STSJ Canarias 270/2007, 20 de Julio de 2007

PonenteANGEL ACEVEDO CAMPOS
ECLIES:TSJICAN:2007:3759
Número de Recurso175/2006
Número de Resolución270/2007
Fecha de Resolución20 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA 270/07

ILMO. SR. PRESIDENTE

D./Dña. Ángel Acevedo y Campos (Ponente)

ILMO./A. SRES./AS. MAGISTRADOS/AS

D./Dña. María del Pilar Alonso Sotorrío

D./Dña. Ana T. Afonso Barrera

En Santa Cruz de Tenerife , a 20 de julio de 2007

Visto, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital , el presente recurso Contencioso- Administrativo número 0000175/2006 , interpuesto a nombre de la Demandante, la entidad Dragados S.A. , representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mª Monserrat Padrón García con intervención de Letrado, y como Administración demandada, la de la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigida por el Letrado de los Servicios Jurídicos de dicha Comunidad , versando sobre contratación administrativa siendo la cuantía 3.273#98 euros y actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Ángel Acevedo y Campos se ha dictado la presente con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Reclamado por la actora el pago de la factura nº 267-038-1-2-003, correspondiente a los servicios de vigilancia de la obra " 59 V.P.O. en Camino La Hornera, La Laguna", se produjo una situación de inactividad de la Administración luego que le fuera presentada dicha factura a efectos de su abono.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la cual se estimen las pretensiones de esta parte, por la que estimando íntegramente el recurso, condene a la Administración demandada al inmediato pago de la cantidad de 3.273,98 # en concepto de pago la factura 267-038-1-2-003 correspondiente al servicio de vigilante de seguridad de la obra " 59 viviendas de protección oficial de Promoción Pública en Camino La Hornera, Parcela A, T.M. de La Laguna", adjudicada según contrato de fecha 30 de octubre de 1998, más los intereses de demora por retraso en el pago de la factura desde el día 25 de diciembre de 2002 hasta su completo pago, y que a día de hoy, ascienden a 625,18 #, más los intereses que legalmente correspondan desde la fecha de interposición del recurso, imponiendo las costas a la Administración demandada.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, desestimatoria en la que se confirme la resolución impugnada.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado el día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal el 17 deJulio de 2007, por adelanto de la fecha inicialmente fijada de 29 de Diciembre de 2007.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Visto que la Administración demandada además de haber dado conformidad, mediante escrito del Jefe del Servicio de Promoción Pública de la Dirección General de la Vivienda de 1 de Octubre de 2002, al presupuesto que había presentado la entidad recurrente con referencia al servicio de vigilancia de seguridad por empresa especializada que había de prestarse en las 59 Viviendas de Protección Oficial del Camino de La Hornera, Parcela A, trasladó posteriormente, en 29 de Abril de 2005, al Jefe del Servicio de Planificación y Gestión Económico-Financiera, a efectos de pago o abono, la factura que expidiera la actora en 25 de Octubre de 2002 en concepto de " vigilante de seguridad", es indefectible que se generaron de esta forma unos actos de la Administración que le obligaban a realizar una prestación concreta en favor de la persona jurídica...

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