STSJ Asturias 90041/2009, 13 de Febrero de 2009
Ponente | MARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY |
ECLI | ES:TSJAS:2009:106 |
Número de Recurso | 66/2008 |
Número de Resolución | 90041/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 90041/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
APELACION Nº 66/08
APELANTE: AUTORIDAD PORTUARIA DE GIJÓN
REPRESENTANTE: SR. ABOGADO DEL ESTADO
RECURRIDO: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
REPRESENTANTE: SR. LETRADO DEL PRINCIPADO
SENTENCIA DE APELACIÓN nº 41/09
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Luis Querol Carceller
Magistrados:
D. Antonio Robledo Peña
Dña. Olga González Lamuño Romay
En Oviedo, a trece de febrero de dos mil nueve.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 66/08, interpuesto por la Autoridad Portuaria de Gijón, representado por el Sr. Abogado del Estado, contra la Consejería de Economía y Administración Pública, representado por el Sr. Letrado del Principado. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DÑA. Olga González Lamuño Romay.
El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Ordinario nº 352/07 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Oviedo.
El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de fecha 19 de diciembre de 2007 . Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos. Se señalo como cuantía 374.083 €.
Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 11 de febrero pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.
En la presente apelación la entidad demandante interpone recurso contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Oviedo, de fecha 19 de diciembre de 2007 , recaída en autos del procedimiento ordinario núm. 352/2007, por la que se desestima el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Abogado del Estado en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de Gijón contra resolución del Consejero de Economía y Administración Pública del Gobierno del Principado de Asturias, de 18 de diciembre de 2006, por la que se declara inadmisible la reclamación económico- administrativa interpuesta por la Autoridad Portuaria de Gijón contra resolución de 22 de marzo de 2005 del Servicio de Gestión Tributaria, por ser los actos recurridos conformes...
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