AAP La Rioja 366/2019, 11 de Octubre de 2019

PonenteMARIA DEL PUY ARAMENDIA OJER
ECLIES:APLO:2019:455A
Número de Recurso304/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución366/2019
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

AUTO: 00366/2019

- C/ MARQUÉS DE MURRIETA, 45-47, MÓDULO C (NORTE), 3ª PLANTA

Teléfono: 941 296484/486/487

Correo electrónico: audiencia.provincial@larioja.org

Equipo/usuario: SRL

Modelo: 662000

N.I.G.: 26071 41 2 2019 0000253

RT APELACION AUTOS 0000304 /2019

Juzgado procedenciaJDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de HARO

Procedimiento de origenDILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000079 /2019 Delito: NEG. REALIZAR PRUEBAS DET.ALCOHOL/DROGAS(LO 15/07)

Recurrente: Gregorio

Procurador/a: D/Dª MARINA LOPEZ-TARAZONA ARENAS

Abogado/a: D/Dª

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

AUTO Nº 366/19 ========================================================== ILMOS./AS. SRES./SRAS

Magistrados

D. RICARDO MORENO GARCÍA

Dª MARIA DEL PUY ARAMENDIA OJER Dª MARIA DEL MAR PUYUELO OMEÑACA

============= =============================================

En LOGROÑO, a once de octubre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 3 de abril de 2019 el Juzgado de Instrucción nº 2 de Haro dictó Auto que contiene la siguiente Parte Dispositiva: "ESTIMO en parte las cautelas interesadas y ACUERDO como medida cautelar, la privación provisional del permiso de conducción de Gregorio durante la sustanciación de la causa, y siempre a salvo de que dicha medida pueda revocarse y dejarse sin efecto si concurren razones para ello. Requiérase al investigado para que se abstenga de conducir vehículos de motor, en tanto subsista la medida, con la prevención de lo dispuesto en el art. 556 del Código Penal ; y retírese el documento correspondiente. Comuníquese la medida a la Jefatura Provincial de Tráf‌ico y Organismos Administrativos correspondientes".

SEGUNDO

Contra dicho Auto interpuso la representación procesal de Gregorio recurso de reforma y subsidiario de apelación, recursos a los que se ha opuesto el Ministerio Fiscal, siendo desestimado el recurso de reforma por auto de 12 de junio de 2019.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia Provincial se acordó formar el correspondiente rollo de apelación para la sustanciación de este tipo de recurso, y tras notif‌icar el turno de registro y ponencia a las partes se acordó señalar para la deliberación, votación y fallo el día 10 de octubre de 2019. Es ponente doña MARIA DEL PUY ARAMENDIA OJER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PR IMERO: Alega la parte apelante en síntesis como motivos del recurso que la medida cautelar adoptada no está prevista en la Lecrm.; que la medida adoptada conculca los principios constitucionales de presunción de inocencia defensa y tutela judicial efectiva, presumiendo la culpabilidad del recurrente, que no se negó a someterse a las pruebas de alcoholemia, y que no cometió ningún delito, sino que se equivocó de acceso a la autovía, lo que le produjo una crisis de ansiedad; y que debe dejarse sin efecto la medida hasta tanto se resuelva el recurso, pues la misma es de imposible restitución.

SE GUNDO: Tal como razona el auto de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 7 de mayo de 2019, "Los artículos 529 bis, 7...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR