SAP A Coruña 158/2019, 9 de Abril de 2019
Ponente | MARIA LUCIA LAMAZARES LOPEZ |
ECLI | ES:APC:2019:794 |
Número de Recurso | 228/2019 |
Procedimiento | Penal. Apelación de juicio de faltas |
Número de Resolución | 158/2019 |
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00158/2019
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA
Domicilio: RUA LAS CIGARRERAS NUM.1- 1ª PLANTA EDIFICIO FABRICA TABACOS
Telf: 981.182067-066-035 Fax: 981.182065
Equipo/usuario: Bd
Modelo: 1362L0
N.I.G.: 15030 43 2 2017 0014324
ROLLO: ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000228 /2019
Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCIÓN N. 6 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0001594 /2017
RECURRENTE: Nieves
Procurador/a: IAGO MARTINEZ NUÑEZ
Abogado/a: MARCOS CRIADO LOPEZ
RECURRIDO/A: Regina, Ruth, Sagrario, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: LUIS ANGEL PAINCEIRA CORTIZO, LUIS ANGEL PAINCEIRA CORTIZO, LUIS ANGEL PAINCEIRA CORTIZO
Abogado/a: MARIA VANESA RODRIGUEZ MARTINEZ, MARIA VANESA RODRIGUEZ MARTINEZ, MARIA VANESA RODRIGUEZ MARTINEZ
LA ILMA. SRA. Dña. LUCÍA LAMAZARES LÓPEZ como Tribunal Unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha dictado en nombre de S. M. el Rey, la siguiente
S E N T E N C I A
En A Coruña, a nueve de abril de dos mil diecinueve.
Por la presente Sentencia resuelvo el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Número 6 de A Coruña en Juicio sobre Delitos Leves Número 1594/2017 sobre delito leve de lesiones y delitos leves de maltrato contra la denunciada Nieves ; figurando como apelante Nieves ; y como apelados el MINISTERIO FISCAL, Regina, Ruth y Sagrario .
En el juicio sobre delitos leves aludido se dictó sentencia en fecha 23 de noviembre de 2018, cuyo fallo dice así: "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Nieves, como autora penalmente responsable de UN DELITO LEVE DE LESIONES a la pena de CUARENTA DÍAS DE MULTA a razón de una cuota diaria de cuatro euros y, como autora de DOS DELITOS LEVES DE MALTRATO DE OBRA a la pena de CUARENTA DIAS DE MULTA a razón de una cuota diaria de cuatro euros; con aplicación en ambos casos de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de localización permanente por cada dos cuotas impagadas, con imposición de las costas procesales, si las hubiere.
En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a Regina en la suma de SESENTA EUROS (60€), con aplicación en su caso de los intereses del artículo 576 de la LEC .
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la recurrente mencionada en el encabezamiento, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados que establece el artículo 790.5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al que se remite el artículo 976 de la misma Ley, a las restantes partes, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo arriba expresado.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO .- Se aceptan como tales los de la resolución recurrida, que son del siguiente tenor literal:
Ha resultado probado y así se declara que sobre las 14,46 horas del día 11 de diciembre de 2017, en el supermercado Familia sito en la calle Capitán Juan Varela 12-14 de A Coruña, Regina, Sagrario y Elsa
, empleadas del establecimiento, alertadas por la presencia de Nieves, a la que conocían por haber sido sorprendida en ocasiones anteriores hurtando diversos efectos, se acercaron a ella. Ella se percató de que la vigilaban. Reaccionó violentamente y propinó un bofetón en la cara a Regina, y golpes en sus manos y con el bolso que llevaba a Sagrario y a Elsa, al tiempo que las amenazaba e insultaba. Entre las tres lograron que saliera del establecimiento, Regina recibió asistencia médica. Sufrió contusión facial, invirtiendo en su curación dos días, que no fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales.
El recurso de...
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