AAP Pontevedra 48/2019, 7 de Marzo de 2019
Ponente | JAIME ESAIN MANRESA |
ECLI | ES:APPO:2019:540A |
Número de Recurso | 44/2019 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 48/2019 |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 PONTEVEDRA
AUTO: 00048/2019
N10300
/ROSALÍA DE CASTRO NÚM. 5 - 2-IZQ. (PONTEVEDRA)
-Tfno.: 986805127/28/29/30 Fax: 986805123 MC
N.I.G. 36038 42 1 2011 0004903
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000044 /2019
Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de PONTEVEDRA
Procedimiento de origen: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000095 /2016
Recurrente: Marcelino Procurador: MONTSERRAT FERNANDEZ NAZAR Abogado: BEATRIZ RODRIGUEZ GOMEZ
Recurrido: Sofía, MINISTERIO FISCAL Procurador: MARIA MERCEDES PEREIRO DOMINGUEZ Abogado: YOLANDA CASALDERREY MALLEIRO
A U T O Nº 48/2019
Magistrados Iltmos. Sres.:
ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES JAIME ESAIN MANRESA
FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.
En PONTEVEDRA, a siete de marzo de dos mil diecinueve.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000095 /2016, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de PONTEVEDRA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 44 /2019, en los que aparece como parte apelante, Marcelino, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MONTSERRAT FERNANDEZ NAZAR, asistido por el Abogado D. BEATRIZ RODRIGUEZ GOMEZ, y como parte apelada, Sofía, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. MARIA MERCEDES PEREIRO DOMINGUEZ, asistido por el Abogado D. YOLANDA CASALDERREY MALLEIRO; MINISTERIO FISCAL, sobre declaración de gasto extraordinario, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JAIME ESAIN MANRESA.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Pontevedra, se dictó en el procedimiento de referencia, auto de fecha 28 de noviembre de 2018, cuya parte dispositiva literal dice: " Ha lugar a la declaración de gastos extraordinarios a los generados por las clases de refuerzo de Ángel y Florinda, asi como gastos de uniforme, los de la excursión a Cantabria y el Camping, los odontológicos y oftalmológicos y los del DIRECCION000, todo ello, con imposición de costas al ejecutado.".
Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, que fue admitido por el juzgado, y seguidamente se le confirió traslado del mismo a las restantes partes personadas.
Remitidos los autos a esta Audiencia correspondió el conocimiento del citado recurso a esta Sección, por turno de reparto de fecha 5 de febrero de 2019.
Se aceptan en parte los contenidos en la resolución impugnada.
En ámbito ejecutivo de sentencia de divorcio de mútuo acuerdo dictada el 17.12.2012 en la que se declaró la disolución del matrimonio contraído el 27.9.1998 por los litigantes Sofía y Marcelino, se sustancia incidente previsto en el art. 776.4ª LEC para declaración de gastos extraordinarios, dictándose auto que entiende como tales los desembolsos en conceptos de clases de refuerzo, uniforme, excursiones a Cantabria y camping, odontológicos, oftalmológicos y de confirmación de los hijos comunes Ángel y Florinda . Recurre en apelación el progenitor Sr. Marcelino .
Se entiende por...
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