SAP Pontevedra 400/2019, 6 de Noviembre de 2019
Ponente | JAIME ESAIN MANRESA |
ECLI | ES:APPO:2019:2422 |
Número de Recurso | 374/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 400/2019 |
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00400/2019
N10250
/ROSALÍA DE CASTRO NÚM. 5-2-IZQ. (PONTEVEDRA)
-Tfno.: 986805127/28/29/30 Fax: 986805123
EM
N.I.G. 36060 41 1 2016 0001757
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000374 /2019
Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de VILAGARCIA DE AROUSA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000444 /2016
Recurrente: OCASO, SA
Procurador: ROSA GARDENIA MONTENEGRO FARO
Abogado: MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ SOTO
Recurrido: Rosalia, Miguel
Procurador:, MARIA ESTHER GARCIA ROMARIS
Abogado: ALIPIO SANTIAGO NIETO
S E N T E N C I A Nº: 400/2019
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRISIMOS SRES
PRESIDENTE
D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES.
MAGISTRADOS
D. JAIME ESAIN MANRESA.
D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.
En PONTEVEDRA, a seis de noviembre de dos mil diecinueve
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000444/2016, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de VILAGARCIA DE AROUSA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000374/2019, en los que aparece como parte apelante, OCASO, SA, representada por la Procuradora de los tribunales, Sra. ROSA GARDENIA MONTENEGRO FARO, asistida por la Abogada Dª. MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ SOTO, y como parte apelada, D. Miguel, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA ESTHER GARCIA ROMARIS, asistido por el Abogado D. ALIPIO SANTIAGO NIETO, y Dª. Rosalia, sobre reclamación de cantidad, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JAIME ESAIN MANRESA.
:
Por el XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de VILAGARCIA DE AROUSA, se dictó sentencia de fecha 11 de marzo de 2019, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Esther García Romarís, en nombre y representación de D. Miguel y Dª. Rosalia, contra la entidad OCASO S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, y en consecuencia CONDE NO a la demandada a que abone a los demandantes la cantidad de TREINTA MIL EUROS (30.000 €) más los intereses del art. 20 de la LCS.
Se condena a la demandada al pago de las costas procesales causadas".
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
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Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada.
La sentencia apelada estimó la demanda de procedimiento ordinario interpuesta por Miguel y Rosalia contra la entidad aseguradora OCASO S.A., condenando a ésta al abono de 30.000 euros más intereses moratorios, en relación a robo con violencia sufrido en el chalet de los actores sito en Castroagudin (Villagarcía de Arosa, Pontevedra) el 17.9.2012, y con fundamento en póliza vigente de seguro OCASO HOGAR PLUS, al amparo de lo dispuesto en arts. 1, 20, 23, 76, concordantes LCS y arts. 1.091, 1.101, 1255 ss., 1281, 1.288 y concordantes CC.
Recurre en apelación la parte demandada.
Revisada la prueba y atendidas las alegaciones de las partes en la alzada, se impondrá el completo refrendo del pronunciamiento condenatorio impugnado.
Se reafirma, en primer lugar, la...
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