STSJ Comunidad de Madrid 476/2019, 6 de Junio de 2019

PonenteMARIA DEL AMPARO RODRIGUEZ RIQUELME
ECLIES:TSJM:2019:8393
Número de Recurso228/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución476/2019
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2019
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 04 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931953

Fax: 914931959

34002650

NIG : 28.079.00.4-2017/0056181

Procedimiento Recurso de Suplicación 228/2019

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid Despidos / Ceses en general 1294/2017

Materia : Despido

Sentencia número: 476/2019

Ilmos. Sres

Dña. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ

  1. ENRIQUE JUANES FRAGA

Dña. MARÍA DEL AMPARO RODRÍGUEZ RIQUELME

En Madrid, a seis de junio de dos mil diecinueve, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 4 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 228/2019, formalizado por el Sr. Letrado D. Víctor de Ancos Viñas en nombre y representación de la mercantil FERROVIAL SERVICIOS S.A., contra la sentencia de fecha diecinueve de octubre de dos mil dieciocho, aclarada por auto de fecha 30-10-2018, dictada por el Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid, en sus autos número 1294/2017, seguidos a instancia de D. Clemente frente a la parte recurrente, sobre Despido, ha sido Magistrado- Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARÍA DEL AMPARO RODRÍGUEZ RIQUELME .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El actor venía prestando servicios para la empresa demandada desde 22.09.1987 con la categoría de Gestor y devengando un salario anual bruto de 52.614 euros con prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

Con fecha de 16.10.2017 y efectos del mismo día la empresa notifica al actor su despido disciplinario basado en una falta muy grave de transgresión de la buena fe contractual, así como abuso de confianza en el desempeño de su trabajo, con patente vulneración de la buena fe al adquirir para un familiar un aire acondicionado que ha sido abonado por Ferrovial y ello al amparo del art 54,2) ET (Doc. nº 4 ramo actora cuyo contenido por su extensión se da por reproducido)

TERCERO

Con fecha de 21.09.2017 la empresa remite al actor comunicación para que el plazo de 24 horas diera explicaciones a cerca de dos pedidos realizados por éste en fecha de 5.07.2017 con número de registro NUM000 y NUM001 (Doc nº 2 ramo actora y Doc nº 5 ramo empresa).

CUARTO

El actor remite correo electrónico en fecha de 22.09.2017 adjuntado al mismo las explicaciones acerca de los dos pedidos que se le solicitaban contestando a las preguntas que se le realizaban lo siguiente:

  1. La causa que ha motivado la adquisición de la maquinaria y del material auxiliar.

    La maquinaria y material auxiliar se ha empleado para la climatización de una vivienda.

  2. El lugar o centro de trabajo en el que ha sido instalada la maquinaria.

    La máquina se ha instalado en Madrid.

  3. El personal que ha instalado la maquinaria.

    El personal de la compañía que ha instalado la maquinaria ha sido Eugenio .

  4. Las autorizaciones para la adquisición de la maquinaria y para la instalación de la misma.

    La autorización para la adquisición y su instalación la di yo.

    (Doc nº 3 ramo actora y Doc nº 5 ramo empresa, cuyo tenor se tiene por reproducido).

QUINTO

La empresa pidió igualmente explicaciones a Dª Sandra, Gestor de Servicios y responsable del Contrato "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de las Instalaciones de Calefacción ACS,AA,GAS Grupos de Presión y Almacenamiento de combustible en edificios Municipales y Colegios Públicos Dependientes del Ayuntamiento de Talavera la Reina (Toledo) y como responsable del trabajador Eugenio, Oficial de Mantenimiento del correspondiente contrato quien contesta lo siguiente:

  1. Eugenio no me solicitó autorización para recoger la maquinaria, y por lo tanto, no he tenido conocimiento de su retirada.

  2. No tengo conocimiento del destino de dicha máquina.

  3. No tengo conocimiento de la causa que motiva la adquisición de la máquina y del material auxiliar.

  4. No tengo conocimiento del lugar y ni del centro en que ha sido instalada dicha máquina.

  5. El jueves día 6 de Julio de 2017, "SI" autoricé a Eugenio salir antes de la finalización de su jornada, para ayudar a Clemente a realizar unos trabajos. (Doc nº6 ramo empresa)

SEXTO

D. Eugenio presentó escrito contestando a las preguntas que le fueron formuladas por la empresa en relación con los dos pedidos realizados por el actor en fecha de 5.07.2017 con número de registro NUM000 y NUM001 en los siguientes términos:

  1. El destino de la maquinaria una vez recogida el día 5 de Julio de 2017, es en Madrid Capital, en la Dirección C/ DIRECCION000, nº NUM006, NUM007 planta.

  2. La causa que motiva la adquisición de la maquinaria y del material auxiliar, viene por orden "verbal" de Clemente, el día 5 de Julio de 2017.

  3. El lugar donde se ha instalado dicha máquina es una vivienda particular (piso) ubicada en la dirección anteriormente mencionada.

  4. Confirmo que yo he participado en la instalación de dicha máquina, tras las órdenes "verbales" recibidas por parte de Clemente .

  5. El día 5 de Julio de 2017, Lorenzo me indica los nº de pedido que se hacen mención en el escrito recibido, procediendo por consiguiente, a la adquisición de la maquinaria y de los materiales auxiliares.

Ese mismo día, la autorización para la instalación de la misma la recibo "verbalmente" por parte de Clemente .

Solicité a mi responsable Sandra, autorización para salir antes de mi puesto de trabajo el día 6 de Julio de 2017, procediendo mi responsable a darme su conformidad.

Quiero indicar, que por orden de Clemente, en numerosas ocasiones colaboro en sus contratos realizando labores de mantenimiento, cuando su propio personal no puede acudir por sobrecarga de trabajo. Todo esto, lo pongo antes en conocimiento de mi responsable Sandra y recibo su autorización si el contrato donde trabajo me lo permite.

Posteriormente, de forma telefónica, he contestado a todas las preguntas emitidas por Lorenzo referente a donde estaba instalada dicha máquina. (Doc nº7 ramo empresa y Doc nº17 ramo actora).

SEPTIMO

Con fecha de 5.07.2017 el actor realiza un pedido con el NUM000 para el Centro de trabajo LRK/GIS OFICINAS GIC, el proveedor al que se dirige el pedido es "Material de Calefacción Ebora SL" de Talavera de la Reina, el pedido consiste en Materiales de Climatización Y Calefacción por valor unitario y neto de 990C, indicando en el pedido que la puesta a disposición se pondría a disposición en la dirección de Ferrovial Servicios en Toledo, Pla de Grecia 1, y la maquina climatizada es retirada por Eugenio, este pedido es modificado posteriormente, siendo modificado su valor unitario y neto que pasa a 820,80 €.

Este pedido genera el albarán NUM002 de 05/07/2017, en el que figura el, Multi Split Anori 2,6 KW+3,6KW (2X1), con un precio de 912 €, al que se le aplica un descuento del 10%, siendo el importe final de 820,80 €, al que se le aplica el IVA del 21%, siendo el total del albarán 993,17 €. En el mismo albarán figuran como conceptos sin valor, Pedido NUM003, Recoge Eugenio y Pedido Nº NUM000

El pedido Nº NUM001, fue realizado por el actor en fecha 5 de julio, para el Centro de trabajo LRK/GIS OFICINAS GIC, el proveedor al que se dirige el pedido es "Material de Calefacción Ebora SL" de Talavera de la Reina, el pedido consiste en Materiales de Climatización Y Calefacción por valor unitario y neto de 400C, indicando en el pedido que la puesta a disposición se pondría a disposición en la dirección de Ferrovial Servicios en Toledo, Pla de Grecia 1, y la maquina climatizada es retirada por Eugenio este pedido es modificado posteriormente modificando el importe del mismo, siendo modificado su valor unitario y neto que pasa a 269,42 €.

Este pedido genera dos albaranes, y una devolución; el albarán NUM004 de 05/07/2017, en el que se relacionan catorce artículos necesarios para la instalación de una máquina de aire acondicionado siendo el valor neto del albarán de 353,70 € al que se le aplica el IVA del 21%, siendo el total del albarán 306,97 €. En el mismo albarán figuran como conceptos sin valor. Recoge Eugenio y Pedido NUM001 . El segundo albarán es el número NUM005, el que figuran dos artículos necesarios para la instalación de una máquina de aire acondicionado siendo el valor neto del albarán de 15,72 € al que se le aplica el IVA del 21%, siendo el total del albarán 19,02 €. En el mismo albarán figuran como conceptos sin valor, Recoge Eugenio y Ref Nº NUM001 . La suma de ambos albaranes coincide con el importe corregido del pedido, 269,42 €. Posteriormente se realiza una devolución, Nº 08/001123, por el que se cinco artículos der los relacionados en el albarán NUM004 de 05/07/2017, el importe total de la devolución es de 25,73€.(Doc nº2 3 y 8 ramo empresa)

OCTAVO

El actor en fecha de 5.07.2017 con número de registro NUM000 y NUM001 realizo dos pedidos, el destino de la...

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