ATSJ País Vasco 25/2019, 24 de Septiembre de 2019

PonenteFRANCISCO DE BORJA IRIARTE ANGEL
ECLIES:TSJPV:2019:395A
Número de Recurso81/2019
ProcedimientoCuestión de competencia
Número de Resolución25/2019
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

EAEko AUZITEGI NAGUSIA

ZIBILEKO ETA ZIGOR-ARLOKO SALA

BILBAO

BARROETA ALDAMAR, 10-1ª planta - C.P./PK: 48001

TEL.: 94-4016654 FAX: 94-4016997

NIG PV / IZO EAE: 01.02.1-19/003118

NIG CGPJ / IZO BJKN: 01059.31.2-2019/0003118

Rollo competencia penal/ Zig.eskum.erro. 81/2019

A U T O N.º 25/2019

EXCMO. SR. PRESIDENTE: D. JUAN LUIS IBARRA ROBLES

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ

D. FRANCISCO DE BORJA IRIARTE ÁNGEL

En BILBAO (BIZKAIA), a veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vitoria se remitió a esta Sala de lo Penal, exposición razonada junto con testimonio de las actuaciones D. Previas 276/2019, seguidas en ese órgano jurisdiccional, por haberse planteado cuestión de competencia negativa entre dicho Juzgado y el de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Éibar, al no aceptar éste la inhibición efectuada a su favor.

SEGUNDO

Recibidos en esta Sala la exposición razonada y el testimonio referidos, se acordó incoar rollo de competencia penal, dar cuenta de la incoación al Ministerio Fiscal y designar Magistrado Ponente.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 759.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (en adelante, LECr), se ha oído al Ministerio Fiscal por término de veinticuatro horas quien ha informado en el sentido de considerar competente para conocer de la diligencias al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Éibar quedando las actuaciones pendientes de deliberación, votación y fallo.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco de Borja Iriarte Ángel, quien expresa el criterio de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El artículo 73.3 d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que: "Corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, como Sala de lo Penal, la decisión de las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma que no tengan otro superior común".

Atendido que la cuestión de competencia negativa empeñada lo es entre el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vitoria y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Éibar, y dado que dichos órganos jurisdiccionales con sede en distintas provincias de esta Comunidad Autónoma, tienen...

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