STSJ Galicia , 18 de Octubre de 2019
Ponente | MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:5617 |
Número de Recurso | 3556/2019 |
Procedimiento | Recurso de suplicación concursal |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X. GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA
SECRETARIA SRA. BARRIO CALLE-BPB
PLAZA DE GALICIA S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax: 881-881133/981184853
NIG: 36038 47 1 2018 0000414
2SP RECURSO DE SUPLICACION CONCURSAL 0003556 /2019
Procedimiento origen: SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000221 /2018
Sobre: RESOLUCION CONTRATO
RECURRENTE/S: Sacramento
RECURRIDO/S: SERVICIOS INFANCIA E TERCEIRA IDADE, SL
Valentina (ADMINISTR.CONCURSAL)
BBVA SA
AEAT
FOGASA
CAIXA BANK
Violeta
ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ
PRESIDENTE
ILMA. SRA. Dª. MARÍA ANTONIA REY EIBE
ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS
En A CORUÑA, a dieciocho de octubre de dos mil diecinueve.
Habiendo visto las presentes actuaciones la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, compuesta por los/as Ilmos/as Sres/Sras citados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el RECURSO DE SUPLICACION CONCURSAL 0003556 /2019, formalizado por Pilar Concheiro Filgueira, Graduada Social, en nombre y representación de Dña. Sacramento contra el Auto de fecha 26 de Abril de 2019 dictado por el XDO. DO MERCANTIL N. 2 DE PONTEVEDRA en sus autos número 0000221 /2018 seguidos a instancia de Servicios Infancia e Terceira Edade S.L. Siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes:
Para la resolución del presente recurso se ha de partir de los siguientes extremos:
Ante el Juzgado de lo Mercantil nº de Pontevedra se sigue el procedimiento concursal nº 221/2018 a instancias de la mercantil SERVICIOS INFANCIA E TERCEIRA EDADE SL, que fue declarada en concurso por dicho Organo Judicial por auto de 20/9/2018.
En el citado juzgado y autos se instó por la Administración concursal, ERE concursal para la extinción de los contratos de todos los trabajadores por causas econó-micas, habiéndose tramitado el mismo sin que se alcanzara acuerdo entre las partes por Providencia de 25/2/19 se dio traslado a las partes para alegaciones, así como a la Autoridad Laboral que mostro conformidad con la extinción de contratos, así como informe de la Inspección de trabajo favorable a la extinción.
Por el Juzgado de instancia se dictó Auto el 26/04/2019 acordando la extinción de los contratos de todos los trabajadores de la concursada, resolución frente a la cual la Delegada de Personal de la misma formula el presente recurso de suplicación.
Con amparo procesal...
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