STSJ Comunidad de Madrid 155/2019, 19 de Julio de 2019

PonenteCELSO RODRIGUEZ PADRON
ECLIES:TSJM:2019:5713
Número de Recurso244/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución155/2019
Fecha de Resolución19 de Julio de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Domicilio: C/ General Castaños, 1 - 28004

Teléfono: 914934850,914934750

31053860

NIG: 28.079.00.1-2019/0106091

Procedimiento Recurso de Apelación 244/2019

Materia: Contra la salud pública

Apelante: D./Dña. Jose Augusto

PROCURADOR D./Dña. LEONARDO RUIZ BENITO

D./Dña. Leovigildo y D./Dña. Mariano

PROCURADOR D./Dña. IGNACIO MELCHOR ORUÑA

D./Dña. Mauricio

PROCURADOR D./Dña. MARIA CONCEPCION DELGADO AZQUETA

D./Dña. Modesto y D./Dña. María Inés

PROCURADOR D./Dña. LUIS EDUARDO RONCERO CONTRERAS

D./Dña. María Purificación

PROCURADOR D./Dña. JOSE LUIS GARCIA GUARDIA

D./Dña. Adela

PROCURADOR D./Dña. JOSE ANTONIO DEL CAMPO BARCON

D./Dña. Raimundo

PROCURADOR D./Dña. MARIA ESTHER FERNANDEZ MUÑOZ

Apelado: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 155/2019

EXCMO. SR. PRESIDENTE:

D. Celso Rodríguez Padrón

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Leopoldo Puente Segura

D. Jesús María Santos Vijande

En Madrid, a diecinueve de julio de dos mil diecinueve.

Han sido vistos en grado de Apelación, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos de Procedimiento Abreviado - Rollo de Apelación Num. 168/2019, procedentes de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en el que han sido parte, además del Ministerio Fiscal, y entre otros, como acusados:

María Inés , mayor de edad, natural de Liberia, con NIE NUM000 , sin domicilio estable, con antecedentes penales, en situación de libertad por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan.

Leovigildo , asimismo mayor de edad, natural de Guinea Bissau, con NIE NUM001 , vecino de Madrid, con domicilio en CALLE000 , Nº NUM002 , sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan en autos.

Mariano , también mayor de edad, natural de Guinea Bissau, con NIE NUM003 , vecino de Madrid, sin antecedentes penales, en situación de prisión provisional por esta causa, y cuyas demás circunstancias personales constan reseñadas en las actuaciones.

Jose Augusto , mayor de edad, natural de Buea (Camerún), con NIE NUM004 , vecino de Madrid, con domicilio en CALLE001 , Nº NUM005 , NUM006 , sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan en autos.

Adela , asimismo mayor de edad, española, con DNI NUM007 , vecina de Madrid, con domicilio en CALLE002 Nº NUM008 , con antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan.

María Purificación , mayor de edad, española, con DNI NUM009 , vecina de Madrid, con domicilio en la Avda. DIRECCION000 , NUM010 , NUM011 puerta NUM012 , sin antecedentes penales, en situación de prisión provisional por esta causa, cuyas demás circunstancias personales constan.

Modesto , también mayor de edad, natural de Nigeria, con número ordinal de informática NUM013 , vecino de Fuenlabrada, con domicilio en Avda. DIRECCION001 , Nº NUM014 , NUM005 NUM015 , sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan reseñadas en las actuaciones.

Raimundo , mayor de edad, de nacionalidad nigeriana, con NIE NUM016 , vecino de Madrid, con domicilio en CALLE003 , Nº NUM017 , NUM018 NUM019 , con antecedentes penales, en situación de prisión provisional por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan en autos.

Mauricio , mayor de edad, de nacionalidad española, con DNI NUM020 , vecino de Madrid, con domicilio en CALLE004 , Nº NUM005 , escalera NUM021 , NUM021 NUM022 , con antecedentes penales, en situación de prisión provisional por esta causa y cuyas demás circunstancias personales constan reseñadas en las actuaciones.

Y todo ello en virtud de los recursos interpuestos contra la Sentencia Nº 229/2019 -condenatoria por sendos delitos contra la salud pública y de pertenencia a grupo criminal- dictada por dicha Sección en fecha 11 de abril de 2019 por parte de todos los anteriores penados, representados, respectivamente, por los/as Procuradores: D. Luis Eduardo Roncero Contreras, D. Ignacio Melchor de Oruña, D. Leonardo Ruiz Benito, D. José Antonio del Campo Barcón, D. José Luis García Guardia, Dña. Esther Fernández Muñoz, y Dña. María Concepción Delgado Azqueta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid se celebró juicio oral, dimanante de las Diligencias Previas/Procedimiento Abreviado 2502/2017, incoado y tramitado en virtud de atestado policial por el Juzgado de Instrucción Num. 36 de Madrid, por delitos contra la salud pública, de sustancias que causan grave daño a la salud, y pertenencia a grupo criminal, dictándose Sentencia en fecha 11 de abril de 2019 , que contiene literalmente los siguientes

HECHOS PROBADOS:

De la apreciación de la prueba practicada el Tribunal tiene por probado, y así se declara:

PRIMERO .- El Grupo VII-UDYCO de la Brigada Provincial de Policía Judicial comenzó en el mes de octubre de 2017 una investigación por razón de la proliferación de puntos de venta de sustancias estupefacientes, principalmente cocaína y heroína, en el interior de inmuebles del BARRIO000 conocidos como "narcopisos", en su mayor parte ocupados ilegalmente. Los toxicómanos que acudían a estos lugares, habitualmente permanecían en el interior con objeto de consumir la sustancia estupefaciente adquirida en el inmueble y así evitar eventuales requisas policiales.

Tras las vigilancias y seguimientos efectuados por la fuerza actuante desde el día 16 de octubre de 2017, se constató que parte del tráfico de drogas en la zona de Vallecas , y en al menos nueve "puntos negros" o "narcopisos", se controlaba por individuos mayoritariamente de origen africano que actuaban concertadamente y que se valían de personas de su confianza para realizar labores de traslado de sustancias estupefacientes entre los distintos "narcopisos", empleando medidas de seguridad al realizar dichos desplazamientos.

El papel directivo y de mayor trascendencia lo ostentaba el acusado Raimundo , natural de Nigeria y con residencia legal en España, mayor de edad y ejecutoriamente condenado, entre otras, en sentencia de fecha 22 de enero de 2010 por un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud, a la pena de seis años y un día de prisión que extinguió el 14 de noviembre de 2015. Raimundo venía adquiriendo la cocaína en Brasil, donde enviaba a mujeres como correos para traer la sustancia a España, procediendo posteriormente a su distribución concertadamente con el resto de los acusados y a través de los diferentes "narcopisos" de Vallecas; igualmente se proveía de heroína de un modo que no consta acreditado, y la distribuía en dichos locales, que eran los siguientes:

  1. El acusado Raimundo controlaba y residía en el piso sito en la DIRECCION000 , Nº NUM010 , NUM011 NUM012 de Madrid, propiedad de la entidad " Desarrollos Inmobiliarios Plurales", junto con su pareja la también acusada María Purificación , mayor de edad y sin antecedentes penales, que le auxiliaba en la venta de estupefacientes y en la relación con los restantes pisos. El grupo policial levantó tres actas de incautación de sustancia estupefaciente a individuos que salían del citado piso, y un total de diecinueve actas de intervención de sustancias estupefacientes entre los días 17 de octubre y 1 de noviembre de 2017, a personas que salían de los diferentes inmuebles investigados tras haberlas adquirido en su interior.

  2. El piso situado en la CALLE000 número NUM002 , NUM006 NUM023 de Madrid, propiedad de Alvaro , en el que residía el acusado Leovigildo , nacido en Guinea Bissau y con residencia legal en España, mayor de edad y sin antecedentes penales, que controlaba la venta de sustancias estupefacientes junto con otras personas que no resultaron detenidas. Se levantaron cuatro actas de incautación de sustancia estupefaciente a individuos que salían en su interior.

  3. El situado en la CALLE001 número NUM005 , nave NUM024 de Madrid, inmueble propiedad del Banco de Sabadell que se encontraba ocupado ilegalmente. Residían en el mismo y controlaban la venta de las sustancias los acusados Mauricio , mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencia de fecha 6 de octubre de 2011 por un delito de tráfico de drogas de sustancias que causan grave deño a la salud, a una pena de seis años y un día de prisión, habiendo extinguido dicha condena el día 3 de marzo de 2017, y Jose Augusto , natural en Camerún y con residencia legal en España, mayor de edad y sin antecedentes penales.

  4. El situado en la CALLE005 número NUM025 , NUM006 NUM019 de Madrid, con entrada por la CALLE006 número NUM026 , NUM006 , inmueble ocupado ilegalmente y propiedad de la entidad "Brulemar Real Estate". El acusado María Inés , nacido en Liberia, y residente ilegal en España, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, controlaba la venta de sustancias estupefacientes junto con otras personas que no resultaron detenidas. Se realizaron dos actas de incautación de sustancia estupefaciente a individuos que salían de dicho inmueble tras haber adquirido las mismas en su interior.

  5. El situado en la CALLE005 número NUM027 , NUM006 , puerta NUM024 de Madrid, que estaba ocupado ilegalmente y en el que controlaban la venta de sustancias estupefacientes los acusados Modesto , nacido en Liberia y con residencia ilegal en España, mayor de edad y con antecedentes penales cancelados por delitos contra la salud pública, y Adela , mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa. La titularidad de la finca según el catastro pertenece a la entidad "Promociones Scarjo",...

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