AAP Cantabria 172/2019, 18 de Junio de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 172/2019 |
Fecha | 18 Junio 2019 |
AUTO Nº 000172/2019
Ilmos. Sres. Magistrados
Don José Arsuaga Cortázar
Don Miguel Carlos Fernandez Diez
Doña Milagros Martínez Rionda
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En la Ciudad de Santander, a dieciocho de junio de dos mil diecinueve.
Por Decreto de 12 de abril de 2019 dictado por el Sr Letrado de la Admón de Justicia de esta Sección Segunda de la A.P. en Rollo de Sala 563/16, en lo que aquí interesa, se acuerda: Se acuerda modificar la tasación de costas num. 158 de 6 de julio de 2018 practicada a instancia del Procurador Sr Cuevas Iñigo actuando en nombre y representación de Doña Catalina frente a la entidad Riusan SL regulándola en la cantidad de
1.094,20 IVA incluido. Se fija como importe de la tasación de costas la cantidad de 1.735,02 €. Se imponen las costas del presente incidente al letrado.
Contra dicho decreto se interpone por Doña Catalina recurso de revisión tras cuya tramitación se ha deliberado y fallado el recurso el día de la fecha.
Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Carlos Fernandez Diez quien expresa el parecer de la Sala.
Se sostiene en el recurso y en realidad es la única cuestión debatida que la cuantía litigiosa es superior a la reconocida.
Ha de recordarse tal y como señala el ATS de 14 de diciembre de 2016 que "Centrándonos ya en la impugnación de la tasación de costas por resultar excesivos los honorarios de los profesionales, tal y como afirma el decreto recurrido, debe recordarse que como ya se ha pronunciado esta Sala en otras ocasiones no se trata de predeterminar, fijar o decidir cuáles deben ser los honorarios del letrado de la parte favorecida por la condena en costas, ya que el trabajo de éste se remunera por la parte a quien defiende y con quien le vincula una relación de arrendamiento de servicios, libremente estipulada por las partes contratantes, sino de determinar la carga que debe soportar el condenado en costas respecto de los honorarios del letrado minutante, pues aunque la condena en costas va dirigida a resarcir al vencedor de los gastos originados directa e inmediatamente en el pleito entre los que se incluyen los honorarios del letrado, la minuta incluida en la tasación debe ser una media ponderada y razonable dentro de los parámetros de la profesión, no solo...
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