SAP Barcelona 821/2003, 26 de Noviembre de 2003

PonenteMONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ
ECLIES:APB:2003:7036
Número de Recurso226/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución821/2003
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 821/03

Ilmas. Sras.

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE

Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZÁLEZ

En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de noviembre de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 664/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona, a instancia de D. Alonso , contra D. Raúl y BLACK BIT, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada Black Bit, S.L. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de Noviembre de 2002, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo la demanda presentada por D. Alonso , y debo condenar a Black Bit, S.L. a que abone al actor la cantidad de 177,25 euros, devengando dicha cantidad el interés desde el día 5 de Octubre de 2002. Las costas serán abonadas por el demandado".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte codemandada Black Bit, S.L. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 7 de Octubre de 2003.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZÁLEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Apela la sociedad demandada contra la sentencia que en la instancia estimó la reclamación del actor en razón del gasto que, como inquilino de la vivienda de aquélla, tuvo que realizar en la vivienda por la rotura de una canalización interior de agua. La sentencia entendía que dicho gasto debe ser sufragado por el propietario, a pesar de que la cláusula sexta del contrato le eximiese de hacerlo, y el apelante entiende que tal cláusula y la propia ley vigente en materia arrendaticia deberían producir la desestimación de la demanda.

SEGUNDO

Como señala la SAP de Murcia de 30 de mayo de 2000 y la de 22 de del mismo año, la LAU 29/1994 y abundante doctrina entienden que las reparaciones necesarias son aquellas que hacen referencia tanto a las obras u operaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR