SAP León 84/2019, 8 de Marzo de 2019

PonenteFERNANDO MORANO SECO
ECLIES:APLE:2019:249
Número de Recurso486/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución84/2019
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00084/2019

Modelo: N10250

C., EL CID, 20

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Teléfono: 987233159 Fax: 987/232657

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MAM

N.I.G. 24089 42 1 2017 0002715

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000486 /2018

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.1 de LEON

Procedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0000301 /2017

Recurrente: Jose María

Procurador: MARTA GUIJO TORAL

Abogado: IGNACIO MARTÍNEZ MATA

Recurrido: INDUSTRIAS DEL FENAR SA

Procurador: IGNACIO DOMINGUEZ SALVADOR

Abogado: RODRIGO CAÑON MARTINEZ

SENTE NCIA Nº84/19

ILMOS/A SRES/A.:

D. MANUEL GARCÍA PRADA.- Presidente

Dª. Mª DEL PILAR ROBLES GARCÍA.- Magistrada

DON FERNANDO MORANO SECO.- Magistrado

En LEON, a 8 de Marzo de 2019

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2ª de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de Procedimiento Juicio Verbal nº 301/17, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de León, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 486/2018, en los que aparecen como apelante

D. Jose María, representado por la Procuradora de los Tribunales DÑA. MARTA GUIJO TORAL, y asistido de su letrado D. IGNACIO MARTÍNEZ MATA, y como apelada INDUSTRIAS DEL FENAR S.A ., representada por el Procurador de los Tribunales D. IGNACIO DOMÍNGUEZ SALVADOR, y asistida de su letrado D. RODRIGO CAÑÓN MARTÍNEZ, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. FERNANDO MORANO SECO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de León, se dictó Sentencia de fecha 5 de Julio de 2018 por la que se estimó parcialmente la demanda interpuesta por Industrias del Fenar, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. IGNACIO DOMÍNGUEZ SALVADOR, contra D. Jose María, representado por la Procuradora Sra. Guijo Toral, condenando al demandado al pago a la demandante de una cantidad de 5.156,23 euros, más el interés legal del dinero devengado desde la interposición de la demanda y los legales previstos en el artículo 576 de la Lec desde la fecha de la presente resolución, sin hacer pronunciamiento sobre las costas causadas.

SEGUNDO

La referida Sentencia ha sido apelada por la representación de D. Jose María, habiéndose presentado escrito de oposición por la representación de INDUSTRIAS DEL FENAR S.A.

TERCERO

Eleva das estas actuaciones a la Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, se señaló la audiencia del día 26 de Febrero de 2019, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la indicada resolución, solicitando el recurrente que se estime parcialmente el recurso, moderando la cantidad indemnizatoria a satisfacer por el mismo, al considerar que el lucro cesante f‌ijado como paralización del vehículo, es excesivo, toda vez que no se puede acoger la cifra señalada en el certif‌icado de la asociación de transportistas, aportado como documento nº 7 de la demanda, ya que f‌ija un perjuicio de manera genérica, sin tomar en cuenta las circunstancias concretas del vehículo y de su titular, y sin que deduzcan los inevitables costes de utilización y mantenimiento que se habrían generado de haberse utilizado el vehículo paralizado. Por ello entiende que, como se viene manteniendo jurisprudencialmente en casos similares, se modere la indemnización, f‌ijándose la misma entre 150 y 320 euros diarios.

Frent e a este recurso, la representación procesal de INDUSTRIAS DEL FENAR S.A. presentó escrito de oposición, interesando la íntegra conf‌irmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Pues bien, en base a la prueba practicada y valorada, y teniendo en cuenta lo acordado en supuestos similares al presente, procede estimar parcialmente el recurso de apelación interpuesto, f‌ijándose...

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