SAP Las Palmas 402/2019, 14 de Marzo de 2019

PonenteMARIA ELENA CORRAL LOSADA
ECLIES:APGC:2019:804
Número de Recurso1250/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución402/2019
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

? Sección: ROS

SECCIÓN CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

C/ Málaga nº2 (Torre 3 - Planta 4ª)

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 42 99 00

Fax.: 928 42 97 74

Email: s04audprov.lpa@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0001250/2017

NIG: 3500442120140005909

Resolución:Sentencia 000402/2019

Proc. origen: Procedimiento ordinario Nº proc. origen: 0000644/2014-00

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Arrecife

Apelado: Emilia ; Abogado: Irma Ferrer Peñate; Procurador: Jose Angel Rodriguez Gil

Apelado: BETTER RELATIONS COPANY S.L.

Apelado: Hernan

Apelado: Humberto

Apelado: Raimunda

Apelado: Anibal

Apelado: Custodia

Apelado: Argimiro

Apelado: Dolores

Apelado: Aurelio

Apelado: Baldomero

Apelado: Encarnacion

Apelado: Bernardino

Apelado: Estela

Apelado: Estrella

Apelado: Candido

Apelado: Casimiro

Apelado: Ceferino

Apelado: Fermina

Apelado: Cesar

Apelado: Gema

Apelado: KUBIEZA S.L.

Apelado: ASESORIA ZULAICA S.L.

Apelado: Daniel

Apelado: TIMANFAYA VACACIONES 2005 S.L.

Apelado: CASA PLAYA BLANCA INVERSIONES S.L.

Apelado: Eduardo

Apelado: Julieta

Apelado: Emiliano

Apelado: Lidia

Apelado: Estanislao

Apelante: PALMERA CANARIA S.L.; Abogado: Samuel Garcia Hernandez; Procurador: Jaime Manchado Toledo

Apelante: EXPLOTACIONES E INVERSIONES AGUERI S.L.; Abogado: Jose Sebastian Afonso Suarez; Procurador: Maria Soledad Granda Calderin

Apelante: PROMOCIONES ALABENA S.L.; Abogado: Luis-Fernando Olano Moliner; Procurador: Soledad Tello Checa

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

SALA

PRESIDENTE: Don Juan José Cobo Plana.

MAGISTRADOS: Dña. María Elena Corral Losada (Ponente)

Don Jesús Ángel Suárez Ramos.

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 14 de marzo de 2019.

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia pronunciada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Arrecife en el procedimiento referenciado (Procedimiento Ordinario n.º 644/2014) seguido a instancia de DÑA. Emilia Y OTROS 30, como parte apelada en esta instancia, representados por el Procurador don José Ángel Rodríguez Gil y asistido por la Letrada doña Irma Ferrer Peñate, contra PALMERA CANARIA, S.L., como parte apelante en esta instancia, representado por el Procurador don Jaime Manchado Toledo y asistido por el Letrado don Samuel García Hernández, contra EXPLOTACIONES E INVERSIONES AGUERI, S.L., como parte apelante en esta instancia, representado por la Procuradora doña soledad Granda Calderín y asistido por el Letrado don José Afonso Suárez, también PROMOCIONES ALABENA, S.L., como parte apelante en esta instancia, representado por la Procuradora doña Soledad Tello Checa y asistido por el Letrado don Luis Fernando Olano Moliner, siendo ponente la Sra. Magistrada Doña María Elena Corral Losada, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Arrecife se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece lo siguiente:

" Que ESTIMO la demanda presentada por el Procurador D. Jose Angel Rodriguez Gil en nombre y representación de Doña Emilia ; de la entidad mercantil BETTER RELATIONS COMPANY S.L.; de Don Hernan

; de Don Humberto y Doña Raimunda ; de Don Anibal y Doña Custodia ; de Don Argimiro y Doña Dolores

; de Don Aurelio ; de Don Baldomero ; de Doña Encarnacion ; de Don Bernardino y Doña Estela ; de Doña Estrella ; de Don Candido ; de Don Casimiro ; de Don Ceferino y Doña Fermina ; de Don Cesar y Doña Gema ; de la entidad mercantil KUBIEZA S.L.; de la entidad mercantil ASESORÍA ZULAICA S.L.; de Don Daniel ; de la entidad mercantil TIMANFAYA VACACIONES 2005 S.L.; de la entidad mercantil CASA PLAYA BLANCA INVERSIONES S.L.; de Don Eduardo y Doña Julieta ; de Don Emiliano y Doña Lidia ; y de Don Estanislao ; contra PALMERA CANARIA, S. L., EXPLOTACIONES E INVERSIONES AGUERI, S.L., y PROMOCIONES ALABENA, S.L., y en consecuencia,

  1. -Se declara la nulidad de los contratos objeto de impugnación, es decir:

    1.1.- Del contrato de 1 de noviembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a la entidad mercantil Better Relations Company S.L., representada por Don Anton, por el que se acordó la compraventa de la Villa número NUM000 de la parcela NUM001 del Plan Parcial Playa Blanca, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.2.- Del contrato de 16 de julio de 2006, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Don Humberto la Villa número NUM002 de la Parcela NUM001 del Plan Parcial Playa Blanca,y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.3- Del contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Don Anibal la Villa número NUM003 de las parcelas NUM004 y NUM005 del Plan Parcial Playa Blanca, residencial " DIRECCION000 ", y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.4- Del contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Don Aurelio de Bujo38 la Villa número NUM006 de la parcela NUM001 del Plan Parcial Playa Blanca, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.5- Del contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Don Baldomero la Villa número NUM006 de las parcelas NUM004 y NUM005 del Plan Parcial Playa Blanca, residencial DIRECCION000,y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.6- Del contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Doña Encarnacion la Villa número NUM003 de las parcelas NUM005 y NUM004 del Plan Parcial Playa Blanca, residencial DIRECCION000, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.7- Del contrato de 1 de diciembre de 2005 de febrero de 2006, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano

    ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Don Marcos, la Villa número NUM007 de las parcelas NUM004 y NUM005, del Plan Parcial Playa Blanca. El día 8 de febrero de 2006, Don Marcos firma contrato de cesión de la compraventa mencionada a Don Bernardino y Doña Estela, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.8- Del contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Doña Estrella la Villa número NUM007 de las parcelas NUM004 y NUM005 del Plan Parcial Playa Blanca, residencial DIRECCION000, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.9- El contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a la entidad mercantil Asesoría Zulaika S.L. la Villa número Siete de las parcelas R-13-C y R-14-B del Plan Parcial Playa Blanca, residencial La Granja I, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.10- El contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a la entidad mercantil Timanfaya39 Vacaciones 2005 S.L. las Villas número Siete y Ocho de las parcelas R-13-C y R-14 B del Plan Parcial Playa Blanca, residencial La Granja I, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.11- El contrato de 1 de diciembre de 2005, mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L., representada por Don Abilio ; Promociones Alabena S.L., representada por Don Feliciano ; y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., representada por Don Alberto, vendieron a Don Estanislao la Villa número NUM007 de la parcela NUM001 del Plan Parcial Playa Blanca, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.12. El contrato mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L.; Promociones Alabena S.L., y Explotaciones e Inversiones Agueri S.L., vendieron a Don Ángel y Doña Emilia ; la Villa NUM008 de la Parcela NUM005 del Plan Parcial Playa Blanca, y de la correspondiente escritura pública otorgada al efecto.

    1.13.-El contrato mediante el que las entidades mercantiles Palmera Canaria S.L.;...

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