STSJ Galicia 73/2019, 10 de Abril de 2019
Ponente | FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:1872 |
Número de Recurso | 7190/2017 |
Procedimiento | Procedimiento ordinario |
Número de Resolución | 73/2019 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3
A CORUÑA
SENTENCIA: 00073/2019
PONENTE:D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7190/2017
RECURRENTE:CONCELLO DE CALDAS DE REIS (PONTEVEDRA)
ADMINISTRACION DEMANDADA:CONSELLERIA DE ECONOMIA, EMPREGO E INDUSTRIA
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
ILMO.SR PRESIDENTE :
JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL
ILMOS.SRES.MAGISTRADOS :
FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
En A CORUÑA, a 10 de abril de 2019.
Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7190/2017 interpuesto por el Procurador
D. MANUEL CUPEIRO CAGIAO y dirigido por el Letrado D. CARLOS POTEL LESQUEREUX en nombre y representación de CONCELLO DE CALDAS DE REIS (PONTEVEDRA) contra Desestimación tácita por silencio de la Consellería de Economía, Emprego e Industria al requerimiento previo a la vía contenciosa- administrativa contra Resolución 2-4-13, que acuerda inscripción en registro de aguas minerales, termales y de manantial el derecho de aprovechamiento del caudal del caño derivado de la arqueta "Fonte das Burgas". Ha sido parte demandada CONSELLERIA DE ECONOMIA, EMPREGO E INDUSTRIA, representada por ABOGACIA DE LA COMUNIDAD.
Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.
Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.
No habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 5 de abril de 2019, fecha en la que tuvo lugar.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada.
Que el Concello de Caldas de Reis, representado por innecesario Procurador ( ATS de 19-6-2012; RC 4005/2008 ), pide la anulación de la resolución de 2-4-2013 de la Consellería de Economía e Industria, y que se inscriba a su favor en el Registro de Aguas Minerales Termales y de Manantial los aprovechamientos que resultan de la transacción de 7-9-1928 y Resolución de la Consellería de...
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