STSJ Cataluña 627/2007, 28 de Junio de 2007
Ponente | FRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ |
ECLI | ES:TSJCAT:2007:8945 |
Número de Recurso | 271/2006 |
Número de Resolución | 627/2007 |
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 627
Ilmos. Sres.
Presidente
José Juanola Soler
Magistrados
Manuel Táboas Bentanachs
Francisco López Vázquez
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de junio de dos mil siete.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso de apelación seguido ante la misma con el número de referencia, promovido, en su calidad de parte apelante, a instancia del Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallés, representado por el procurador de los tribunales Sr. de Anzizu Furest, contra Dª. María Milagros y D. Lorenzo , "CERÁMICA FONT, SA" y "MATERIALS FONT, SA", representados, en su calidad de parte apelada, por la procuradora Sra. de Manuel Tomás, y, atendiendo a los siguientes
Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de los de Barcelona, en los autos de su referencia arriba indicados, se dictó sentencia número 196, de fecha 19 de septiembre de 2.006
, cuya parte dispositiva necesaria es del tenor literal siguiente: "FALLO. Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los recurrentes contra la resolución del Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallés de 14 de octubre de 2.004, dejando la misma sin efecto por no ser ajustada a derecho, declarando la nulidad parcial del proyecto de urbanización en lo relativo a la previsión del vial externo al sector objeto de autos".SEGUNDO. Interpuesto contra tal resolución recurso de apelación, admitido y formulada oposición, fueron remitidas las actuaciones a esta Sala, donde, comparecidas las partes, se señaló el momento de la votación y fallo para el día 26 de junio de 2.007. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.
Anula la sentencia de instancia el proyecto de urbanización del Plan Parcial del Sector "U", aprobado definitivamente el 14 de octubre de 2.004, sosteniendo, en síntesis, la infracción por parte de tal instrumento de gestión urbanística de las disposiciones del plan general, pues, si bien tanto en el impugnado proyecto de urbanización como en el plan parcial se encuentra previsto el trazado en tal sector de un vial paralelo a la carretera Granollers-Cardedeu, denominado "Càrrega externa del lateral de la C-.251", cuyas funciones serían las de conexión y circunvalación interna del polígono rodeando las actuales naves industriales, tal vial, como concluye la sentencia tras examinar y valorar la prueba pericial contradictoria practicada en la instancia, si bien se hallaba ya previsto en el plan general, ha sido variado en cuanto a su trazado en diversos tramos, tanto en el plan parcial como en el posterior proyecto de urbanización, al punto que mientras el plan general preveía su conexión con el sector "U" de forma directa, el plan parcial y el proyecto de urbanización la prevén de manera indirecta, no suponiendo tales diferencias simples y pequeños ajustes sobre lo previsto en el plan general, sino diferencias sustanciales afectantes al sistema viario, tanto al general como al local. A mayor abundamiento, parte del vial se ha ejecutado fuera del sector "U" desarrollado en el plan parcial, lo que no deja de tener incidencia en lo que supone una extralimitación de las previsiones planificadoras.
Debe señalarse con carácter previo que, aprobado inicialmente el proyecto de urbanización de que se trata el día 29 de julio de 2.004, le son de aplicación plena tanto las disposiciones contenidas en la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de Urbanismo de Catalunya , como en el posterior Decret 287/2003, de 4 de...
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