SAP Barcelona 1273/2019, 28 de Junio de 2019

PonenteJOSE MARIA FERNANDEZ SEIJO
ECLIES:APB:2019:7388
Número de Recurso1107/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución1273/2019
Fecha de Resolución28 de Junio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08071

TEL.: 938294451

FAX: 938294458

N.I.G.: 0830742120170011527

Recurso de apelación 1107/2018 -1

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Vilanova i la Geltrú Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 45/2017

Parte recurrente/Solicitante: BANCO POPULAR ESPAÑOL, SA

Procuradora: Raimunda Marigo Cusine

Abogado: Juan Aguado Domingo

Parte recurrida: GUILLERMO ADELL CORREDURIA DE SEGUROS S.L., Norberto

Procuradora: Beatriz Carmen Grech Navarro.

Abogado: Arcadi Sala-Planell Esqué

Cuestiones: Condiciones generales. Cláusula multidivisa. Control de transparencia. No consumidor. SENTENCIA núm. 1273/2019

Composición del tribunal:

JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJO

ANNA ESTHER QUERAL CARBONELL

MARTA PESQUEIRA CARO

Barcelona, 28 de junio de 2019

Parte apelante: Banco Popular Español, S.A.

Parte apelada: Norberto y Guillermo Adell, Correduría de Seguros, S.L.

Resolución recurrida: Sentencia.

Fecha: 22 de marzo de 2017.

Parte demandante: Norberto y Guillermo Adell, Correduría de Seguros, S.L.

Parte demandada: Banco Popular Español, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la sentencia apelada es el siguiente: FALLO: "Estimo parcialmente la demanda y estimándola en lo sustancial, y en consecuencia, 1) SE DECLARA LA NULIDAD PARCIAL de la Escritura de Préstamo Hipotecario Multidivisa otorgada el 3 de octubre de 2006, ante el Notario Don Jose Luis gomez diez, con el núm. 1908 de su protocolo, en cuanto a su contenido de la cláusula multidivisa (cláusula f‌inanciera 1.3) por no superar el control de transparencia.

2) CONDENO a la BANCO POPULAR SA a eliminar de la Escritura de Préstamo Hipotecario otorgada 3 de octubre de 2006 la opción multidivisa, procediendo al recálculo de toda la operación desde la fecha de su otorgamiento, en euros y aplicando el tipo de referencia Euribor al que se adicionará el diferencial pactado (+ 1,00 de diferencial,) y tal y como consta en la escritura de préstamo de fecha 3 de octubre de 2006, así como en el informe pericial acompañado como doc. Num 6 de la demanda.

3)CONDENO a la demandada a la devolución a la actora de las cantidades percibidas en exceso en cada una de las cuotas devengadas y las posteriores que se vayan devengando de acuerdo con el recalculo mencionado en la cantidad de cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco euros ( 44.485 euros) sin perjuicio de aquellas que puedan devengarse con posterioridad a la fecha de cálculo ( noviembre de 2016) cantidades que a su vez devengaran un interés anual equivalente al legal del dinero desde la fecha de su devengo y que se determinaran en ejecución de sentencia. O subsidiariamente devengaran el interés legal desde la fecha de la interposición de la demanda.

4) DECLARO NULA la cláusula 7.1.1 referente al vencimiento anticipado.

5) Se imponen a la demandada las costas del presente proceso".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación Banco Popular Español, S.A. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito oponiéndose y solicitando la conf‌irmación de la sentencia recurrida, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, que señaló votación y fallo para el día 26 de junio de 2019.

Ponente: JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Términos en los que aparece determinado el conf‌licto en esta instancia.

  1. Guillermo Adell, Correduría de Seguros, S.L. y Norberto interpusieron demanda de juicio ordinario contra Banco Popular Español, S.A. (Banco Popular) solicitando la nulidad de la cláusula multidivisa incluida en la escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria f‌irmado por los actores con Banco Popular Español, S.A. el 3 de octubre de 2006. En la demanda se invocaban tanto las normas sobre protección de consumidores y usuarios, como el régimen general de nulidad de los contratos por vicios de consentimiento.

    Los demandantes solicitaban que se anulara parcialmente la cláusula multidivisa y se realizara un nuevo cálculo del principal prestado y las cuotas correspondientes como si el préstamo se hubiera pactado en euros desde el primer momento.

    En la demanda se cuestionaban otras cláusulas por abusivas.

  2. Banco Popular se opuso conforme a los hechos y fundamentos que a sus intereses correspondieron.

  3. Tras los trámites correspondientes, el juzgado dictó sentencia en la que se estimó sustancialmente la demanda, anulando la cláusula multidivisa con los efectos referidos en el suplico de la demanda. En la sentencia respecto de las cláusulas multidivisa, que son las que se someten a apelación, se aplicó la normativa y jurisprudencia sobre condiciones generales de la contratación, por no haber superado las cláusulas en cuestión el control de transparencia.

SEGUNDO

Principales hechos que sirven de contexto.

  1. Como documento número 1 de la demanda se acompaña la escritura pública de constitución del préstamo con garantía hipotecaria f‌irmado por Guillermo Adell, Correduría de Seguros, S.L. y Norberto, como administrador de dicha sociedad y como f‌iador solidario.

La sociedad demandante era la solicitante del préstamo con garantía hipotecaria para adquirir una vivienda en Castell d'Aro. El préstamo se f‌ijó en yenes (55.218.800), que se corresponden con 364.000 €, con opción de cambio de divisa. El Sr. Norberto f‌irmó como f‌iador.

TERCERO

Motivos de apelación.

  1. Recurre en apelación Banco Popular, como motivo principal de su recurso def‌iende que los demandantes no pueden invocar la legislación y jurisprudencia sobre protección de consumidores ya que no tienen la condición de tal. Además, def‌iende que las cláusulas en cuestión superan el denominado control de transparencia.

CUARTO

Sobre la aplicación del denominado control de transparencia a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 2 de Marzo de 2022
    • España
    • 2 Marzo 2022
    ...la sentencia dictada, con fecha 28 de junio de 2019, por la Audiencia Provincial de Barcelona -Sección 15.ª- en el rollo de apelación n.º 1107/2018 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 45/2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 7 de Vilanova i la Remitidos los aut......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR