SAP Barcelona 545/2004, 20 de Septiembre de 2004

PonenteMYRIAM SAMBOLA CABRER
ECLIES:APB:2004:10959
Número de Recurso361/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución545/2004
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m. 545

Ilmos. Sres.

D./Dª. RAMON FONCILLAS SOPENA

D./Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

D./Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a veinte de septiembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 421/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Hospitalet de Llobregat , a instancia de D/Dª. Lorenzo , Dª. Rita y ZURICH, contra D/Dª. Cornelio incomparecido en esta alzada y representado en los estrados del Tribunal y contra MAPFRE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de Enero de 2.004 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la excepción de prescripción alegada por el Procurador de los Tribunales, D. MIGUEL CARRERAS QUIRANTES, en nombre y representación de D. Cornelio y la entidad aseguradora, SEGUROS MAPFRE, respecto de los daños materiales, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones de la parte actora. Por otro lado, que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. ANA MARIA BERNAUS VIDORRETA, en nombre y representación de D. Lorenzo y DOÑA Rita , respecto de los daños personales, contra D. Cornelio y la entidad aseguradora, SEGUROS MAPFRE, debo condenar y condeno conjunta y solidariamente a los demandados a que paguen a los actores la cantidad de 2.018,94 euros. Respecto de los intereses deberá estarse a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución. En cuanto a las costas, estése al Fundamento de Derecho Quinto de esta Resolución."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante suescrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso la comparecida; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 21 de Junio de 2.004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia de instancia en cuanto no contradigan lo que a continuación se expondrá

PRIMERO

La demanda que dio origen a la presente litis fue presentada por Zurich, entidad aseguradora, Dª Rita y D. Lorenzo quienes litigando unidos reclamaban un total de 7715,03 euros por los daños y perjuicios derivados del accidente de circulación ocurrido el 3 de enero de 2002 desglosados del siguiente modo: 2018,94 euros por las lesiones sufridas por Lorenzo a consecuencia del siniestro. 5515,59 euros correspondientes al importe de la factura de reparación de los daños del vehículo Peugeot que fueron abonados por Zurich y 180,30 euros de franquicia abonados por la propietaria Dª Rita . Se funda tal pretensión en el artículo 76 LCS .

Los demandados, Mafre y D. Cornelio opusieron a tal pretensión la excepción de culpa exclusiva de la victima y la prescripción de la acción respecto a todos los daños materiales reclamados argumentando que según la documentación aportada Zurich abonó el importe que reclama el 20 de marzo de 2002 y la Sra. Rita el 26 de febrero de 2002, por lo que aunque existió un procedimiento penal previo en el que únicamente se reclamaban las lesiones sufridas por D. Lorenzo que...

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