SAP Cuenca 15/2019, 5 de Febrero de 2019

PonenteJOSE EDUARDO MARTINEZ MEDIAVILLA
ECLIES:APCU:2019:193
Número de Recurso148/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución15/2019
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00015/2019

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PALAFOX Nº 4-1ª PLANTA

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Correo electrónico:

Equipo/usuario: HMC

Modelo: 213100

N.I.G.: 16190 41 2 2014 0004305

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000148 /2018

Juzgado procedenciaJDO. DE LO PENAL N. 2 de CUENCA

Procedimiento de origenPROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000161 /2017

Delito: QUEBRANT.CONDENA O MED.CAUTELAR (TOD.SUPUESTOS)

Recurrente: Domingo

Procurador/a: D/Dª MARIA TERESA GOMEZ CARRASCOSA

Abogado/a: D/Dª JOSE ANGEL LARA LILLO

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.

APELACIÓN PENAL Nº 148/2018.

Juicio Oral nº 161/2017, (dimanante del P.A. nº 28/2016 del Juzgado de Instrucción nº 2 de San Clemente; anteriormente Diligencias Previas nº 211/2014).

Juzgado de lo Penal número 2 de Cuenca.

Ilmas./os. Sras./es.:

Presidente:

  1. José Eduardo Martínez Mediavilla.

    Magistradas/os:

    Dª. María Pilar Astray Chacón.

  2. Ernesto Casado Delgado.

    Ponente: Sr. José Eduardo Martínez Mediavilla.

    S E N T E N C I A Nº. 15/2019 .

    En la ciudad de Cuenca, a 5 de febrero de dos mil diecinueve.

    Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Oral nº 161/2017, (que dimanan del P.A. nº 28/2016 del Juzgado de Instrucción nº 2 de San Clemente; anteriormente Diligencias Previas nº 211/2014), procedentes del Juzgado de lo Penal número 2 de esta capital y en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Domingo, (acusado), representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Teresa Gómez Carrascosa y defendido por el Letrado D. José Ángel Lara Lillo, contra la Sentencia pronunciada por dicho Juzgado de lo Penal en fecha 28 de septiembre de 2018, f‌igurando como parte apelada el MINISTERIO FISCAL, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Eduardo Martínez Mediavilla.

Antecedentes de hecho
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Cuenca se dictó Sentencia, en fecha 28 de septiembre de 2018, en la que se declaran los siguientes hechos probados:

SEGUNDO

Como consecuencia del incumplimiento de la medida de libertad vigilada que le fuera impuesta al acusado en la sentencia, por Auto de 18-11-13 dictado por el Juzgado de Menores en la Ejecutoria nº 44/12 se acordó sustituir dicha medida por la de internamiento en régimen abierto por tiempo de seis meses "con un primer periodo de internamiento efectivo de CUATRO MESES y un segundo periodo de libertad vigilada de DOS MESES.", medida que el acusado cumplió, según se recoge en el Auto dictado por el mismo Juzgado con fecha 30-4-15>>.

El Fallo de la Sentencia recurrida es del siguiente tenor:

>.

SEGUNDO

Que, notif‌icada la anterior Sentencia a las partes, la representación procesal de D. Domingo interpuso recurso de apelación contra la referida Resolución.

En el recurso se invoca, en síntesis, lo siguiente:

  1. Error en la valoración de la prueba.

    Se hace constar en tal motivo, en esencia, que no se han tenido en cuenta algunas pruebas, (en concreto, la testif‌ical del Sr. Carlos Alberto y determinada documental), de las que se deduce "......que mi representado

    cumplió con la pena impuesta en el Expediente de Reforma 60/2012, bien si no de una forma como se le condenó al principio, cumpliéndola por otra pena que se lo sustituyó, pero por tanto como ha quedado acreditado cumpliendo la mencionada pena, es por lo que entendemos que no puede haber ahora y en este caso una condena de quebrantamiento de condena, cuando el mismo ya la cumplió como consta acreditado en autos......".

  2. Infracción del principio de presunción de inocencia en relación con la infracción del artículo 24.1 de la Constitución .

    Se indica en tal motivo, en esencia, que, como ya se ha expuesto en el anterior alegato, no ha quedado acreditado que el Sr. Domingo haya realizado los hechos de los que ha sido acusado; pues cumplió con la pena impuesta.

    Con tal recurso se interesa la absolución del acusado.

TERCERO

Que el MINISTERIO FISCAL presentó escrito impugnando el recurso formulado. Interesa la conf‌irmación de la Sentencia recurrida.

CUARTO

Que, elevadas las actuaciones a este...

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