STSJ Galicia 385/2009, 2 de Abril de 2009

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2009:2215
Número de Recurso4085/2007
Número de Resolución385/2009
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO - PTE.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

D. ALFONSO VILLAGÓMEZ CEBRIÁN

En la ciudad de A Coruña, a dos de abril de dos mil nueve.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4085/07 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por la Sociedad de Cazadores del Tecor de Rubiá OU-10.109, representada por Dª. María Isabel Castiñeiras Fandiño y dirigida por Dª. Cristina Pérez Simón, contra la Resolución de 4-7-06 de la Consellería de Medio Ambiente e Desenvolvemento Sostible. Es parte como demandada la Consellería de Medio Ambiente e Desenvolvemento Sostible, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo, originariamente presentado ante los Juzgados de Ourense, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

No interesado el recibimiento del pleito a prueba, una cumplimentado el trámite de conclusiones se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 26-3-09.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado Sr. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de 4-7-06 de la Consellería de Medio Ambiente e Desesvolvemento Sostible que autorizó la segregación de 1.898 hectáreas pertenecientes a los montes vecinales en mano común denominados "Pena Escrita", "Fraga, Fernandón e Mourelo", "Páramo, Richouso, Fonte Ferrada e Folgueirón", "Escourido e Mata Cabrita" y "Golmelo" del Tecor societario "Rubiá" OU-10.109.

SEGUNDO

En el fundamento jurídico de la demanda dedicado a las cuestiones de fondo se indica que la resolución impugnada incurre en la causa de anulabilidad prevista en el artículo 63.2 de la Ley 30/92 porque carece de la motivación exigida en el artículo 54.1 de dicha Ley , y que esa falta de motivación determina la indefensión de la parte actora. Es cierto que en la relación de hechos de la demanda se hace referencia a todas las actuaciones que se reflejan en el expediente, se analiza el contenido de los documentos a él incorporados y se citan preceptos del ...

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