por indebida" fue formulada por el condenado en las costas del recurso de apelación.

En el recurso insiste en que el letrado de la parte favorecida en costas al presentar su minuta efectuó una arbitraria interpretación de la norma establecida...

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