AAP Vizcaya 109/2019, 21 de Enero de 2019

PonenteMARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA
ECLIES:APBI:2019:44A
Número de Recurso1508/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución109/2019
Fecha de Resolución21 de Enero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN SEKZIOA

BARROETA ALDAMAR, 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

TEL. : 94-4016665 Fax/ Faxa : 94-4016992

NIG PV / IZO EAE: 48.04.2-15/015161

NIG CGPJ / IZO BJKN :48020.42.1-2015/0015161

Recurso apelación familia LEC 2000 / Familia; apelazio-errekurtsoa; 2000ko PZL 1508/2018 - I

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Primera Instancia nº 5 (Familia) de Bilbao / Bilboko Lehen Auzialdiko 5 zk.ko Epaitegia (Familia)

Autos de Ejecución forzosa en procesos de familia 95/2018 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Simón

Procurador/a/ Prokuradorea:BEGOÑA FERNANDEZ DE GAMBOA IRARAGORRI

Abogado/a / Abokatua: ANA QUINTANA BURUSTETA

Recurrido/a / Errekurritua:

Procurador/a / Prokuradorea:

Abogado/a/ Abokatua:

A U T O N.º 109/2019

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

ILTMA. SRA. PRESIDENTA : D.ª REYES CASTRESANA GARCÍA

MAGISTRADA : D.ª LOURDES ARRANZ FREIJO

MAGISTRADO : D. EDMUNDO RODRÍGUEZ ACHÚTEGUI

LUGAR : BILBAO (BIZKAIA)

FECHA : veintiuno de enero de dos mil diecinueve

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se detallan, los presentes autos de PIEZA EJECUCIÓN FORZOSA FAMILIA Nº 95/18, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de los de Bilbao y seguidos entre partes:

Como parte recurrente D. Simón representada por la Procuradora Sra. Fernández de Gamboa Irarragorri y dirigida por la Letrada Sra. Ana Quintana Burusteta.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho del Auto apelado en cuanto se relacionan con el mismo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Auto de instancia de fecha 18 de julio de 2018 es de tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: SE DENIEGA EL DESPACHO DE EJECUCIÓN SOLICITADO por el/la procurador/a Sr./a FERNÁNDEZ DE GAMBOA IRARAGORRI en nombre y representación de Simón frente a Elsa ".

SEGUNDO

Notif‌icada dicha Resolución a las partes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 1508/18 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la mesa del tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dª. REYES CASTRESANA GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El ejecutante D. Simón interesa la revocación de la resolución recurrida y pide se ordene admitir a trámite la demanda de ejecución de la sentencia dictada por esta Audiencia Provincial de Bizkaia de 16 de junio de 2016, que "limita la atribución del uso del domicilio que fue familiar a favor de la Dña. Elsa, al periodo de dos años desde la fecha de su establecimiento", y habiendo transcurrido el citado plazo, se interesa se requiera a la Sra. Elsa a f‌in de que proceda a dejar libre y expedita la vivienda familiar en el plazo de quince días naturales desde el dictado del auto despachando ejecución, y se le aperciba de que en el supuesto de que no proceda dejar libre y expedita la referida vivienda en plazo, se adoptarán las medidas pertinentes para el lanzamiento judicial, todo ello bajo apercibimiento de incurrir en un posible delito de desobediencia a la autoridad judicial y de imposición de multas judiciales por importe de 500 euros mensuales.

El recurso de apelación debe ser estimado.

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