STSJ Galicia , 22 de Octubre de 2004

PonenteJOSE MARIA CABANAS GANCEDO
ECLIES:TSJGAL:2004:5717
Número de Recurso762/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 762/2004 interpuesto por Salvador contra la

sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de LUGO siendo Ponente el ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA CABANAS GANCEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Salvador en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 856/03 sentencia con fecha 4/12/03 por el Juzgado de referencia que /desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: Primero. Don Salvador , con DNI nº NUM000 , y nacido el 14 de mayo de 1940, se encuentra afiliado a la Seguridad Social como consecuencia de los servicios prestados como trabajador encargado de almacén. Segundo. Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social que, en resolución de fecha 24 de julio de 2003, declaró que no había lugar a la revisión de grado solicitada por el actor; y se agotó con la formulación de reclamación previa, que por resolución de 3 de septiembre de 2003 fue desestimada. Tercero. El actor fue declarado en situación de incapacidad permanente total por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 28 de junio de 2001 , al presentar según ésta, "Nefroangioesclerosis. Hipertensión arterial secundaria, síndrome braquiocefálico, patología cervical, pinzamiento raíces branquiales, síndrome funcional restrictivo respiratorio. Cervicobranquialgia bilateral conmonoposición del M.S. D. de larga evolución. Profusión herniación C3-C4 y osteofitosis C5-C6, C6-C7 y proliferación ósea a nivel C5-C6 con impronto sobre el espacio subaranoideo, la cirugía no está indicada, compromiso radicular. Cervicoartrosis severa generalizada. Espondiloartrosis dorsal y lumbar". Cuarto. La base reguladora es la de 1.583,58 euros, y la fecha de efectos de 25 de julio de 2003. Quinto. D. Salvador presenta un juicio diagnóstico de Nefroangioesclerosis con datos de insuficiencia renal leve. HTA controlada. Artrosis raquídea con discopatía cervical, lumbar con escasa repercusión funcional. Síndrome depresivo desde hace 20 años sin precisar ingresos".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Salvador...

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