SAP A Coruña 198/2019, 29 de Abril de 2019
Ponente | IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS |
ECLI | ES:APC:2019:967 |
Número de Recurso | 313/2019 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 198/2019 |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00198/2019
- RUA LAS CIGARRERAS NUM.1- 1ª PLANTA EDIFICIO FABRICA TABACOS Teléfono: 981.182067-066-035
Equipo/usuario: Bd
Modelo: 213100
N.I.G.: 15059 41 2 2016 0001030
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000313 /2019
Delito/falta: QUEBRANT.CONDENA O MED.CAUTELAR (TOD.SUPUESTOS) Recurrente: Sabina
Procurador/a: D/Dª FERNANDO QUIÑOA RICO
Abogado/a: D/Dª ROCIO SOUTO IGLESIAS
Recurrido: Prudencio, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª ANA MARIA GONZALEZ-MORO MENDEZ Abogado/a: D/Dª ESTEFANIA MOSQUERA RODRIGUEZ
SENTENCIA ========================================================== ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente/a:
ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO
Magistrados/as
IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS
MARIA TERESA CORTIZAS GONZÁLEZ CRIADO ========================================================== En A CORUÑA, a veintinueve de abril de dos mil diecinueve.
VISTO, por esta Sección 1 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador FERNANDO QUIÑOA RICO, en representación de Sabina, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA 182/2018 del JDO. DE LO PENAL nº 6 DE A CORUÑA; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado Prudencio, representado por la Procuradora ANA MARIA GONZALEZ-MORO MENDEZ y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia.
Siendo Ponente el/la Magistrado Ilmo. Sr. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS.
En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo absolver y absuelvo a Prudencio del delito de quebrantamiento de medida cautelar por el que venía siendo acusado con declaración de oficio de las costas causadas".
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, el día 26/2/19, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día de su fecha.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los de la resolución apelada, que se reproducen en su integridad a continuación:
"Probado y así se declara que por Auto de fecha 3 de junio de 2016 dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Ordes en la Pieza de situación personal orden de protección 202/2014, notificada personalmente en la misma fecha, le fue impuesta al acusado Prudencio, mayor de edad, con DNI número NUM002 y cuyos antecedentes penales no constan, la medida cautelar de prohibición de acercarse en un radio de cincuenta metros a su ex pareja Sabina de su domicilio, del lugar de trabajo así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, directo o indirecto ya sea por carta, teléfono, mansaje o cualquier otra vía telemática. El día 2 de octubre aprovechando que el padre de Prudencio llamó a la hija del acusado al teléfono fijo del domicilio de Sabina, posteriormente mantuvo una conversación con aquélla.
El día 18 de noviembre de 2016, desde el teléfono móvil de Prudencio con número NUM003 se produjo una al teléfono móvil de su ex pareja Sabina con número NUM004 con una duración de 22 segundos, sin que conste que hubiera sido intencionada. Por estos hechos no prestó declaración en la fase de instrucción".
El artículo 792.2 de la...
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