STSJ Cataluña 474/2019, 13 de Junio de 2019
Ponente | FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS |
ECLI | ES:TSJCAT:2019:7517 |
Número de Recurso | 242/2017 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 474/2019 |
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Rollo de apelación nº 242/2017
SENTENCIA Nº 474/2019
Ilmos. Sres.:
Presidente
DON JAVIER AGUAYO MEJÍA
Magistrados
DON FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS
DON JORDI PALOMER BOU
DON JAVIER BONET FRIGOLA
En la Ciudad de Barcelona, a trece de junio de dos mil diecinueve.
LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el Rollo de Apelación nº 242/2017, interpuesto por D. Belarmino y D. Benjamín, representados por la Procuradora Dª Anna Serrat Carmona y defendidos por el Letrado D. Miquel Benages Puig, contra la Sentencia de fecha 10 de enero de 2017 dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 453/2013, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Barcelona, siendo parte apelada AJUNTAMENT D'ESPARREGUERA, representado por la Procuradora Dª Laura Carrión Rubio y defendido por el Letrado D. Jordi Solé i Canal.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS, quien expresa el parecer de la Sala.
En el recurso contencioso-administrativo nº 453/2013, seguido ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 5 de Barcelona, a instancias del aquí apelante, se dictó Sentencia de fecha 10 de enero de 2017, que inadmite el recurso interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Esparreguera de fecha 19 de septiembre de 2013.
Contra el referido Auto se formuló recurso de apelación por la parte actora, que fue admitido a trámite, con traslado a la parte demandadas, que presentó escrito oponiéndose a dicho recurso.
Elevadas las actuaciones a la Sala, se acordó formar el oportuno rollo de apelación y se designó tribunal la Sección de Refuerzo conforme al acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 4 de abril de 2019 y Magistrado Ponente, señalándose fecha para la votación y fallo del recurso, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Como se ha expresado en los antecedentes, el recurso de apelación tiene por objeto la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Barcelona de fecha 10 de enero de 2017, que inadmite el recurso interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Esparreguera de fecha 19 de septiembre de 2013, por falta de legitimación, de...
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