STSJ Andalucía 1450/2019, 30 de Mayo de 2019

PonenteMARIA DEL CARMEN PEREZ SIBON
ECLIES:TSJAND:2019:3776
Número de Recurso491/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1450/2019
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2019
EmisorSala de lo Social

ROLLO Nº 491/18 - L SENTENCIA Nº 1450/19

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Recurso nº 491/2018 - L

Iltmo. Sr.:

D. Luis Lozano Moreno

Iltmas. Sras.:

Dª Aurora Barrero Rodríguez

Dª María del Carmen Pérez Sibón, ponente

En Sevilla, a treinta de mayo de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 1450/2019

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la Consejería de Economía, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla, Autos nº 1036/13; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. María del Carmen Pérez Sibón, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Hidralia Gestión Integral de Aguas de Andalucía S.L. (antes Aquagest Andalucía S.A.) contra la Consejería de Economía, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 11/12/17, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" PRIMERO .- La empresa HIDRALIA GESTIÓN INTEGRAL DE AGUAS DE ANDALUCÍA S.L. (antes denominada AQUAGEST ANDALUCÍA S.A., documental nº 25 del ramo de la empresa) pertenece al GRUPO AGBAR y se dedica a la actividad de gestión del ciclo integral del agua.

SEGUNDO

El trabajador Fabio presta servicios para la empresa como operario de mantenimiento de la red de agua potable, categoría de of‌icial, con antigüedad de 4 de noviembre de 2002. El trabajador tienen

encomendadas las funciones que f‌iguran a los folios 960 y ss de las actuaciones entre las que f‌iguran efectuar las tareas de ejecución, reparación y mantenimiento de las instalaciones y de la red de abastecimiento, incluyendo la obra civil necesaria para realizar dichos trabajos (apertura de zanjas...); realizar todo el conjunto de trabajos relacionados con la red de abastecimiento asignados por el capataz o superior jerárquico; cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad; y avisar a su supervisor de cualquier anomalía detectada.

TERCERO

El día 20 de julio de 2011 por la tarde llegó al CAT de averías un aviso de avería en la calle Murcia con la Carretera Nacional 340, en el término municipal de Adra (Almería). Concretamente en el Polígono Industrial Puente del Río frente la empresa HORTOCAMPO.

CUARTO

El capataz de la empresa Nicolas se desplazó esa misma tarde al lugar indicado para comprobar las dimensiones de la avería y priorizar los trabajos para el día siguiente. El capataz vio que af‌loraba agua en lla calzada por lo que priorizó dicha avería para el día siguiente.

QUINTO

A las 8:00 de la mañana del día 21 de junio el capataz,que conocía el terreno por una avería anterior, encargó a Fabio y a su compañero Gumersindo que procedieran a reparar la avería sirviéndose de una máquina retroexcavadora .

SEXTO

Los trabajadores llegaron al lugar de la avería alrededor de las 8:30 y avisaron al maquinista Higinio de la empresa EXCAVACIONES PERALTA para que procediera a la apertura mecánica de la zanja. El maquinista llegó alrededor de las 8:45 horas con una máquina retroexcavadora dotada de cazos de distintas dimensiones y abrió la zanja, tarea que realizó con bastante facilidad debido a que el terreno no presentaba una gran dureza.

Los trabajadores indicaron al maquinista dónde y cómo debía abrir la zanja (anchura, profundidad, con una rampa) y dónde debía depositar los materiales.

El maquinista, siguiendo las indicaciones de los trabajadores, abrió una zanja en vertical con una anchura aproximada de 90 cm y una longitud de 5 m con una profundidad media de 1,50 m si bien en el punto exacto donde se realizaron los trabajos de reparación de la avería la profundidad alcanzaba los 1,9 m. El diámetro de la tubería a reparar era de 63 mm y el material de la misma polietileno.

En cuanto a las características del terreno (de arriba hacia abajo) eran las siguientes: 5 cm de asfalto, unos 30 a 40 cm de relleno y el resto de material de consistencia media. El terreno presenta una gran humedad. La tierra sacada de la zanja se encontraba una distancia de unos 3 m. del borde de la misma. La carretera nacional 340 estaba situada a unos 22 m de la zanja. Para el acceso a la zanja el maquinista hizo una rampa.

El día era despejado y no había llovido la noche anterior.

SÉPTIMO

Fabio se introdujo en la zanja, mientras que Gumersindo se quedó arriba ayudando a aquél con las herramientas y vigilando.

Alrededor de las 10 horas, mientras Fabio estaba colocando un collarín de reparación en la tubería rota en posición de cuclillas el lateral de la zanja se desplomó sobre él, sepultándolo. Gumersindo y el maquinista consiguieron sacar a Fabio de la zanja. Minutos después llegó una ambulancia que trasladó al trabajador al hospital.

OCTAVO

El vehículo con el que los trabajadores acudieron al lugar de la avería carecía de materiales o equipos de entibación.

NOVENO

La evaluación de riesgos de la empresa de fecha 7 de mayo de 2009, vigente al ocurrir el accidente, describe en su página 20 las tareas, los riesgos identif‌icados, nivel de riesgo, actuación o forma de trabajar y los equipos o elementos de protección.

La tarea "reparaciones de averías, acometidas y montaje de tuberías" identif‌ica como riesgo "desprendimientos" con un nivel de riesgo "importante" indicando que se prohibirá cualquier acceso a zanjas de más de 2 m de profundidad que no presenten estabilidad de sus bordes por haberse realizado taludes o entibado añadiendo que lo mismo será de aplicación a zanjas de más de 1,30 m de profundidad y con terreno suelto o inestable.

DÉCIMO

La normas de seguridad de la empresa nº 601, complementaria de las actuaciones para la estabilidad de los materiales del borde de la zanja, hace referencia a la necesidad de obtener información previa sobre las circunstancias del terreno excavar con el f‌in de poder prever su posible comportamiento.

La norma de seguridad 602, a la que se remite el riesgo de sepultamiento por deslizamiento de tierras, establece que las zanjas de más de 1,3 m es necesario el uso de escaleras que superen en un metro el borde de la excavación; que exista una persona como retén de vigilancia y como ayudante los trabajos para dar la alarma

en casos de emergencia; la necesidad de provisión de picos y palas, cuerdas y escaleras que se reservarán como equipo de salvamento.

La norma de seguridad de 605, bajo el título "excavación sin entibación" dispone que la máxima profundidad de la zanja con corte vertical y sin entibación, no será superior a 1,30 m. Aún así se recomienda dar talud a las paredes aunque también se tendrá en cuenta la consistencia del terreno para ver el talud apropiado". (documental número 4 del ramo de prueba de la empresa)

UNDÉCIMO

Los trabajadores fueron informados de la evaluación de riesgos incluyendo las referidas normas (documental número 5 del ramo de prueba de la empresa) .

DUODÉCIMO

En la empresa existe una instrucción de trabajo (ITAN- TP-04) denominada "trabajo en zanjas" de 22 de septiembre de 2010 que establece como proceso a seguir el siguiente:

- En todo momento se deberá llevar a cabo un estudio previo del terreno con objeto de conocer la estabilidad del mismo en profundidades superiores a 1,50 m.

- Antes de bajar a la zanja se comprobará la estabilidad las paredes. Cuando no se tengan garantías se procederá a entibar/ataluzar.

- No se dará comienzo los trabajos hasta que no existan garantías de seguridad.

- El material procedente excavaciones se depositará retirado al menos 1 m del borde de la excavación.

- El operario no permanecerán en en el radio de acción de la maquinaria cuando ésta se encuentre trabajando en la misma.

- Se dispondrá de una escalera de acceso al interior de la zanja que deberá sobresalir 0,50 m del borde de la misma.

- Se establece como normativa aplicable el RD 486/1997 de lugares de trabajo, el RD1627/1997, 24 octubre, sobre seguridad y salud en obras de construcción y RD 604/2006 de 19 de mayo. (documental número 12 del ramo de prueba de la empresa)

DÉCIMOTERCERO

La empresa entregó los trabajadores documentación escrita sobre denominada "Manual de prevención de riesgos laborales. Obras de canalización, conservación y acometida" que establece normas generales de prevención y, en cuanto las excavaciones sin entibación, dice que la máxima profundidad que se puede dar a una zanja con corte vertical es de 1,30 m. Aún así se recomienda dar talud a las paredes aunque también se tendrá en cuenta la consistencia del terreno para ver el talud apropiado".

DÉCIMOCUARTO

El trabajador Fabio ha realizado el curso presencial "seguridad en obras de canalización, conservación y acometidas" de 3 h de duración; el curso "señalización de obras" de 4 horas y el curso básico de prevención de riesgos laborales con una duración de 50 horas.

El compañero de trabajo Gumersindo además de los cursos referidos en la modalidad de a distancia ha realizado un curso básico de 50 horas de prevención de riesgos laborales en depuración de aguas.

DÉCIMOQUINTO

Ambos trabajadores disponían de los equipos de protección individual necesarios para el puesto de trabajo y el entorno de la obra entre los que se encontraba el chaleco de alta visibilidad y elementos de señalización.

DÉCIMOSEXTO

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