SAP Madrid 366/2019, 12 de Julio de 2019

PonenteFRANCISCO DE BORJA VILLENA CORTES
ECLIES:APM:2019:6747
Número de Recurso1662/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución366/2019
Fecha de Resolución12 de Julio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 28ª (de lo mercantil)

C/Santiago de Compostela, 100, Planta 9 - 28035

Tfno.: 914931988

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0009562

Rollo de apelación nº 1.662/2017

- Materia : Impugnación de acuerdos sociales, reparto de dividendos, acciones sin derecho de voto.

- Órgano judicial de origen : Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid

- Autos de origen : Juicio ordinario 71/2013

- Parte Apelante-Apelada : EBM ALISMA F.C.R.

Procurador/a: D. Javier Zabala Falcó

Letrado/a: D. Álvaro Remón Peñalver y Dña. Elena García Uribarrena

- Parte Apelante-Apelada : UNITED WINERIES HOLDINGS SA

Procurador/a: D. María Carmen Ortiz Cornago

Letrado/a: D. José Luis Rodríguez-Piñero Fernández

SENTENCIA nº 366/2019

Ilmos Srs. Magistrados :

D. Alberto Arribas Hernández

D. Pedro María Gómez Sánchez

D. Francisco de Borja Villena Cortés (ponente)

En Madrid, a 12 de julio de 2019.

La Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, tribunal integrado por los Ilmos. Srs. magistrados arriba indicados, ha visto en grado de apelación, bajo el número de rollo 1662/2017, los autos 71/2013 provenientes del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en materia de Derecho de sociedades, por impugnación de acuerdos sociales, sobre remuneración de administradores sociales y pago de dividendo a acciones sin voto.

En el trámite del presente recurso las partes han actuado representadas y asistidas de los profesionales identif‌icados en el encabezamiento de la presente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO

(1).- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del siguiente tenor:

" FALLO: SE ESTIMA PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por EBM ALISMA FCR contra ARCO WINE INVESTMENT GROUP S.A y se declara la nulidad del acuerdo noveno adoptado por la Junta General de socios celebrada el 27 de diciembre de 2012 relativo a la f‌ijación de la remuneración de los administradores, absolviendo a la demandada del resto de pedimentos formulados en su contra.

Sin condena en costas.

(2).- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante y la parte demandada y, evacuado el traslado correspondiente, se presentó escrito de oposición, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, en donde fueron turnados a la presente Sección y, seguidos los trámites legales, se señaló para la correspondiente deliberación, votación y fallo el día 11 de julio de 2019.

Ha intervenido como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco de Borja Villena Cortés

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Contexto de la controversia en primera instancia.

(1).- Se presentó escrito de demanda por EBM ALISMA FCR, como parte actora, contra UNITED WINERIES HOLDINGS SA, parte demandada, en la que se deducía acción de impugnación de acuerdos sociales. Ello dio lugar al proceso seguido como Juicio Ordinario ante el Juzgado Mercantil Nº 11 de Madrid, en el que se dictó Sentencia con los pronunciamientos del Fallo que pueden sintetizarse de la forma siguiente:

(i).- Se estima parcialmente la demanda, y se declara la nulidad del acuerdo noveno adoptado en la Junta general de socios de UNITED WINERIES HOLDINGS SA, celebrada en fecha de 27 de diciembre de 2012, sobre f‌ijación de retribución de administradores sociales, y se desestiman los demás pedimentos.

(ii).- No se imponen las costas a ninguna parte procesal.

(2).- Para sostener dichos pronunciamientos, la Sentencia de la primera instancia se basa, sustancialmente, en los fundamentos y conclusiones siguientes:

(i).- Se impugnan, en primer lugar, los acuerdos adoptados en Junta de socios de UNITED WINERIES HOLDINGS SA, celebrada en fecha de 24 de septiembre de 2012, por haber permitido el voto a las acciones que carecían del mismo, según su clase. Aunque así ocurrió realmente, el computo a favor de los acuerdos propuestos de las acciones sino voto no altera la decisión de adoptar los correspondientes acuerdos por la Junta, puesto que aun que se descontasen, dichos acuerdos continuarían contando con el respaldo de una mayoría suf‌iciente del capital social para su aprobación.

(ii).- En cuanto a los acuerdos dimanantes de la Junta de socios de 27 de diciembre de 2012, no existe irregularidad relevante en la convocatoria, relativa a la propuesta de acuerdo sobre el cambio de domicilio social de UNITED WINERIES HOLDINGS SA, ni por infracción del derecho de información.

(iii).- En cuanto al acuerdo de reparto de dividendos a las acciones sin derecho de voto, el mismo constituye un verdadero derecho de crédito de esos accionistas contra la sociedad, que no queda supeditado a la aprobación de aplicación de resultado en el sentido de pago de dividendos. No existe pues renuncia alguna de los titulares de esas acciones al no impugnar los acuerdos de constitución de reservas, puesto que pueden reclamar su derecho sin necesidad de impugnar. Además, el reparto se acordó con cargo a reservas, no a benef‌icios obtenidos en el ejercicio del año 2011 o 2012.

(iv).- Respecto del acuerdo de retribución de administradores, los estatutos sociales de UNITED WINERIES HOLDINGS SA prevén que solo obtendrán remuneración los miembros del consejo de administración que tengan los caracteres de independientes y profesionales. Esos rasgos no eran predicables en absoluto de los tres miembros del Consejo de administración en los años a los que se ref‌iere el acuerdo de retribución, dada su vinculación societaria con el socio mayoritario de UNITED WINERIES HOLDINGS SA.

Objeto del recurso de apelación .

(3).- Por EBM ALISMA FCR se interpone recurso frente a dicha Sentencia del Juzgado Mercantil Nº 11 de Madrid, exclusivamente contra el pronunciamiento por el que desestima la impugnación contra el acuerdo de reparto de dividendos a las acciones sin voto, en la Junta de 27 de diciembre de 2012, en el que insta su revocación de la misma, y la estimación de los pedimentos de la demanda. A tal f‌in, el recurso de apelación se sustenta en los motivos, aquí solo presentados, siguientes:

(i).- Error en la valoración de los hechos.

(ii).- Infracción de Derecho, son las normas de reparto de dividendos.

(4).- Se presentó por parte de UNITED WINERIES HOLDINGS SA recurso de apelación contra la citada resolución, solo frente al pronunciamiento por el que declara la nulidad del acuerdo de retribución de administradores sociales, de la Junta de 27 de diciembre de 2012, para solicitar la desestimación de la demanda en tal punto. Para ello, el recurso se sustenta, meramente resumidos ahora, en los siguientes alegatos:

(i).- Error en la valoración de los hechos, sobre la independencia de los consejeros y la interpretación de los estatutos sociales.

(ii).- Error de Derecho, sobre las normas de remuneración de los administradores sociales.

(5).- Oposición al recurso . Por EBM ALISMA FCR, así como por UNITED WINERIES HOLDINGS SA se presentaron respectivos escritos de oposición al recurso de apelación formulado por la parte contraria, con petición de desestimación de aquel y conf‌irmación de la resolución recurrida, por sus propios fundamentos, en lo impugnado de contrario, todo ello con reiteración sustancial en los argumentos expuestos en sus escritos de demanda y contestación.

  1. Recurso de apelación formulado por EBM ALISMA FCR .

    Motivo único: reparto de dividendo a acciones sin derecho de voto .

    (6).- Planteamiento del motivo . La Sentencia de la primera instancia desestimó la pretensión de EBM ALISMA FCR de anular el acuerdo adoptado en la Junta de socios de UNITED WINERIES HOLDINGS SA, celebrada en fecha de 27 de diciembre de 2012, por el cual se decidió repartir dividendo a las acciones de clase "C" de esa sociedad, acciones sin derecho de voto.

    Frente a ello, el recurso de EBM ALISMA FCR sostiene que (i).- no puede entenderse que los accionistas sin derecho de voto ostenten frente a la sociedad un derecho de crédito, por el valor del dividendo que pretende serles otorgado, como ha sostenido la Sentencia; (ii).- sino que el derecho de esos accionistas especiales continúa siendo, en todo caso, un derecho al dividendo, como el de las demás clases de acciones, solo que preferente respecto de las acciones con derecho a voto; (iii).- por ello, el derecho al dividendo de esos accionistas titulares de acciones sin voto no surge con la presencia de benef‌icios en la sociedad, sino con el acuerdo de aplicación del resultado de las correspondientes cuentas anuales, que consista precisamente en el reparto de dividendos; y (iv).- no existe, por tanto, un derecho abstracto y genérico a la percepción de dividendos por parte de los socios, sino que debe procederse previamente a acordar en Junta el reparto de tal dividendo.

    Continúa el recurso señalando, en otro orden de ideas, que los titulares de las acciones de clase "C" del capital social de UNITED WINERIES HOLDINGS SA renunciaron a su derecho al dividendo, al expresar su voto a favor de la propuesta de acuerdo denegatorio al reparto de dividendo, en los correspondientes ejercicios 2007, 2008 y 2009, lo cual representa un acto tácito, pero concluyente, de la renuncia al cobro.

    Finalmente, el recurso de EBM ALISMA FCR indica que el dividendo, de toda clase de acciones, requiere como presupuesto la previa aprobación de un balance que recoja benef‌icios de la sociedad partibles entre los socios, y en UNITED WINERIES HOLDINGS SA las últimas cuentas aprobadas son las del año 2009, ya que en 2010, 2011 y 2012 no se han aprobado cuentas, lo que no fue hecho en la Junta de 27 de diciembre de 2012.

    (7).- Valoración del tribunal (I): extremos fácticos . Para realizar el análisis del motivo de recurso es necesario, previamente, puntualizar algunos hechos. Son los siguientes.

    1. - Se convocó Junta de socios de UNITED WINERIES HOLDINGS SA, para su celebración el día 27 de diciembre de 2012, con el punto 7º del Orden del día propuesto siguiente: " Acuerdo, en su caso, sobre reparto de dividendos preferentes...

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