STSJ Comunidad Valenciana 200/2007, 2 de Marzo de 2007

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2007:1171
Número de Recurso397/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución200/2007
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Núm. 200/07

Presidente

D. Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

D. José Martínez Arenas Santos

D. Francisco Hervás Vercher

------------------------------En Valencia a dos de marzo de dos mil siete.

Visto el recurso interpuesto por D. Adolfo , representado por la Procuradora Sra. Portolés Cervera y defendido por Letrado, contra la Resolución del Conseller de Sanidad de 14 de diciembre de 2.004, desestimatoria de indemnización por responsabilidad patrimonial, habiendo sido parte demandada la Administración de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por Letrado del Gabinete Jurídico de la Presidencia.

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados y condenando a la administración de la Generalidad Valenciana al pago de la cantidad de 180.000 #, con sus intereses legales.

SEGUNDO

El Letrado de la Generalidad contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitóse desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba, practicándose la propuesta por las partes que resultó admitida, consistente en documental y pericial y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 64 de la Ley Reguladora , cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 1 de marzo de 2.007, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual se desestimó la pretensión de indemnización por responsabilidad patrimonial interpuesta formalmente el 9 de marzo de 2.001.

La parte recurrente alega en defensa de su pretensión que todas las dolencias padecidas desde

1.990 son causa de la transfusión de sangre que se le practicó y en la que se le inoculó el virus de la hepatitis C.

El Letrado de la Generalidad opone a ello la conformidad a derecho de los actos recurridos por los propios fundamentos de los mismos, según se desprende de los informes obrantes en el expediente.

Los hechos por los que se reclamó consistieron, según se expresa en la demanda, en los múltiples padecimientos sufridos, incluido un trasplante de hígado y riñón, producido por haber sido contagiado por el virus de la hepatitis C, a consecuencia de una transfusión realizada en 1.990 sin el debido control.

SEGUNDO

El art. 106.2 de la Constitución establece que "los particulares, en los términos establecidos por la Ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos". La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas que se regula en el Título X de la Ley 30/92 , es una responsabilidad de carácter objetivo, o por el resultado, en la que es indiferente que la actuación administrativa haya sido normal o anormal, bastando para declararla que, como consecuencia directa de aquélla, se haya producido un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado.

Sus elementos constitutivos han sido concretados en numerosas sentencias del Tribunal Supremo [las de 3 de julio de 2.003 y 7 de marzo de 2.000 , por todas] en virtud de las cuales dicha responsabilidad...

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