STSJ Cataluña 42/2019, 17 de Enero de 2019
Jurisdicción | España |
Fecha | 17 Enero 2019 |
Número de resolución | 42/2019 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 196/2017
Partes: Ángel C/ TEAR
S E N T E N C I A Nº 42
Ilmos/as. Sres/as.:
PRESIDENTE:
Dª. MARIA ABELLEIRA RODRÍGUEZ
MAGISTRADO/AS
D.ª EMILIA GIMENEZ YUSTE
D. FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ RUIZ
En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de enero de dos mil diecinueve.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 196/2017, interpuesto por Ángel
, representado por el Procurador D. JORDI FONTQUERNI BAS, contra TEAR, representado por el ABOGADO DEL ESTADO.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ RUIZ, quien expresa el parecer de la SALA.
Por el procurador JORDI FONTQUERNI BAS, actuando en nombre y representación de Ángel, se interpuso en fecha 7 de abril de 2017 recurso contencioso administrativo contra las actuaciones tributarias que se especificarán en el posterior Fundamento de Derecho Primero de esta resolución.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Jurisdiccional, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden respectivo, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, y en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que allí constan, solicitaron respectivamente la anulación de la actuación tributaria objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que resultan de los mismos.
Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en los autos, y habiéndose allanado a la demanda la parte demandada mediante escrito registrado ante este órgano judicial el día 19 de noviembre de 2018, se señaló día y hora para votación y fallo el 16 de enero de 2019, diligencia esta que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación del procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
Sobre el objeto procesal y las posiciones respectivas de las partes
El objeto procesal de este recurso contencioso administrativo reside en las pretensiones cruzadas por las partes litigantes en el presente proceso en torno a la impugnación jurisdiccional por la mercantil actora de los siete Acuerdos de 30 de septiembre de 2016 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Catalunya notificados al recurrente los días 10 y 15 de febrero siguiente -el último de ellos y los restantes, respectivamente- (documentos 1 a 7 escrito interposición recurso), que desestimaran las siete reclamaciones económico administrativas nº NUM000, nº NUM001, nº NUM002, nº NUM003, nº NUM004, nº NUM005 y nº NUM006, interpuestas por el mismo en fecha 2 de abril de 2015 contra sendos acuerdos de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Catalunya notificados al representante recurrente el 11 de octubre de 2015, por los que se denegaran al mismo las solicitudes de devolución de cuotas de IVA-Importación cursadas por éste en fecha 17 julio de 2014, relativas a las declaraciones de importación DUA nº NUM007, nº NUM008, nº NUM009, nº NUM010, nº NUM011, nº NUM012 y nº NUM013, abonadas por cuenta de la sociedad importadora CASAJUANA INDUSTRIAS PLÁSTICAS, SA, por los importes respectivos de 1.116,02 euros, 959,13 euros, 1.413,62 euros, 868,34 euros, 887,30 euros, 1.561,72 euros y 1.391,91 euros -en junto 8.197,64 euros-, por incumplimiento de los requisitos legales establecidos al efecto.
En su demanda rectora de autos, la parte recurrente solicita que se dicte una sentencia estimatoria de su recurso y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba