STSJ La Rioja 5/2019, 30 de Mayo de 2019

PonenteMARIA ELENA CRESPO ARCE
ECLIES:TSJLR:2019:324
Número de Recurso5/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución5/2019
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.J.LA RIOJA SALA CIV/PE NAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00005/2019

-

Domicilio: CALLE MARQUES DE MURRIETA 45-47

Telf: 941296605 Fax: 941296598

Equipo/usuario: AAI

Modelo: 001100

N.I.G.: 26089 43 2 2018 0002724

ROLLO: RPL APELACION RESOLUCIONES DEL ART.846 TER LECRIM 0000005 /2019

Juzgado procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de LOGROÑO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000071 /2018

RECURRENTE: Agapito

Procuradora: MARIA LUISA MARCO CIRIA

Abogado: GABRIEL FERNANDO JIMENEZ CAMPILLO

RECURRIDO: MINISTERIO FISCAL

EXCMO. SR. PRESIDENTE

  1. JAVIER MARCA MATUTE

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

DÑA. MERCEDES OLIVER ALBUERNE

DÑA. ELENA CRESPO ARCE

En Logroño a treinta de mayo de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Rioja, integrada por los Magistrados arriba indicados, en el Rollo apelación penal 5/2019 en virtud de las facultades que le han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA Nº 5/2019.

Vistos por la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, integrada por los Magistrados arriba reseñados, el presente recurso RPL- APELACION DE RESOLUCIONES DEL ART. 846 nº 5/2019 dimanante del PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 71/2018 elevado a esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el mismo, siendo parte recurrente don Agapito representado por la Procuradora Sra. Marco Ciria y asistido por el Letrado don Gabriel Fernández Campillo, y parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia dictada en fecha 22-02-2019 por la Audiencia Provincial de Logroño, Sección 1 ª, en el Procedimiento Abreviado 71-2018, se declararon probados los siguientes hechos:

"PRIMERO.-El encausado Agapito ,mayor de edad y sin antecedentes penales, en fecha de 16 de noviembre de 2017 era gerente del Locutorio llamado "KUNAT" sito en el número 17 de la calle Beatos Mena y Navarrete de la ciudad de Logroño, conocido por los miembros pertenecientes a Policía Nacional y Policía Local, desde donde además dela actividad propia de un locutorio y venta de sus productos (refrescos y caramelos, etcétera), también venía dedicándose a suministrar sustancias estupefacientes a personas que acudían al local.

Por ello, por miembros de Policía Local (números NUM000 , NUM001 , NUM002 , NUM003 y NUM004 ) y posteriormente, por miembros de Policía Nacional, Grupo Operativo UDYCO(entre otros, números NUM005 , NUM006 , NUM007 , NUM008 , NUM009 , NUM010 , NUM011 , NUM012 y NUM013 ) se llevaron a cabo dispositivos de vigilancia sobre el locutorio, comprobando como en diferentes fechas y horas entraban al establecimiento personas en principio indeterminadas, que permanecían en el interior escasos minutos, y a las que al salir del Locutorio les fueron intervenidas sustancias estupefacientes.

Así, sobre las 21:20 horas del día 12 de julio de 2017, agentes de Policía Local números NUM001 y NUM004 , procedieron a realizar un dispositivo de vigilancia en el Locutorio, donde vieron llegar a un varón que al cabo de un minuto salió. Tras su identificación se le intervino una "barrita de hachís" y un "cogollo de marihuana", alegando esa persona que lo acababa de comprar por 10 euros y el cogollo se lo había regalado la misma persona.

Tras su analítica resultó ser 3 8 gramos de resina de cannabis con una pureza del 5 3%, que hubiera alcanzado en el mercado ilícito un valor de 20,86 €.

Identificada esta persona resultó ser Guillermo

Sobre las 14:30 horas del día 17 de octubre de 2017 Agentes de Policía Local números NUM001 , NUM000 y NUM014 , estando éste último apostado en las inmediaciones del local durante el dispositivo de control que todos ellos estaban realizando, observaron al encausado en actitud de espera, apostado en el local, así como observando a una persona que se acercaba al locutorio y al que el acusado, gesticulando, le decía que "no" con la cabeza, ocurriendo lo mismo con otra persona, transcurridos unos segundos.

Los referidos agentes de Policía Local observaron que, a las 14 45 horas de ese mismo día 17 de octubre de 2017, una persona que llevaba una bolsa de color blanco, se aproximaba al establecimiento, introduciéndose a continuación en su interior, junto con el acusado, que se encontraba en la puerta. A su vez, y pasados unos minutos, aquel salió del locutorio, pero sin llevar la bolsa que se portaba antes de entrar al local. Esta persona resultó ser Juan .

Transcurridos unos minutos los referidos agentes observaron como otra persona llegó a locutorio, en el que se introdujo, para abandonarlo pasados unos dos minutos aproximadamente y a continuación, dirigirse hacia la calle La Cigüeña, siendo interceptado en ese recorrido por los agentes actuantes, en concreto en la confluencia de las calles La Cigüeña y Beatos Mena y Navarrete. Esta persona resultó ser Leandro , al que se le ocuparon seis láminas y un trozo de una sustancia prensada de color marrón, con un peso aproximado de 30 gramos.

Tras su analítica las sustancias resultaron ser 30 44 gramos de resina de cannabis con una pureza del 16%, que hubieran alcanzado en el mercado ilícito un valor de 167,12 €.

Sobre las 18:15 horas del día 20 de octubre de 2017, agentes de Policía Local, números NUM000 y NUM001 , vieron como accedió al Locutorio un conocido consumidor, saliendo tras permanecer escasos minutos, y como en el momento en que procedían a identificarlo procedió a arrojar al suelo un fragmento de una sustancia que llevaba en la mano derecha y que analizada resultó ser hachís, con un peso de1 59 gramos de resina de cannabis con una pureza del 21 4 %, que hubiera alcanzado en el mercado ilícito un valor de 8,73 €.

Esta persona resultó ser Marcial .

Después de estas intervenciones de sustancias tóxicas, por los miembros de Policía Local no se llegó a realizar ninguna otra intervención, si bien otras personas que, asimismo, acudieron al locutorio, después de salir de él, sí que manifestaron a los referidos agentes que Agapito les había advertido que les iban a parar miembros de policía. En ese tiempo el acusado permaneció constantemente en la puerta del establecimiento observando a ambos lados de la calle. No se llevó a cabo ninguna otra actuación.

Así los hechos, sobre las 14: 30 horas del día 14 de noviembre de 2010 se dispuso continuar con el dispositivo de vigilancia, a cuyo fin el agente número NUM004 se apostó en las inmediación es del local y observó como en su puerta se encontraba Agapito en actitud de espera, como mirando hacia ambos lados de la calle. A los pocos minutos se acercó una persona de unos 40 años, que intercambió unas palabras con el acusado, negando este con la cabeza para a continuación esa persona marcharse del lugar. Idéntica situación se produjo con otra persona de unos 45 años que llegó al establecimiento unos minutos después.

Sobre las 15:00 horas de ese mismo día se acercó al establecimiento Juan , que se introdujo al interior del local junto con Agapito , saliendo ambas personas, transcurridos unos minutos, aproximadamente cinco minutos, y después marchándose del lugar.

Asimismo, y durante ese seguimiento, sobre las 18:15 horas del mismo día 14 de noviembre de 2017 el agente que estaba en ese momento en labor de vigilancia en el lugar, número NUM003 , comprobó que Agapito había vuelto a abrir el establecimiento, y, a su vez, observó como otra persona accedía al interior del establecimiento para salir, transcurrido un minuto, dirigiéndose hacia la calle Cigüeña, donde fue interceptado a la altura del número 21,por funcionarios números NUM002 , NUM001 NUM003 , resultando ser Vidal , alque tras ser cacheado superficialmente no se le encontró ninguna sustancia. Esta persona manifestó espontáneamente que conocía el motivo del registro personal y que no llevaba ninguna sustancia, así como que venía de efectuar una recarga telefónica mostrando un ticket de cinco euros.

Sobre las 18:45 horas del mismo día acudió al establecimiento una persona, que lo abandonó al cabo de un minuto y se dirigió hacia la calle Cigüeña donde fue interceptado a la altura del número 31 por funcionarios números NUM002 , NUM001 y NUM004 , tratándose de Carlos Daniel , que manifestó a los agentes que no llevaba ninguna sustancia, sino que había entrado al local para realizar una llamada telefónica. Efectuado un cacheo personal a esa persona por parte de los agentes no se le ocupó ninguna sustancia.

También sobre las 19:00 horas acudió al establecimiento otra persona, que la abandonó a los dos minutos y se dirigió a un vehículo en el que se introdujo, saliendo del lugar, hasta que fue interceptado en la calle Beatos Mena y Navarrete número 33 por los funcionarios de Policía Local NUM015 , NUM001 NUM004 , resultando ser Fabio , al que se le llevó a cabo un cacheo superficial y registro del vehículo sin que se ocupase sustancia alguna, aunque manifestando éste que era un consumidor de hachís, pero que en aquel momento no llevaba ninguna sustancia, así como que había entrado al locutorio a fin de efectuar una llamada.

Los Agentes de Policía Local de Logroño comprobaron que hasta la fecha 14 de noviembre de 2017 ningún sujeto al que se le intervenía, mostraba ticket alguno de recarga

SEGUNDO.-No obstante, sobre las 19:50 horas del día 23 de noviembre de 2017, el Agente de Policía Nacional NUM016 observó a un individuo entrar en el Locutorio y salir escasos segundos después, interceptándole agentes de Policía Nacional pertenecientes al Grupo Operativo UDYCO (números NUM017 y NUM008 ), que le intervinieron una bolsita de una sustancia con un peso de 0,6 gramos que tras analítica resultó ser anfetamina y un trozo de compacto de hachís de 1,8 gramos.

Tras su analítica las sustancias...

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