ATS, 27 de Noviembre de 2019
Ponente | JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG |
ECLI | ES:TS:2019:12478A |
Número de Recurso | 4638/2017 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 27/11/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 4638 /2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Luis Seoane Spiegelberg
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE CUENCA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: CMB/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 4638/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Luis Seoane Spiegelberg
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Jose Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 27 de noviembre de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Jose Luis Seoane Spiegelberg.
La representación procesal de D.ª Esmeralda, D.ª Estela, D. Fructuoso, D. Elias, D. Gabriel y D.ª Felicidad presentó escrito de interposición de recuso de casación contra la sentencia dictada con fecha 5 de octubre de 2016, dictada por la Audiencia Provincial de Cuenca, Sección Primera, en el rollo de apelación n.º 189/2015, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 394/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Cuenca.
Mediante diligencia de ordenación de fecha 10 de noviembre de 2017 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
El procurador D. Ignacio Aguilar Fernández, en nombre y representación de D.ª Esmeralda, D.ª Estela, D. Fructuoso, D. Elias, D. Gabriel y D.ª Felicidad, presentó escrito ante esta Sala de fecha 1 de diciembre de 2017 personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora D.ª María Mercedes Martínez del Campo, en nombre y representación de D. Humberto y D. Imanol, presentó escrito ante esta Sala de fecha 30 de noviembre de 2017 personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Esmeralda, Dª Estela, D. Fructuoso, D. Elias, D. Gabriel y Dª Felicidad al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el artículo 485 LEC, la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Esmeralda, D.ª Estela, D. Fructuoso, D. Elias, D. Gabriel y D.ª Felicidad contra la sentencia dictada con fecha 5 de octubre de 2016, dictada por la Audiencia Provincial de Cuenca, Sección Primera, en el rollo de apelación n.º 189/2015, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 394/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Cuenca.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.