STSJ Comunidad de Madrid 325/2019, 31 de Mayo de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución325/2019
Fecha31 Mayo 2019

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

33009750

NIG: 28.079.00.3-2018/0005942

Procedimiento Ordinario 210/2018

Demandante: D./Dña. Damaso

PROCURADOR D./Dña. MARTA SAINT-AUBIN ALONSO

Demandado: DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 325

Presidente:

D./Dña. Mª TERESA DELGADO VELASCO

Magistrados:

D./Dña. Mª ANGELES HUET DE SANDE

D./Dña. CRISTINA CADENAS CORTINA

D./Dña. MARÍA ASUNCIÓN MERINO JIMÉNEZ

D./Dña. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON

D./Dña. LUIS FERNÁNDEZ ANTELO

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de mayo de 2019.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 210/2018 promovido por el Procurador Doña MARTA SAINT-AUBIN ALONSO, Procuradora de los Tribunales y de don Damaso ( NUM000 ), Guardia Civil en situación administrativa de servicio activo con destino en el Grupo de Desactivación de Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil de Algeciras, contra la Resolución de fecha 26 de junio de 2.017 de la Subdirección General de Personal de la Guardia Civil por la que se publican adjudicaciones de destinos de vacantes en Embajadas en el extranjero por libre designación, no asignando al actor ninguna de las seis solicitadas al efecto en las Embajadas del Vaticano, Andorra, Guatemala, Ecuador, Guayaquil y Honduras, (concursos 32, 33, 27, 35, 36 y 30), así como contra la Resolución de fecha 20 de abril de 2.018, del Subdirector

General de Recursos por la que se desestima el recurso de alzada formulado contra la primera; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley Jurisdiccional, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verif‌icó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia acogiendo sus pretensiones y condenando a la Administración autora de la resolución recurrida, en los términos y extremos que obran en el suplico de la misma.

En concreto pedía en su suplico:

A---Que tenga por interpuesto RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO contra la Resolución de fecha 20 de abril de 2.018, del Subdirector General de Recursos por la que se desestima el recurso de alzada formulado contra la Resolución de fecha 26 de junio de 2.017 de la Subdirección General de Personal de la Guardia Civil por la que se publican destinos de vacantes en el extranjero, no asignando a mi mandante ninguna de las solicitadas, toda vez que había participado en el concurso previamente convocado a tal efecto, por entender que no resulta ajustado a Derecho y es gravemente contrario a los intereses profesionales y personales de mi mandante,

B--- Dictando resolución por la que se proceda a una REVISIÓN de las aptitudes, Idoneidad y puntuación de los peticionarios de las vacantes convocadas en los concursos 32, 33, 27, 35, 36 y 30, esencialmente en el sentido de que dichas aptitudes sean de conocimiento de los demás peticionarios concurrentes a los mismos concursos de vacantes, datos objetivos que puedan permitir corroborar que se cumplen los mismos en igualdad de condiciones,

C--- ello, con el resto de pronunciamientos que en Derecho procedan.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia conf‌irmatoria de la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el pleito a prueba, practicada ésta según obra en autos y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, f‌ijándose para ello la audiencia del día 29 de mayo de 2019.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente la Ilmo. Sra. Doña. Mª TERESA DELGADO VELASCO, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente procedimiento tiene por objeto la Resolución de fecha 26 de junio de 2.017 de la Subdirección General de Personal de la Guardia Civil por la que se publican destinos de vacantes en el extranjero, no asignando al actor ninguna de las solicitadas toda vez que había participado en el concurso previamente convocado a tal efecto para las plazas en las Embajadas del Vaticano, Andorra, Guatemala, Ecuador, Guayaquil y Honduras, (concursos 32, 33, 27, 35, 36 y 30), así como contra la Resolución de fecha 20 de abril de 2.018, del Subdirector General de Recursos por la que se desestima el recurso de alzada formulado contra la primera.

Es objeto del presente recurso la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio del Interior de 20 de abril de

2.018 que conf‌irma en alzada la dictada por la Dirección General de la Guardia Civil de 26 de junio de 2.017, en virtud de las que se resuelve la provisión de libre designación de puestos de trabajo en el extranjero, en concreto en las seis Embajadas del Vaticano, Andorra, Guatemala, Ecuador, Guayaquil (Guatemala) y Honduras.

El objeto del presente procedimiento es determinar si resultan o no ajustadas a Derecho, tanto la Resolución de fecha 26 de junio de 2.017 de la Subdirección General de Personal de la Guardia Civil por la que se publican destinos de vacantes en el extranjero, no asignando a mi mandante ninguna de las Embajadas solicitadas toda vez que había participado en el concurso previamente convocado a tal efecto, así como contra la Resolución de fecha 20 de abril de 2.018, del Subdirector General de Recursos por la que se desestima el recurso de alzada formulado contra la primera, notif‌icada dicha resolución con posterioridad a la interposición del presente recurso.

Para la resolución del presente recurso ha de partirse de la exposición de los siguientes antecedentes fácticos:

a):Con motivo de una serie de vacantes ofrecidas mediante Resolución número 1710010 de 31 de marzo de

2.017, y publicadas en el BOGC Núm. 14 de 4 de abril del 2017, por la que se anuncian varias de libre designación en el extranjero, el de mandante solicitó, por orden de preferencia, las referidas a los concursos siguientes:

  1. - Concurso número 32 Puesto de Seguridad y Protección Ciudad del Vaticano.

  2. - Concurso número 33 Puesto de Seguridad y Protección Andorra.

  3. - Concurso número 27 Puesto de Seguridad y Protección Guatemala.

  4. - Concurso número 35 Puesto de Seguridad y Protección Ecuador (Quito).

  5. - Concurso número 36 Puesto de Seguridad y Protección Puesto de Seguridad y Protección Guatemala (Guayaquil).

  6. - Concurso número 30 Puesto de Seguridad y Protección Honduras.

    b): En la anterior resolución de fecha 31/03/2017, de anuncio de vacantes, se incluye un anexo en el que se establecen unos requisitos, una serie de circunstancias y requisitos a valorar en la asignación de las vacantes, puesto que en el anexo de la citada resolución de convocatoria de vacantes, se ref‌lejaba que para la adjudicación de las mismas se valoraría lo siguiente:

  7. - Concurso número 32 Puesto de Seguridad y Protección Ciudad del Vaticano: Experiencia profesional en Unidades de Intervención y Protección y/o Seguridad y protección de personalidades. Curso de especialista de seguridad básica de adiestramientos especiales, de intervención operativa y de protección de personas,así como también dominio de italiano e inglés.

  8. - Concurso número 33 Puesto de Seguridad y Protección Andorra: Experiencia profesional en Unidades de Intervención, de Protección y/o Seguridad y de Protección de Personalidades. Curso de especialista de seguridad básica de adiestramientos especiales, de intervención operativa y de protección de personas,así como también dominio del idioma francés.

  9. - Concurso número 27 Puesto de Seguridad y Protección Guatemala: Experiencia profesional en Unidades de Intervención, de Protección y/o Seguridad y de Protección de Personalidades, así como estar en posesión de la aptitud de los cursos de Especialistas en Seguridad, de Adiestramientos Especiales, de Adaptación a técnicas de la UEI, curso TEDAX, de Intervención operativa y de protección de personas.

  10. - Concurso número 35 Puesto de Seguridad y Protección Ecuador (Quito): Experiencia profesional en Unidades de Intervención, de Protección y/o Seguridad y de Protección de Personalidades. Curso de especialista de seguridad básica de adiestramientos especiales, de intervención operativa y de protección de personas .

  11. -Concurso número 36 Puesto de Seguridad y Protección Puesto de Seguridad y Protección Guatemala (Guayaquil): Experiencia profesional en Unidades de Intervención, de Protección y/o Seguridad y de Protección de Personalidades.

  12. -Concurso número 30 Puesto de Seguridad y Protección Honduras: Experiencia profesional en Unidades de Intervención, de Protección y/o Seguridad y de Protección de Personalidades, así como estar en posesión de la aptitud de los cursos de Especialistas en Seguridad, de Adiestramientos Especiales, de Adaptación a técnicas de la UEI, curso TEDAX, de Intervención operativa y de protección de personas.

    c).- El demandante, al tiempo de solicitar las referidas vacantes, cumplía con todos y cada uno de los requisitos exigidos en el anexo de la citada resolución, exponiendo en su solicitud que además contaba con las siguientes aptitudes y méritos:

    - Ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil en el año 1.990.

    - En posesión del título TEDAX desde el año 1.997.

    - En posesión del curso de adaptación de Especialistas TEDAX a TEDAX-NRBQ desde el año 2.013.

    - En posesión, desde el año 2.013, de la acreditación número NUM001, otorgada por el Director General de la Policía, a través del Jefe de la División de...

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