ATS, 18 de Diciembre de 2019
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2019:13470A |
Número de Recurso | 5046/2019 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 18/12/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 5046 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE ÁLAVA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: FCG/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 5046/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Jose Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 18 de diciembre de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.
La representación procesal del Partido Político Podemos, presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 10 de julio de 2019, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 756/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 828/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a la representación de los litigantes, así como el Ministerio Fiscal.
La procuradora D.ª Isabel Afonso Rodríguez en nombre y representación del Partido Político Podemos presentó escrito ante esta Sala el 24 de septiembre de 2019, personándose en calidad de parte recurrente. D Juan Luis, D Carlos Jesús, D Pedro Miguel y D Luis Angel, no se han personado en el presente rollo, como parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.
La parte recurrente constituyó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Partido Político Podemos, al concurrir, prima facie,los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1.º del art. 477.2 LEC.
De conformidad con el art. 485 LEC, dese traslado de la actuaciones al Ministerio Fiscal.
LA SALA ACUERDA:
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- Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de del Partido Político Podemos, contra la sentencia dictada, con fecha 10 de julio de 2019, por la Audiencia Provincial de Álava (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 756/2019, dimanante del juicio ordinario nº 828/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria.
-
- De conformidad con el art. 485 LEC, dese traslado de la actuaciones al Ministerio Fiscal.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.