ATS, 18 de Diciembre de 2019

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2019:13470A
Número de Recurso5046/2019
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 18/12/2019

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 5046 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE ÁLAVA

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

Transcrito por: FCG/P

Nota:

CASACIÓN núm.: 5046/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Jose Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 18 de diciembre de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal del Partido Político Podemos, presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 10 de julio de 2019, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 756/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 828/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a la representación de los litigantes, así como el Ministerio Fiscal.

TERCERO

La procuradora D.ª Isabel Afonso Rodríguez en nombre y representación del Partido Político Podemos presentó escrito ante esta Sala el 24 de septiembre de 2019, personándose en calidad de parte recurrente. D Juan Luis, D Carlos Jesús, D Pedro Miguel y D Luis Angel, no se han personado en el presente rollo, como parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.

CUARTO

La parte recurrente constituyó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Partido Político Podemos, al concurrir, prima facie,los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1.º del art. 477.2 LEC.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC, dese traslado de la actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. - Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de del Partido Político Podemos, contra la sentencia dictada, con fecha 10 de julio de 2019, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 756/2019, dimanante del juicio ordinario nº 828/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria.

  2. - De conformidad con el art. 485 LEC, dese traslado de la actuaciones al Ministerio Fiscal.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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