STSJ Murcia 264/2019, 24 de Mayo de 2019
Jurisdicción | España |
Fecha | 24 Mayo 2019 |
Número de resolución | 264/2019 |
T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00264/2019
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
N56820
PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA -DIR3:J00008050 Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
UP3
N.I.G: 30030 45 3 2018 0001716
Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000040 /2019
Sobre: EXTRANJERIA
De D./ña. Everardo
Representación D./Dª. JOSE ESCUDERO GIRONA
Contra D./Dª. DELEGACION DEL GOBIERNO EN MURCIA Representación D./Dª.
ROLLO DE APELACION núm. 40/2019
SENTENCIA núm. 264/2019
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCION PRIMERA
Compuesta por los Iltmos. Sres.:
Dña. María Consuelo Uris Lloret
Presidenta
D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo
Dña. María Esperanza Sánchez de la Vega Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 264/19
En Murcia, a veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve.
En el rollo de apelación nº 40/2019 seguido por interposición de recurso de apelación contra la Sentencia nº 258/2018, de 26 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Murcia, dictada en Recurso contencioso- administrativo nº 250/2018, tramitado por las normas del procedimiento abreviado, en cuantía indeterminada, sobre extinción de autorización de residencia de larga duración.
Figura como parte apelante DON Everardo, representado por el Procurador Don José Escudero Girona y dirigido por el Letrado Don Antonio Martínez Mateo y como parte apelada la Administración General del EstadoDelegación del Gobierno en Murcia, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO .- Presentado el recurso de apelación referido en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Murcia nº 5 lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la parte apelada para que formalizara su oposición, remitió los autos a esta Sala, designándose Magistrado ponente y acordando que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia, al no ser pedido recibimiento a prueba, ni considerarse necesaria la celebración de vista o conclusiones, señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 10/5/2019.
- La sentencia apelada desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución de 18/4/2018 de la Delegación del Gobierno en Murcia por la que se declara extinguida la autorización de residencia de larga duración que tenía concedida por Resolución de 19/4/2013 por ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos ( art. 32.5.c de la LO 4/2000 ), lo que niega el recurrente.
La Administración apelada en su escrito de oposición al recurso de apelación solicita la confirmación de la sentencia recurrida por sus propios argumentos.
- Se aceptan los hechos y fundamentos de derecho de la sentencia apelada, en cuanto no sean modificados por los de la presente.
El art. 32. 1 de la Ley de Extranjería 4/2000, de 11 de enero, declara que "La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas...
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