SAP Madrid 241/2019, 24 de Junio de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 241/2019 |
Fecha | 24 Junio 2019 |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Undécima
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035
Tfno.: 914933922
37007740
/
N.I.G.: 28.092.00.2-2017/0006818
Recurso de Apelación 460/2018
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 03 de Móstoles
Autos de Juicio verbal (Desahucio por precario) 636/2017
APELANTE:: D./Dña. Sandra
PROCURADOR D./Dña. MIGUEL ANGEL AYUSO MORALES
D./Dña. Sandra
APELADO:: BUILDINGCENTER SAU y CORAL HOMES
PROCURADOR D./Dña. JULIO CABELLOS ALBERTOS
SENTENCIA
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMO/A SR./SRA. PRESIDENTE :
D.CESÁREO DURO VENTURA
ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:
D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
Dña. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
En Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil diecinueve.
La Sección Undécima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Juicio verbal 636/2017 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 03 de Móstoles, seguido entre partes de una como apelante Dña. Sandra, representada por el Procurador D. MIGUEL ÁNGEL AYUSO MORALES y de otra como apelada BUILDINGCENTER SAU, y por sucesión procesal CORAL HOMES, S.L.U., representada por el Procurador Don
JULIO CABELLOS ALBERTOS; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 20/04/2018 .
VISTO, Siendo Magistrada Ponente Dña. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 03 de Móstoles se dictó Sentencia de fecha 20/04/2018, cuyo fallo es del tenor siguiente: >
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido a trámite, dándose traslado del mismo a la parte contraria que formulo oposición y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección.
La representación de Coral Homes, S.L.U., presento escrito solicitando ocupar la posición procesal de Buildingcenter, S.A.U., y dándose traslado de dicha solicitud a la parte contraria esta se opuso a tal pretensión; resolviendo este Tribunal por auto de fecha 17/05/2019, en el que se acuerda que la mercantil Coral Homes, S.L.U. ocupe en este procedimiento la posición procesal de la parte demandante, aquí apelada, Buildingcenter, S.A.U.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan, en lo pertinente, los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida.
El presente recurso trae causa del Juicio verbal de desahucio por precario número 636/2017 tramitado en el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Móstoles, promovido por BUILDINGCENTER S.A.U., contra actuales e ignorados ocupantes de la vivienda sita en Móstoles, calle Barcelona número 8, piso 3º, letra A, habiendo comparecido doña Sandra . En el presente rollo se ha dictado auto con fecha 17 de mayo de 2019 por el que se acuerda tener como demandante, en virtud de adquisición del objeto litigioso, a la mercantil CORAL HOMES S.L.U.
Con fecha 20 de abril de 2018 se dicta sentencia estimatoria de la demanda. Y contra dicha resolución interpone doña Sandra recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba por no apreciar falta de legitimación activa de la demandante, solicitando la revocación de la sentencia. Entiende que la fotocopia de la certificación catastral, no actualizada, no posee el valor probatorio que otorga la sentencia, ya que el catastro afecta sólo a datos físicos de la finca y no sienta ninguna presunción de posesión dominical. La actora en definitiva no acredita tener la posesión real de la finca a título de dueña, usufructuaria o de cualquier otro que le dé derecho a disfrutarla, además la finca en cuestión no se halla identificada.
A dicho recurso se opone la actora defendiendo la corrección de la sentencia cuya confirmación interesa.
Según el artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas que pretendan la recuperación de la plena posesión de una finca rústica o urbana, cedida en precario, por el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer dicha finca.
Como recoge el AAP de Barcelona, Civil sección 4, del 12 de diciembre de 2017 (Recurso: 1220/2017 ), remitiéndose a su sentencia dictada en el Rollo 1271/2016:
La STS, Sala 1ª, de 28 de febrero de 2017, señala lo siguiente:
Esta sala ha definido el precario como "una situación de hecho que implica la utilización gratuita de un bien ajeno, cuya posesión jurídica no nos corresponde, aunque nos hallemos en la tenencia del mismo y por tanto la falta de título que justifique el goce de la posesión, ya porque no se haya tenido nunca, ya porque habiéndola tenido se pierda o también porque nos otorgue una situación de preferencia, respecto a un poseedor de peor derecho" ( sentencias 110/2013, 28 de febrero ; 557/2013, 19 de septiembre ; 545/2014, de 1 de octubre ) ."
Por lo demás, en relación con el precario, la sentencia de esta Sección de 14 de marzo de 2017 (Rollo 154/2017 ), entre otras, recuerda lo siguiente :
" Este...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 29 de Julio de 2020
...contra la sentencia de fecha 24 de junio de 2019, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11.ª), en el rollo de apelación n.º 460/2018, dimanante de juicio verbal n.º 636/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la ......
-
SAP Madrid 141/2020, 12 de Marzo de 2020
...nº 422/2019, Recurso: 176/2019, y conforme a la SAP, Civil sección 11ª de 24 de junio de 2019 (ROJ: SAP M 10652/2019- ECLI:ES:APM:2019:10652), nº : 241/2019, Recurso: 460/2018 . Según el artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil Legislación citadaLEC art. 250.1.2, se decidirán en ......