SAP Valencia 691/2004, 10 de Diciembre de 2004

PonenteJOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
ECLIES:APV:2004:5387
Número de Recurso905/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución691/2004
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

SENTENCIA Nº____691/04____

SECCION UNDÉCIMA

ILUSTRÍSIMOS. SEÑORES:

Magistrado Presidente,

D. José Alfonso Arolas Romero

Magistrados:

Dña. Susana Catalán Muedra

D. Alejandro Giménez Murria

En la ciudad de Valencia, a diez de diciembre de 2004. Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. José Alfonso Arolas Romero, los autos de juicio verbal, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 15 de Valencia, con el núm. 441/04 , por D. Federico contra D. Bartolomé y Mapfre Mutualidad sobre "reclamación de daños y perjuicios por accidente de circulación", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Federico , representado por la Procuradora Dª Guadalupe Porras Berti y asistido por el Letrado D. Francisco Javier Guillem Fernández contra D. Bartolomé y MapfreMutualidad, representado por el Procurador D. Javier Roldán García y asistido por el Letrado D. Antonio Colorado Castellary.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Valencia, en fecha 1-07-04 en el juicio de verbal núm. 441/04 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: " Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda con absolución de los demandados y expresa condena en costas a la actora".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la Procuradora Dª Guadalupe Porras Berti en nombre y representación de D. Federico , y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por el Procurador D. Javier Roldán García en nombre y representación de D. Bartolomé y Mapfre Mutualidad. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día nueve de diciembre de 2004.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiendo ocurrido el 10 de mayo de 2003 un accidente de tráfico, en la C) Ramón Lluch de Valencia, en el que se vieron implicados un vehículo Peugeot 306, matrícula N-....-NZ , que propiedad de D. Guillermo

, era conducido por su hijo D. Constantino , y un turismo Ford-Fiesta, matrícula H-....-HT , que pilotaba D. Bartolomé , interpuesta que fue demanda por el titular del Peugeot-306 en reclamación de seiscientas cinco euros con setenta y un céntimos (605'61 #), que fue el importe a que ascendió la reparación de su vehículo, y opuesta la parte demandada a tal pretensión indemnizatoria, la sentencia recaída en 1ª instancia desestimó la demanda porque dadas las versiones contradictorias de los conductores implicados no podía conocerse como había ocurrido el accidente, con lo que resultaba inviable imputar al demandado comportamiento culposo alguno que lo hiciera incardinable en el art. 1902 del C.C .

SEGUNDO

Recurrida en apelación la citada resolución por la parte actora, achacando a la misma su parquedad y el que no había tenido en cuenta el contenido de la declaración amistosa de accidente, la Sala ha de convenir con el Juez "a quo" en que las versiones contradictorias de los conductores implicados y la falta de otras pruebas que puedan determinar cómo ocurrió el accidente en cuestión, nos...

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