SAP Toledo 148/2019, 30 de Octubre de 2019

PonenteEMILIO BUCETA MILLER
ECLIES:APTO:2019:690
Número de Recurso686/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución148/2019
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO 00148/2019

Rollo Núm. ................ 686/2017.-Juzg. 1ª Inst. Núm..7 de Toledo.-J. Ordinario Núm.......769/2015.- SENTENCIA NÚM. 148

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN RAMON BRIGIDANO MARTINEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a treinta de octubre de dos mil diecinueve.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 686 de 2017, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 7 de Toledo, en el Juicio Ordinario Núm. 769/2015, en el que han actuado, como apelantes MAPFRE y Ascension, representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Villamor López y defendidos por el Letrado Sr. Gómez Ramírez; y como apelado, LIBERTY SEGUROS, CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Graña Poyán y defendido por el Letrado Sr. Mareque Ortega.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 7 de Toledo, con fecha 13 de julio de 2017, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "Que ESTIMANDO EN PARTE LA DEMANDA

presentada por la representación procesal de D. Santos y de Dª. Cristina, frente a Dª. Ascension y frente a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A.:

  1. - Condeno a Dª. Ascension y a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A. a abonar de forma conjunta y solidaria a Dª. Cristina la cantidad de 2.120,28 euros y a D. Santos la cantidad de 408,87 euros.

  2. - Condeno a Dª. Ascension y a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A. al pago de los intereses que dichas cantidades devenguen, calculados conforme al Fundamento de Derecho Noveno de esta resolución.

  3. - Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad respecto de las pretensiones ejercitadas por parte de la representación procesal de Dª. Cristina y de D. Santos .

    Que ESTIMANDO LA DEMANDA presentada por la representación procesal de la entidad LIBERTY SEGUROS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., frente a Dª. Ascension y frente a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A.:

  4. - Condeno a Dª. Ascension y a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A. a abonar de forma conjunta y solidaria a la entidad LIBERTY SEGUROS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. la cantidad de 3.428,96 euros.

  5. - Condeno a Dª. Ascension y a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A. al pago de los intereses que dichas cantidades devenguen, calculados conforme al Fundamento de Derecho Noveno de esta resolución.

  6. - Condeno a Dª. Ascension y a la compañía MAPFRE ESPAÑA S.A. al pago de las costas procesales respecto de las pretensiones ejercitadas por parte de la representación procesal de la entidad LIBERTY SEGUROS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.". - SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por MAPFRE y Ascension, dentro del término establecido, se formuló recurso de apelación, que fue contestado de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.

    SE REVOCAN los fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto no se entienden ajustados a derecho y en todo lo que contradigan a la presente resolución, si bien se ratif‌ican los antecedentes de hecho, que relatan la dinámica procesal, por lo que, en def‌initiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la compañía Mapfre España SA en el...

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