SJS nº 1 167/2019, 24 de Abril de 2019, de Avilés

PonenteESTEFANIA LOPEZ MUÑOZ
Fecha de Resolución24 de Abril de 2019
ECLIES:JSO:2019:1745
Número de Recurso169/2019

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

AVILES 00167/2019

SENTENCIA Nº 167/2019

En Avilés, a 24 de abril de 2019.

Vistos por mí, Estefanía López Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Social nº 1 de esta ciudad, los presentes autos nº 169/19, sobre tutela de derechos fundamentales, siendo partes como demandante Dª Inés y como demandado D. Santiago , con intervención del Ministerio Fiscal

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 27-3-2019, la demandante interpuso demanda, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, en la que, sobre la base de los hechos y fundamentos de derecho que son de ver en el escrito presentado, suplicaba sentencia estimatoria de su pretensión por la que se declare el acoso laboral sufrido desde el año 2017, condenado al Director del Conservatorio Municipal de Música de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Avilés, D. Santiago , a indemnizarla en la cantidad de 15.000 euros por daños morales.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se confirió traslado a la parte demandada, convocando a las partes para la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio que se celebró en la audiencia del día 23-4-2019.

En el día y hora señalados comparecieron Dª Inés , asistida por el letrado D. Antonio Fernández Urrutia, y D. Santiago , asistido por el letrado D. Fernando Herrero Montequín.

Abierto el acto, la parte demandante se ratificó en su escrito de demanda.

La parte demandada se opuso en los términos que son de ver en el soporte audiovisual unido a los autos.

Una vez practicadas las pruebas propuestas y admitidas, efectuaron conclusiones, quedando los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de las presentes actuaciones se han observado las prescripciones legales.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

Dª Inés viene prestando servicios por cuenta y bajo la organización y dirección del Conservatorio Municipal de Música de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Avilés como profesora de música, impartiendo las asignaturas de piano y música de cámara (incontrovertido).

SEGUNDO

Dª Inés causó baja por IT hasta el 27-6-2017. El día 21-9-2017, causó nueva baja por IT, hasta el 22-2-2018, cuando causa alta. El Servicio de Prevención, por informe de 19-9-2017, la encontró apta con limitaciones para subir y bajar escaleras, recomendando valorar puesto de trabajo en planta baja. El Servicio de Prevención y Salud, por informe de 26-2-2018, la encontró apta, recomendando evitar tareas que supongan deambulaciones prolongadas, así como subir y bajar escaleras (folios 19-20 y 23-32).

TERCERO

El día 1-9-2017, Dª Inés solicitó a impartir su horario lectivo en las instalaciones situadas en la planta baja (folio 18). D. Santiago , como Director del Conservatorio, informó en fecha 23-10-2017 sobre las medias adoptadas, entre ellas la asignación a la trabajadora de aulas en la planta baja y el traslado de un piano (folio 109).

El día 7-11-2017 Dª Inés presentó escrito de solicitud de asignación de un aula fija en la planta baja dotada con los instrumentos para impartir clases de piano (folios 21-22).

Por escrito de 13-3-2018, solicitó se tuvieran en cuenta sus problemas de accesibilidad al centro (folio 33).

El 8-1-2018 presentó demanda sobre asignación o modificación del puesto de trabajo que dio lugar a los autos nº 22/18 seguidos ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Avilés, donde se alcanzó un acuerdo conciliatorio por el cual impartiría clases de piano complementario y música de cámara en el edificio anexo del Conservatorio, que no tiene barreras arquitectónicas, dejando de desempeñar funciones de pianista acompañante. La trabajadora ha pasado a impartir cales en un aula de la planta baja del edificio anexo del conservatorio que no tiene barreras arquitectónicas y donde también se celebran las evaluaciones, tutorías, claustros y reuniones de departamento. Los conciertos se siguen efectuando en el edificio principal. En fecha 21-9-2018, D. Santiago solicitó se elaborara un plan de evacuación para el edificio anexo, formación específica para la profesora con movilidad reducida en cuestiones de evacuación y un simulacro (folios 34-45 y 125; testifical Sr. Damaso ; interrogatorio de parte).

En fecha 12-3-2018, D. Santiago , como Director del Conservatorio, remitió correos electrónicos a Dª Inés y los demás profesores adjuntando la programación de la III Semana Cultural del Conservatorio, indicando que cuando las clases coincidan con alguna actividad de dicha semana, se debería acudir a las actividades con los alumnos, a no ser que por motivos excepcionales algún profesor necesite dar la clase, para lo que solicitaría permite al Jefe de Estudios (folios 46-47 y 144).

Dª Inés presentó un escrito para ser anexado al acta de la sesión del claustro de 16-3-2018 trasladando su queja por la actuación del Equipo Directivo del Conservatorio y los responsables de la Fundación por falta de sensibilidad para con su persona (folios 56-57). En la sesión del Consejo Escolar de 19-3-2018 se leyó dicho escrito, respondiendo el Jefe de Estudios a algunas de las cuestiones planteadas en el mismo y efectuando el Director diversas argumentaciones (folios 73-74).

D. Santiago remitió una queja a Departamento de Tecla para denunciar el trato degradante que Dª Inés tenía con sus compañeros (folio 66).

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se declara la competencia de este Juzgado para conocer de las cuestiones planteadas en el proceso tanto por la condición de los litigantes como por razón de la materia y el territorio, de conformidad con lo establecido en los arts. 1 , 2.a ), 6 y 10 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y arts. 9.5 y 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

SEGUNDO

A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 97.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , los hechos que se declaran probados lo han sido a partir de la documentación, testifical y demás prueba obrante en los autos anteriormente reseñada.

TERCERO

La actora solicita se declare el acoso laboral sufrido desde el año 2017, condenado al Director del Conservatorio Municipal de Música de la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Avilés, D. Santiago , a indemnizarla en la cantidad de 15.000 euros por daños morales.

Para justificar su pretensión, la parte hace alusión a...

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