SAP Madrid 316/2019, 12 de Abril de 2019

PonenteMARIA DE LOS ANGELES MONTALVA SEMPERE
ECLIES:APM:2019:9330
Número de Recurso283/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución316/2019
Fecha de Resolución12 de Abril de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934540,914933800

Fax: 914934539

GRUPO TRABAJO: CONS

37051540

N.I.G.: 28.079.43.1-2015/0216583

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 283/2019

Origen :Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid

Procedimiento Abreviado 33/2017

Apelante: D./Dña. Emilia y D./Dña. Abelardo

Procurador D./Dña. ESPERANZA APARICIO FLOREZ y Procurador D./Dña. ALEJANDRO GONZALEZ SALINAS

Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL

S E N T E N C I A Nº 316/2019

EN NOMBRE DE S. M EL REY

ILMOS. SRS:

Presidenta:

Dª CARMEN COMPAIRED PLO

Magistrados/as:

Dª MARÍA DE LOS ÁNGELES MONTALVÁ SEMPERE.-Dª GEMMA GALLEGO SANCHEZ

En Madrid, a 12 de abril de 2019.- VISTOS ante esta Audiencia Provincial en grado de apelación los Autos: Juicio Oral nº 33/2017 seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº 15 de los de Madrid, sobre delito de atentado, siendo apelante en esta instancia el acusado Abelardo, representado por el Procurador Sr Alejandro González Salinas, al que se adhiere Emilia, representada por la Procuradora Sra. Esperanza Aparicio Florez, con intervención del Ministerio Fiscal, designada Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARÍA DE LOS ÁNGELES MONTALVÁ SEMPERE, y en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

.- PRIMERO.- Por el citado Juzgado se dictó sentencia nº 327/18 de fecha 15 de noviembre de 2018, cuya parte dispositiva dice así:

CONDENO a Emilia, ya circunstanciado, como autor criminalmente responsable de un delito de resistencia, previsto y penado, en el art. 556.1 C.P ., con la concurrencia de la atenuante simple de dilaciones indebidas del art. 21.6 C.P ., y al que procede imponer la pena de CUATRO MESES DE PRISIÓN, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

CONDENO a Abelardo, ya circunstanciado, como autor criminalmente responsable de un delito de resistencia, previsto y penado, en el art. 556.1 C.P ., con la concurrencia de la atenuante simple de dilaciones indebidas del art. 21.6 C.P ., y agravante de reincidencia del artículo 22.8 del Código penal, y al que procede imponer la pena de CINCO MESES DE PRISIÓN, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

No se impone sanción penal alguna por las faltas de lesiones en aplicación de la Disposición transitoria 4º de la LO 1/2015, si bien en concepto de responsabilidad civil, el acusado Abelardo deberá indemnizar al agente NUM000 en la suma de 350 euros, al agente NUM002 euros en la suma de 500 euros, por las lesiones causadas. Y procede, igualmente condenar a Emilia a que indemnice al agente NUM001 en la suma de 750 euros por las lesiones sufridas. Ambos acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente al agente NUM003 en la suma de 350 euros por las lesiones sufridas.

Procede imponer las costas causadas en esta instancia a los hoy condenados por mitad.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por el acusado, alega como motivos los expuestos en el escrito de apelación presentado ante el Juzgado de lo Penal nº 15 de los de Madrid, al que se adhiere la acusada, escritos que se dan íntegramente por reproducidos.

TERCERO

Tramitado el presente recurso de apelación, con arreglo a derecho, se señaló fecha para su votación y fallo: 26/03/2019, y tras su deliberación quedó pendiente de resolución.

H E C H O S P R O B A D O S.- Se aceptan y dan por reproducidos los expresados en la Sentencia apelada siendo los siguientes:

"PRIMERO- Resulta probado y así se declara, que se dirige la acusación frente a Abelardo, mayor de edad y con antecedentes penales computables a efectos...

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