SAP Jaén 280/2004, 9 de Diciembre de 2004
Ponente | JESUS MARIA PASSOLAS MORALES |
ECLI | ES:APJ:2004:1323 |
Número de Recurso | 328/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 280/2004 |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª |
SENTENCIA Núm. 280/04
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA
Magistrados
Dª. LOURDES MOLINA ROMERO.
D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES
En la Ciudad de Jaén, a nueve de Diciembre de dos mil cuatro.-Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal, seguidos en primera instancia con el núm. 198 del año 2003, por el Juzgado de Primera Instancia Número DOS de ALCALA LA REAL (Jaén), Rollo de Apelación de esta Audiencia núm. 328 de 2004 a instancia de D. Everardo , representado en la instancia por el Procurador de los Tribunales Dª. Isabel Sánchez Cañete Abril, y en ésta por el Procurador de los Tribunales Dª. María del Valle Herrera Torrero y defendido por el Letrado D. Alfredo Domínguez González, contra RAXITRANS, S.A., representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales Dª. Ana Hidalgo Moyano, y defendido por el Letrado D. Sergio Jiménez Aguayo; contra ESTRUCTURAS MOCLIN, SL., representada en la instancia por la Procurador de los Tribunales Dª. Ana Hidalgo Moyano, y defendida por el Letrado D. Gabriel F. Pérez Serrano Sánchez.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número DOS de ALCALA LA REAL, con fecha 1 de Septiembre de 2004 .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: ,Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Everardo contra RAXITRANS SL., y ESTRUCTURAS MOCLIN, S.L. debo condenar y condeno a los demandados citados solidariamente al pago al primero de la cantidad de NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CONO VEINTE (978,20) EUROS, mas los intereses legales especificados en el fundamento de derecho quinto de esta sentencia, así como al pago de las costas causadas en esta instancia".
Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por Estructuras Moclin, S.L., en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número DOS de ALCALA LA REAL, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.TERCERO.- Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó por la representación procesal de la mercantil Raxitrans, S.A. escrito de impugnación; y por la representación de
D. Everardo , escrito de oposición al recurso de apelación; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.
Se señaló...
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