SAP Madrid 225/2019, 12 de Junio de 2019

PonenteJESUS MIGUEL ALEMANY EGUIDAZU
ECLIES:APM:2019:5327
Número de Recurso545/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución225/2019
Fecha de Resolución12 de Junio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Undécima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035

Tfno.: 914933922

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2017/0177655

Recurso de Apelación 545/2018

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid

Autos de Juicio verbal (Desahucio falta pago - 250.1.1) 898/2017

APELANTE:: D./Dña. Jose Daniel

PROCURADOR D./Dña. MARIA DEL CARMEN OLMOS GILSANZ

APELADO:: BIENES RAICES PENTAGONO 5 S.L.

SENTENCIA

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

ILMO/A SR./SRA. PRESIDENTE :

D. CESÁREO DURO VENTURA

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D. ANTONIO GARCÍA PAREDES

D. JESÚS MIGUEL ALEMANY EGUIDAZU

En Madrid, a doce de junio de dos mil diecinueve.

La Sección Undécima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Juicio verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 898/2017 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguido entre partes de una como apelante Dña. Jose Daniel, representada por la Procuradora Dña. MARIA DEL CARMEN OLMOS GILSANZ y como apelada BIENES RAICES PENTAGONO 5 S.L ., representada por el Procurador ANTONIO BARREIROMEIRO BARBERO; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 11/06/2018 .

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. JESÚS MIGUEL ALEMANY EGUIDAZU.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 11/06/2018, cuyo fallo es del tenor siguiente: >

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Doña Jose Daniel, que fue admitido a trámite, dándose traslado del mismo a la parte contraria que formulo oposición, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Siglario de esta sentencia: " CC ", Código Civil; " LEC ", Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; " SAP ", sentencia de la Audiencia Provincial, sección y " STS 1ª ", sentencia del Tribunal Supremo de España, Sala Primera.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

OBJETO DE APELACIÓN

  1. A) Demanda .- Bienes Raíces Pentágono 5, S.L. ("Pentágono") es dueña de la vivienda en Madrid de la PLAZA000 nº NUM000, planta NUM001, puerta NUM002 (en adelante, " Finca "). La Finca presenta ignorados ocupantes, sin título y sin pagar renta o merced por la ocupación. Pentágono sustenta su pretensión en una acción de desahucio por precario, con suplico de condena a los demandados a dejar la Finca libre, vacua y expedita, con apercibimiento de que si no lo verif‌ican se procederá a su lanzamiento; así como a "reponer las cosas al estado anterior a su despojo, bajo apercibimiento de realizarlo forzosamente y a su costa"; con imposición de costas.

  2. B) Sentencia recurrida . - En primera instancia, se estimó la demanda frente a los ignorados ocupantes y frente a D.ª Jose Daniel . La Sentencia recurrida se fundamentó en los siguientes considerandos : (a) concepto amplio de precario; (b) la titularidad de Pentágono sobre la Finca está probada documentalmente;

    (c) ocupación sin título de la demandada, demostrándose la ocupación por diligencia de emplazamiento del Servicio de actos de comunicación; y (d) imponiendo las costas a la demandada vencida.

  3. C) Apelación de D.ª Jose Daniel .- La apelante interpone el recurso que sustanciamos basándose, como motivos de apelación, en que de la prueba documental no se desprende la carencia de título de la demandada, ni la voluntad contraria de la demandante a la ocupación de la Finca. Además, la diligencia del Servicio no constituye prueba documental. También aduce que no se acreditan negociaciones para la desocupación, según af‌irma la demanda, y esgrime que la apelante ofreció un acuerdo en la creencia de que Pentágono le ayudaría a alquilar otra vivienda.

  4. D) Oposición a la apelación de Pentágono .- La demandante atribuye a la demandada la carga de probar su título, siendo indiscutible la condición de precarista. Solicita la condena en costas por temeridad, en cuanto el recurso persigue la prolongación de la ocupación ilegal.

    II

    SITUACIÓN DE PRECARIO

  5. Previamente, conviene reproducir la doctrina expuesta en nuestras SSAP Madrid 11ª 99/2018, 21.3 y 314/2018, 31.7 .

  6. El artículo 250 de la Ley de Enjuiciamiento Civil " Ámbito del juicio verbal ", establece en su apartado primero: "Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes: [...] 2.º Las que pretendan la recuperación de la plena posesión de una f‌inca rústica o urbana, cedida en...

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