ATS, 16 de Mayo de 2019

PonenteALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
ECLIES:TS:2019:5975A
Número de Recurso21148/2018
ProcedimientoQueja
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 16/05/2019

Tipo de procedimiento: QUEJA

Número del procedimiento: 21148/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Alberto Jorge Barreiro

Procedencia: Audiencia Provincial de Málaga, Sección Séptima

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

Transcrito por: JRM

Nota:

QUEJA núm.: 21148/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Alberto Jorge Barreiro

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Manuel Marchena Gomez, presidente

D. Andres Martinez Arrieta

D. Alberto Jorge Barreiro

En Madrid, a 16 de mayo de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Alberto Jorge Barreiro.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Melilla en el Procedimiento Abreviado 236/17 se dictó sentencia, que fue objeto de recurso de apelación, y por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla, en el Rollo 24/18, otra de 31/07/18 , frente a la que se pretende recurso de casación cuya preparación fue denegada por auto de 13/11/18 . De lo expuesto dimana este recurso de queja.

SEGUNDO

Designados los profesionales del turno de oficio como peticionó el recurrente en queja Avelino , el procurador Sr. Herrera González en su nombre y representación presentó en el Registro General del Tribunal Supremo escrito formalizando este recurso de queja, alegando: "...la ausencia de mencionar las preceptos infringidos se basa en un mero error material, que es completamente subsanable. El derecho constitucional de mi representado a la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa están por encima al error simplemente material que es subsanable...Así las cosas, la Sala de la Audiencia Provincial de Málaga podría haber concedido el plazo de dos o tres días a la parte para subsanar dicho error material y no dictar Auto dando por inadmitido a trámite el recurso provocando así un daño irreparable para el condenado, quitándole la posibilidad de agotar los recursos y defenderse..." .

TERCERO

El Ministerio Fiscal, por escrito de 25 de abril, dictaminó: "...procede estimar el recurso, revocar el auto denegatorio de la preparación, y ordenar a la Audiencia Provincial de Málaga que tenga por preparado el recurso de casación anunciado y practique lo demás que se previene en los arts. 858 y 861 LECrim ..." .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- En nombre de Avelino , se interpone recurso de queja contra auto de 13/11/18, de la Sección Séptima, de la Audiencia Provincial de Málaga , que acordó denegar la preparación del recurso de casación, ello contra la sentencia de 31/07/18, resolviendo apelación contra la del Juez de lo Penal. La razón de la denegación fue haber incumplido el recurrente con lo dispuesto en el art. 849 LECrim . al no haber hecho constar que precepto penal sustantivo en concreto se entendía infringido.

A partir de la entrada en vigor, 06/12/2015, de la Ley 41/2015, el art. 847.1, b) de la LECrim ., autoriza el recurso de casación por infracción de Ley previsto en el art. 849.1 de la LECrim ., contra sentencias dictadas en apelación por una Audiencia Provincial y siempre que se aprecie un interés casacional, pero la competencia para dilucidar esta cuestión de si tiene o no interés casacional corresponde en exclusiva a esta Sala Segunda ( art. 889, párrafo segundo, de la LECrim .), por ello la queja debe ser estimada exclusivamente por el único motivo posible, infracción de Ley, al amparo del art. 849.1 LECrim . Como hemos declarado (ver auto de 17/07/18 queja 20248/18 entre otros muchos) "la resolución de fondo de la queja concierne a la preparación que no a la interposición del recurso y por ello el Tribunal que ha de declararlo preparado debe circunscribirse a esa competencia, decidir si concurren los requisitos de legitimidad para interponer el recurso, que fija el art. 854 LECrim ., la recurribilidad en casación de las resoluciones impugnadas determinadas en los arts. 847 y 848 LECrim ., y los requisitos en cuanto a la actividad anunciadora del recurso de casación, referente al tiempo y a la formalización mediante Abogado y Procurador del art. 856. El art. 855 impone carga de exponer la clase del recurso que se proponga interponer el solicitante del testimonio". En consecuencia, en el caso que nos ocupa, tratándose de un procedimiento incoado con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 41/2015 y habiendo cumplido el recurrente con la obligación de manifestar la clase de recurso que se propone interponer, procede estimar este recurso de queja, revocar el auto denegatorio y ordenar a la Audiencia Provincial que expida la certificación reclamada y practique lo demás que previenen los arts. 858 y 861 LECrim ., declarando de oficio las costas.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Estimar el recurso de queja contra auto denegatorio de la preparación dictado el 13/11/18, por la Sección Séptima, de la Audiencia Provincial de Málaga, en el Rollo 24/18 , auto que se revoca, ordenando a la Audiencia que expida la certificación de la resolución reclamada y practique lo demás que previenen los arts. 858 y 861 LECrim ., declarando de oficio las costas.

Notifíquese este auto a las partes personadas y comuníquese al Tribunal que dictó la resolución recurrida a los efectos legales procedentes.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Manuel Marchena Gomez Andres Martinez Arrieta Alberto Jorge Barreiro

4 sentencias
  • ATS, 8 de Julio de 2021
    • España
    • 8 Julio 2021
    ...ya que la competencia para dilucidar esta cuestión corresponde en exclusiva a la Sala Segunda ( art. 889 p. 2 LECrim) ( AATS. 17/7/2018, 16/5/2019 y 10/05/2021, entre Asimismo, esa Sala ha manifestado que las pautas de interpretación de las normas aplicables en materia de recursos deben tom......
  • ATS, 14 de Septiembre de 2021
    • España
    • 14 Septiembre 2021
    ...para dilucidar esta cuestión corresponde en exclusiva a la Sala Segunda ( art. 889 p.2 LECrim .) ( AATS. 17 de julio de 2018 , y 16 de mayo de 2019 ). Asimismo, esta Sala ha manifestado que las pautas de interpretación de las normas aplicables en materia de recursos deben tomar en considera......
  • ATS, 24 de Junio de 2021
    • España
    • 24 Junio 2021
    ...para dilucidar esta cuestión corresponde en exclusiva a la Sala Segunda ( art. 889 p.2 LECrim.) ( AATS. 17 de julio de 2018, y 16 de mayo de 2019). Asimismo, esta Sala ha manifestado que las pautas de interpretación de las normas aplicables en materia de recursos deben tomar en consideració......
  • ATS, 10 de Mayo de 2021
    • España
    • 10 Mayo 2021
    ...esta cuestión corresponde en exclusiva a la Sala Segunda (art. 889 p.2 LECr.) (AATS. 17 de julio de 2018, R.20248/18 , y 16 de mayo de 2019, R.21148/18 ). Asimismo, esa Sala ha manifestado que las pautas de interpretación de las normas aplicables en materia de recursos deben tomar en consid......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR